EDICTO PENAL
2° SALA PENAL DE APELACIONES – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 01661-2020-24-1903-JR-PE-04
ESPECIALISTA: PROKOPIUK OTERO NATASHA
MINISTERIO PUB: TERCERA FISCALIA SUPERIOR PENAL DE LORETO
REPRESENTANTE: YUARING VELARDE, ROSITA DEL CARMEN
IMPUTADO: FLORES NOGUEIRA, JORGE LUIS
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
AGRAVIADO: A Y, IB
SENTENCIA DE VISTA
RESOLUCIÓN NÚMERO DOCE
Iquitos, 22 de octubre de dos mil veintiséis.
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del sentenciado JORGE LUIS FLORES NOGUEIRA, tanto en su pretensión principal como en la subsidiaria. CONFIRMAR la sentencia contenida en la Resolución número seis, de fecha once de setiembre de dos mil veinticuatro, expedida por el Segundo Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Conformado de Maynas, que condenó a JORGE LUIS FLORES NOGUEIRA como autor del delito contra la libertad sexual, en la modalidad de violación sexual de menor de edad en agravio de la menor de iniciales I.B.A.Y., a treinta y cinco años de pena privativa de libertad efectiva, y fijó en S/ 15,000.00 el monto de la reparación civil a favor de la agraviada; con lo demás que contiene.
V-3(30, 02 y 03)
Incidente Judicial: N° 01930-2015-30-1903-JR-PE-03
ESPECIALISTA: SONIA PATRICIA GUTIÉRREZ TAFUR
ACUSADO: FRANCISCO OROCHE YUMBATO
DELITOS: ACTOS CONTRA EL PUDOR
AGRAVIADOS: MENOR DE INICIAL B.V.P.P. (5 años)
ASUNTO: APELACION DE SENTENCIA CONDENATORIA
EDICTO PENAL.
POR DIPOSICION SUPERIOR NOTIFIQUESE AL IMPUTADO FRANCISCO OROCHE YUMBATO, LA RESOLUCION NUMERO VEINTIOCHO, DE FECHA VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL DOS MIL VEINTISÉIS (SENTENCIA DE VISTA) por unanimidad RESUELVEN: DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación formulado por la defensa técnica del sentenciado FRANCISCO OROCHE YUMBATO. CONFIRMAR la sentencia contenida en la resolución número veintidós de fecha 23 de octubre de 2025, que condena al apelante FRANCISCO OROCHE YUMBATO, como autor del delito contra la Libertad Sexual en la modalidad de ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENOR DE EDAD previsto en el inciso 1) del primer párrafo del artículo 176-A° -bajo la vigencia de la Ley N° 28704- del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales B.V.P.P. (5 años) representada por su madre Ana Angélica Pezo Ríos; por el que, se le impuso siete años de pena privativa de libertad efectiva, tratamiento terapéutico y al pago de S/. 2,000.00 por concepto de reparación civil; con todo lo demás que contiene. DISPONER que, habiéndose encontrado suspendida la ejecución de la pena respecto del sentenciado FRANCISCO OROCHE YUMBATO, el Juzgado competente cumpla de manera inmediata con confeccionar y cursar los respectivos oficios de ubicación y captura del referido encausado, para su inmediato internamiento en el Establecimiento Penitenciario que el INPE designe, a fin de dar cumplimiento efectivo a la condena impuesta. DISPUSIERON que se dé lectura a la presente sentencia en audiencia privada. Y DEVOLVIERÓN los autos al órgano jurisdiccional de origen, para continuar con el trámite conforme a lo ordenado.
V-3(30, 02 y 03)





