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SALA PENAL

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EDICTO PENAL
SALA PENAL LIQ. (EN ADICIÓN 2SPA) – Sede Central
EXPEDIENTE: 01532-2010-0-1903-JR-PE-05
RELATOR: RUIZ FERNANDEZ MARIA CECILIA
IMPUTADO: VASQUEZ LUJAN, ROBERTO
DELITO: PECULADO
VASQUEZ LUJAN, ROBERTO
DELITO: INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES.
AGRAVIADO: ESTADO DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE LORETO DREL
RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y CUATRO
Iquitos, doce de julio del dos mil veintidós.
AUTOS Y VISTOS. Dado cuenta con la razón de la secretaria de sala penal que antecede: agréguese a los autos; y CONSIDERANDO: I.- Antecedentes Procesales: Con Dictamen Penal Provincial de fojas 588-544, el representante del Ministerio Público formaliza denuncia penal contra el procesado Roberto Vásquez Lujan como presunto autor del Delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Peculado doloso, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 387° del Código Penal, así también, por el Delito contra la Administración Pública en la modalidad de Omisión, Rehusamiento o demora de actos funcionales, ambos en agravio del Estado y la Dirección Regional de Loreto (DREL). (…) Posteriormente, con Auto Superior de Enjuiciamiento, contenida en la resolución veinticuatro de fecha catorce de julio del dos mil dieciséis, obrante a fojas 788-789, se declara Haber Mérito para pasar a juicio oral contra Roberto Vásquez Lujan como autor del Delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Peculado, ilícito previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 387° del Código Penal, en agravio del Estado – Dirección Regional de Educación de Loreto. (…) Por tales razones, los miembros de la Segunda Sala Penal de Apelaciones en adición Liquidadora de Loreto. RESUELVEN: PROGRAMAR fecha y hora para la realización de la Audiencia Pública de Juzgamiento Oral del acusado ROBERTO VÁSQUEZ LUJÁN, el día MIÉRCOLES, 21 DE SETIEMBRE 2022 (21-09-2022) A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 a.m.), bajo la modalidad de AUDIENCIA VIRTUAL – CON USO DE APLICATIVO GOOGLE MEET, https://meet.google.com/trj-hfjj-dxn, Para asegurar la notificación, se dispone notificar a las partes, vía edicto web y penal, por intermedio del Diario Oficial “La Región”, cuyas publicaciones deberán ser insertadas al expediente, bajo responsabilidad; hágase saber, con citación.
Iquitos, 21 de Julio del 2022
V-3(25,26 y 27)

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