Sala Penal de Apelaciones dará fallo del caso CNI

  • El próximo 21 de junio a las 2 y 30 de la tarde.
  • Fiscal Superior Titular solicitó a la SPA Nulidad de la resolución judicial anterior por no haber sido motivada correctamente.

Tal como estaba programado por la Sala Penal de Apelaciones que preside el Mag. Aldo Atarama Lonzoy, ayer a las 9 de la mañana se inició el desarrollo de la audiencia del CNI, concluyendo pasada la una de la tarde. Estuvo como director de debates el Mag. Reynaldo Cajamarca Porras, en anterior oportunidad estuvo el Mag. Manuel Humberto Guillermo Felipe.
Se pudo conocer que al final de las posiciones de defensa de los dos condenados y los dos absueltos en el caso CNI por la transformación de Asociación Deportiva a Institución Deportiva, así como la firme posición del Ministerio Público a través del Fiscal Titular Gustavo Alvarado Díaz, quien ayer cumplió un año como Fiscal Adjunto Superior Penal en la Fiscalía Superior Penal Liquidadora de Loreto; la SPA ha convocado para el próximo 21 de junio a las 2 y 30 de la tarde, a fin de dar a conocer su fallo respecto a los pedidos hechos tanto por la fiscalía como la defensa técnica de los acusados.
Ayer actuó como director de debates el Mag. Reynaldo Cajamarca, se escuchó a uno de los defensas recordar que el ahora ex perito del ministerio público, que luego laboró en Electro Oriente, Reátegui Rubio, hizo el peritaje de la transformación encontrando que todo se había ajustado a la normativa y que no había perjuicio a la Sunarp.
Como es lógico, todos los abogados defienden a sus patrocinados con las armas que la ley les faculta. Mientras que el fiscal superior titular Gustavo Alvarado Díaz, también defendió su posición, pero fue más allá al pedir la NULIDAD en todos sus extremos de la resolución judicial emitida por la anterior jueza ya que la misma era carente de subsistencia en la motivación.
“Tanto así señores de la sala penal de apelaciones, que en uno de los textos de la resolución, lo que se observa es una copia y pega de otra resolución que no tiene relación con lo actuado en el caso. Textos que no son pertinentes al caso concreto, una mera transcripción de otra resolución.
Habla de hechos que no son materia de este caso, como que los imputados se acogieron a una conclusión anticipada cuando ninguno de los acusados se acogió, sino que siguieron hasta el final del juicio. No hizo una operación matemática de la pena como manda el nuevo código procesal penal, se acogió a los artículos 45 46 del código penal, nada más. Habla de carencias económicas de dos de los imputados, cuando ambos eran funcionarios públicos y profesionales. Una motivación alejada de lo que manda la justicia.
Luego detalló a la sala penal, el por qué pedía la Nulidad de todo lo actuado en el juzgado penal unipersonal, como por ejemplo cómo de la asociación con muchos socios, terminó perteneciendo solo a 4 personas como accionistas. Cómo Vásquez Valera, quien estuvo enfermo en Lima y no participó en la asamblea del 14 de febrero 2010, al final terminó con el 92.22% de las acciones del CNI. Y cómo nadie respondió a la SPA si es que al momento de la transformación, nadie explicó dónde y cómo quedaba el PATRIMONIO del CNI.
Eso entre otros puntos como que no se habían valorado –en la sentencia de la jueza- varios testimonios y documentos importantes para el esclarecimiento del caso. Por lo que pedía que en el fallo de la SPA se determine la devolución de todo lo actuado para que un nuevo juez, lleve adelante un juicio oral.
Que es lo más probable que ocurra, ya que los mismos abogados defensores, en una especie de “harakiri”, también señalaron en algunos puntos, que la resolución de la jueza tenía varios “vicios, o vacíos”. Por lo que el fiscal Alvarado Díaz, resaltó esas expresiones ante la sala penal. El próximo 21 de junio a las 2 y 30 pm. se conocerá qué ha fallado la sala penal de apelaciones respecto a la transformación del CNI.