SALA PENAL

EDICTO PENAL
SALA PENAL LIQ. (EN ADICION 2SPA) – Sede Central
EXPEDIENTE: 01532-2010-0-1903-JR-PE-05
RELATOR: RUIZ FERNANDEZ MARIA CECILIA
IMPUTADO: VASQUEZ LUJAN, ROBERTO
DELITO: PECULADO
VASQUEZ LUJAN, ROBERTO
DELITO: INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES.
AGRAVIADO: ESTADO DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE LORETO DREL
RESOLUCION NÚMERO TREINTA Y SEIS
Iquitos, veinticinco de noviembre Del año dos mil veintidós.
AUTOS Y VISTOS, dado cuenta en la fecha la razón de secretaría, los mismos que se mandan agregar a los autos; Y CONSIDERANDO: Por tales razones, los miembros de la Segunda Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora de Loreto, RESUELVEN: DECLARAR EL QUIEBRE del juicio oral que se vino llevando a cabo en el presente proceso seguido contra ROBERTO VASQUEZ LUJAN, como presunto autor del delito Contra la Administración Pública – PECULADO, en agravio del Estado – DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LORETO (DREL); en consecuencia PONGASE en conocimiento de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, así como al Órgano de Control – ODECMA,  para los fines pertinentes. Fecha de la Audiencia: LUNES 03 DE ABRIL 2023 (03-04-2023). Hora de la Audiencia:    NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 a.m.) Enlace (Google Meet) para acceso:    https:// meet.google.com/nqq-higs-dib. Especialista Judicial de Sala Penal Abg. María Esther Ruiz Bazalar Telf. 065-581212 – Anexo 30057. Los número de los servidores mencionados son única y exclusivamente para realizar las coordinaciones para la conexión respectiva con una anticipación de uno o dos días, dentro del horario laboral, ello en razón del Estado de Emergencia Sanitaria decretado por el Presidente de la República, con la finalidad de evitar y prevenir la propagación y contagio de la pandemia por COVID-19, con la concurrencia obligatoria del Fiscal responsable del caso, bajo expreso apercibimiento en caso de inconcurrencia del representante del Ministerio público  de comunicar a su Órgano de Control Interno y al abogado defensor del imputado, bajo expreso apercibimiento que si el defensor no asiste a la audiencia será reemplazado por otro que, en ese acto, designe el procesado o por un defensor público del Ministerio de Justicia, llevándose adelante la diligencia, por ser una audiencia de carácter INAPLAZABLE. REQUIRIERON al acusado, comunicar sobre la realización de la audiencia a su abogado defensor de su libre elección, a efectos de que participe en la audiencia programada, de no hacerlo será subrogado el designado en autos y se seguirá el proceso con el defensor público adscrito a este Colegiado.
V-3(13,16 y 17)

EDICTO PENAL
SALA PENAL LIQ. (EN ADICION 2SPA) – Sede Central
EXPEDIENTE: 03197-2009-0-1903-JR-PE-02
RELATOR: PROKOPIUK OTERO NATASHA
IMPUTADO: MOZZO RUIZ, JOSE EDUARDO
PANDURO CURITIMA, RONALD
NICOLINI TUESTA, JESSICA
ABENSUR DIAZ, SALOMON
REGIFO PEÑA, JAIME
DELITO: PECULADO DOLOSO Y OTRO
AGRAVIADO: ESTADO PERUANO-MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS
RESOLUCIÓN NÚMERO SETENTA Y UNO
Iquitos, dos de diciembre de dos mil veintidós.
DADO CUENTA en la fecha el presente expediente acompañando el escrito presentado por el letrado Walter Villacorta Ayllon y el dictamen Penal Acusatorio, estando a su contenido: agréguese a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes procesales el Dictamen Penal antes citado por cédula (domicilio indicado por el Ministerio Público en el Dictamen que antecede), edicto web y por edicto penal, por el termino de tres días para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado. Al otrosí digo: Téngase presente. EXHORTARON al representante del Ministerio Público que en lo sucesivo cumpla con remitir copias del escrito de acusación en número suficiente para que sean entregadas a los acusados, a la parte civil y a los terceros afectos a responsabilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 226° del Código de Procedimientos Penales. Debiendo poner de conocimiento a la Fiscalía que corresponda de acuerdo al rol de turno. Por otro lado, atendiendo al escrito N° 11800-2022, presentado por Walter Villacorta Ayllon, el mismo que devuelve la cédula de notificación dirigida a Eduardo Mozzo Ruíz, indicando que ya dejó de patrocinarlo, en consecuencia: agréguese a los autos y proceda en lo sucesivo con notificar a su último domicilio real señalado en autos. SUSCRIBIENDO la presente la señora secretaria de Sala por disposición superior y al amparo de lo previsto por la Directiva N° 007-2012-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 270-2012-CE-PJ. Notifíquese.
V-3(13,16 y 17)

