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SALA PENAL

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EDICTO PENAL.
EXPEDIENTE: 04291-2019-82-1903-JR-PE-01
ESPECIALISTA: RUIZ BAZALAR MARIA ESTHER
IMPUTADO: NUÑEZ MANUYAMA, JAVIER
DELITO: FABRICACIÓN, SUMINISTRO O TENENCIA ILEGAL DE ARMAS O MATERIALES PELIGROSOS
AGRAVIADO: ESTADO
ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE APELACIÓN DE SENTENCIA
En la ciudad de Iquitos, siendo las 12:00 del mediodía del día Lunes, 11 de agosto del 2025, presentes en la Sala de Audiencia, desarrollada mediante el sistema de video conferencia Google meet, con la presencia de los magistrados integrantes de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Loreto, ATARAMA LONZOY [Presidente de Sala y Director de debates], BENDEZÚ CIGARÁN y VARGAS ASCUE, asistido por el Especialista de Audiencias Abg. Gamaniel Gonzalo Laulate Lozano, a fin de realizar la Audiencia Pública de apelación de sentencia, en el Expediente N° 04291-2019-82-1903-JR-PE-01, seguido contra Javier Núñez Manuyama, por la presunta comisión del delito contra la seguridad pública, en la modalidad de uso o porte de armas de fuego, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 279°-G del Código Penal, en agravio del Estado Peruano, representado por el Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior relativos al orden público. 1.- IDENTIFICACION DE LOS SUJETOS PROCESALES: MINISTERIO PÚBLICO: JULIO CÉSAR ARRIARÁN LORA, Fiscal Adjunto Superior de la Segunda Fiscalía Penal Superior de Loreto, con domicilio procesal: Jr. Sargento Lores Nº 958, Tercer piso-Iquitos-Maynas, con correo: 2fsp.loreto@mpfn.gob.pe y casilla: 71205. DEFENSA TÉCNICA del procesado Javier Núñez Manuyama: Abg. JORGE CRUZ COAQUIRA, Defensor público. PROCESADO: JAVIER NÚÑEZ MANUYAMA; INCONCURRENTE. 2. INSTALACIÓN DE AUDIENCIA, 3. REPROGRAMACIÓN DE AUDIENCIA DD.: estando solicitado por el señor representante del Ministerio Público y con la finalidad de no vulnerar el derecho a la defensa que tiene todo procesado. No habiendo el cargo de notificación donde se verifique que efectivamente se ha notificado al procesado conviene reprogramarla la audiencia, debiendo solicitar a la Oficina de Notificaciones la devolución de cédula dirigida al procesado Javier Núñez Manuyama de la reprogramación de audiencia para este día y hora, sin perjuicio de volver a notificar esta reprogramación por cédula y por edicto web y penal al referido procesado, bajo el apercibimiento de declararse reo contumaz en caso de inasistencia; por lo que reprogramaron la audiencia para el LUNES 25 DE AGOSTO DEL 2025, A LAS 11 DE LA MAÑANA, siendo el enlace: meet.google.com/fug-hppw-xnv, quedamos convocados para dicha fecha y hora, debiéndose cursar las notificaciones específicas. Precisándose que, en caso de no presentarse el procesado a la audiencia, se le declarará reo contumaz y ésta se realizará con la presencia del defensor público, quien ejercerá su derecho.
V-3(12,13 y 14)

EDICTO PENAL
SALA PENAL LIQ. (EN ADICION 2SPA) – Sede Central
EXPEDIENTE: 00286-2008-0-1903-JR-PE-04
RELATOR: RUIZ FERNANDEZ MARIA CECILIA
REPRESENTANTE: PARANA CANELAO, ZEIDA MADRE
IMPUTADO: TAPULLIMA TAPULLIMA, MANUEL
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR
AGRAVIADO: H. P. L.
Por el presente, conforme a lo ordenado en el expediente arriba señalado, se ha dispuesto notificar a las partes procesales la siguiente RESOLUCIÓN NÚMERO CINCUENTA Y DOS. Iquitos, dieciocho de julio del dos mil veinticinco. (…) se tiene que la audiencia programada para el día dieciséis de junio del año en curso, no se llevó a cabo, al no haberse podido completar el Colegiado con la magistrada llamada por ley al encontrarse de licencia, así como por la inconcurrencia del procesado Manuel Tapullima Tapullima, pese a estar debidamente notificado; por lo que estando al estado del proceso REPROGRÁMESE fecha y hora para el inicio de los debates orales a realizarse el día LUNES 08 DE SETIEMBRE DE 2025, a las CUATRO de la tarde (16:00 p.m.), el cual se llevará a cabo en forma virtual a través del aplicativo Google Meet, en el siguiente link: meet.google.com/ekr-phdo-jta, con el Colegiado conformado por los magistrados ATARAMA LONZOY, VARGAS ASCUE y PALOMINO PEDRAZA, interviniendo la última de las magistradas por impedimento del magistrado BENDEZU CIGARAN. Debiendo los sujetos procesales deben conectarse cinco (05) minutos antes del inicio de la audiencia, con el fin de cumplir con la conferencia de preparación y coordinación. (…)
Iquitos, 08 de agosto de 2025
V-3(12,13 y 14)

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