SALA PENAL

EDICTO PENAL

2° SALA PENAL DE APELACIONES – LIQUIDADORA-Sede Central EXPEDIENTE: 01309-2005-0-1903-JR-PE-05

RELATOR: RUIZ FERNANDEZ MARIA CECILIA

IMPUTADO: NILO RIOJA RENGIFO Y OTRO DELITO: PROMOCION O FAVORECIMIENTO AL TRAFICO ILICITO DE DROGAS

AGRAVIADO: EL ESTADO PERUANO

Mediante Resolución Número Treinta y Cinco, de fecha 09.10.2022, la Segunda Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora, dispuso poner a conocimiento, por el término de TRES DIAS, la Sentencia que recae en la resolución de la referencia: SENTENCIA-RESOLUCION NÚMERO TREINTA Y CINCO Iquitos, nueve de agosto Del año dos mil veintidós.- (…) LA SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES PERMANENTE Y EN ADICION LIQUIDADORA DE LORETO, FALLA: 1) ABSOLVIENDO a NILO RIOJA RENGIFO, por el delito Contra la Salud Pública en la modalidad de Trá?co Ilícito de Drogas, Promoción y Favorecimiento al Trá?co Ilícito de Drogas, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 296° primer párrafo del Código Penal, concordado con el artículo 297° numeral 6) del mismo texto legal (vigente en la comisión del hecho delictivo), en agravio del ESTADO PE- RUANO. 2) DEJÁNDOSE sin efectos todas las medidas coercitivas de carácter personal que haya recaído en el presente proceso contra la persona antes indicada. 3) CÚRSESE los o?cios correspondientes ante la Autoridad Penitenciaria para efectivizar la inmediata libertad de NILO RIOJA RENGIFO, siempre y cuando no exista otro mandato de detención emanada por autoridad competente. 4) DÉJESE copias de la sentencia en el legajo que corresponda, tomándose razón, con conocimiento del Juez de la causa y se otorguen copias al sentenciado. Dejaron constancia que la presente causa se ha tramitado de manera regular. 5) DISPONEMOS que una vez consentida o ejecutoriada que sea la presente sentencia, se archive de?nitivamente la causa, anulándose los antecedentes policiales y judiciales del absuelto, o?ciándose con tal ?n.

BENDEZÚ CIGARÁN

RETIZ PEREYRA

MODESTO DÁVILA (DD)

V-3(11,12 y 15)