EDICTO PENAL
SALA PENAL LIQ. (EN ADICION 2SPA) – Sede Central
EXPEDIENTE: 03513-2010-0-1903-JR-PE-05
RELATOR: RUIZ FERNANDEZ MARIA CECILIA
IMPUTADO: URIBE DEL AGUILA, CECILIO WILMER
DELITO: ASESINATO
RISS RUIZ, JIMMY JACKSON
DELITO: ASESINATO
VASQUEZ AREVALO, OSWALDO GIL
DELITO: ASESINATO
AGRAVIADO: INSAPILLO PUSCAN, REDY HERNANDO
RESOLUCIÓN NÚMERO CINCUENTA Y NUEVE
Iquitos, once de enero de dos mil veintitrés.
AUTOS Y VISTOS, dado cuenta de autos con la razón de secretaria de sala penal y escritos de requisitorias que anteceden: Agréguese a los autos; Y CONSIDERANDO:  DECLARAR EL QUIEBRE DEL JUICIO ORAL en la presente causa seguida contra CECILIO WILMER URIBE DEL AGUILA, OSWALDO GIL VASQUEZ AREVALO y JIMMY JACKSON RISS RUIZ, como presuntos coautores del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud – HOMICIDIO CALIFICADO: para facilitar otro delito, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 108°, 2 del Código Penal, en agravio de Redy Hernando Insapillo Puscan; en consecuencia: OFÍCIESE a Presidencia de esta corte poniendo a conocimiento sobre el quiebre de juicio oral y conforme a su estado; DEJAR SIN EFECTO LEGAL LA RESERVA DE JUZGAMIENTO y la declaración de CONTUMACIA respecto del acusado JIMMY JACKSON RISS RUIZ; y déjese sin efecto legal las órdenes de captura ordenadas en su contra. RENOVAR las requisitorias contra OSWALDO GIL VÁSQUEZ ARÉVALO, oficiándose para tal efecto a las instituciones pertinentes.  PROGRAMAR fecha y hora para la realización de la Audiencia Pública de Juzgamiento Oral de los acusados: CECILIO WILMER URIBE DEL AGUILA y JIMMY JACKSON RISS RUIZ , de acuerdo a la agenda y al retorno de los cargos de notificación de los sujetos procesales – que se llevará a cabo bajo la modalidad de AUDIENCIA VIRTUAL – CON USO DE APLICATIVO GOOGLE MEET, según los siguientes términos: Fecha de la Audiencia: LUNES, 13 DE MARZO DE 2023 (13-3-2023) Hora de la Audiencia: DOCE DEL MEDIODIA (12:00 m.) Enlace (Google Meet) para acceso: https://meet.google.com/fje-htai-vnd Servidores que apoyan en la audiencia: Claudia Vela: 947431763 y Evelin Zevallos: 976033548. PRECISAR que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados, aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16º, incisos 1º y 2º del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa Nº 096-2006-CE-PJ.
V-3(13,16 y 17)

EDICTO PENAL
2° SALA PENAL DE APELACIONES – LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00604-2011-0-1903-JR-PE-03
RELATOR: RUIZ FERNANDEZ MARIA CECILIA
IMPUTADO: LOPEZ SINTI, ARMANDO Y OTROS
DELITO: DEFRAUDACION TRIBUTARIA
AGRAVIADO: EL ESTADO – SUNAT
RESOLUCIÓN NÚMERO SESENTA Y DOS
Iquitos, diez de noviembre del año dos mil veintidós.
AUTOS Y VISTOS. Dado cuenta con la razón de especialista judicial de sala penal que antecede: agréguense a los autos; y conforme al estado del proceso. Y CONSIDERANDO: los miembros de la Segunda Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora de Loreto RESUELVEN: (…) REPROGRAMESE fecha y hora para la realización de la Audiencia Pública de Juzgamiento Oral del acusado antes mencionado, la misma que se llevara a cabo con el Colegiado conformado por los Magistrados de esta Sala Penal, bajo la modalidad de AUDIENCIA VIRTUAL – CON EL USO DEL APLICATIVO GOOGLE MEET, según los siguientes términos:
Fecha de la Audiencia:
LUNES, TRECE DE MARZO 2023 (13. 03. 2023)
Hora de la Audiencia:
ONCE DE LA MAÑANA (11:00 a.m.)
Enlace (Google Meet)
para acceso:
https://meet.google.com/xbv-uffk-paa 
Servidores que apoyan en la audiencia:
Claudia Vela Rengifo: 947431763; y Evelyn Zevallos Mora: 976033548.
Especialista Judicial de Sala Penal:
Abg. María Esther Ruiz Bazalar
Número celular: 900636028
Los número de los servidores mencionados son única y exclusivamente para realizar coordinaciones para la conexión con el aplicativo google meet para la realización de la audiencia con una anticipación de uno o dos días, ello en razón del Estado de Emergencia Sanitaria decretado por el Presidente de la República, con la finalidad de evitar y prevenir la propagación y contagio de la pandemia por COVID-19, con la concurrencia obligatoria del Fiscal responsable del caso, bajo expreso apercibimiento en caso de inconcurrencia del representante del Ministerio público de comunicar a su Órgano de Control Interno y al abogado defensor del imputado, bajo expreso apercibimiento que si el defensor no asiste a la audiencia será reemplazado por otro que, en ese acto, designe el procesado o por un defensor público del Ministerio de Justicia, llevándose adelante la diligencia, por ser una audiencia de carácter INAPLAZABLE.- (…)
S.S
DEL ROSARIO CORNEJO
CARRIÓN RAMÍREZ
BENDEZÚ CIGARÁN
Iquitos, 12 de enero de 2023
V-3(13,16 y 17)

1