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SALA PENAL

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EDICTO PENAL
EXP. N°. 00149– 2014 – SALA PENAL LIQUIDADORA DE LORETO
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
IMPUTADO: CAHUACHI RIO, MAGNO
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
AGRAVIADO: K. C. L. B.
RESOLUCIÒN NÙMERO TREINTA.
Iquitos, once de setiembre del año dos mil diecisiete.
DADO cuenta, en la fecha los actuados del presente proceso con el Dictamen Penal Superior Nº 106-2017-MP-2ºFSM-LORETO,estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado, por el termino de TRES DÍAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado. Asimismo, CUMPLA los abogados de las partes en el término de cinco días, con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento multa no mayor de 10 URP, en caso de incumplimiento.
S.S. ATARAMA LONZOY
DEL ROSARIO CORNEJO
AMORETTI MARTÍNEZ
V-3(20,21 y 22)

EDICTO PENAL
EXP. N°. 01503 – 2011 – SALA PENAL LIQUIDADORA DE LORETO
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
IMPUTADO: DEL CUADRO LOPEZ, JUAN BAUTISTA Y OTROS.
DELITO: LAVADO DE ACTIVOS Y OTROS.
AGRAVIADO: EL ESTADO,
RESOLUCIÒN NÙMERO CINCUENTA Y DOS.
Iquitos, doce de setiembre del año dos mil quince.

DADO cuenta, en la fecha los actuados del presente proceso con el Dictamen Penal Superior Nº 130-2017-MP-2ºFSM-LORETO,estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado, por el termino de TRES DÍAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado. . Asimismo, CUMPLA los abogados de las partes en el término de cinco días, con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento multa no mayor de 10 URP, en caso de incumplimiento.
S.S. ATARAMA LONZOY
DEL ROSARIO CORNEJO
AMORETTI MARTÍNEZ
V-3(20,21 y 22)

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