EDICTO PENAL
SALA PENAL LIQ. (EN ADICION 2SPA) – Sede Central
EXPEDIENTE: 00014-2007-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: RUIZ FERNANDEZ MARIA CECILIA
IMPUTADO: AREVALO RIOS, WILMAR Y OTROS
DELITO: ROBO AGRAVADO
AGRAVIADO: ESPINOZA ROJAS, EULOGIO
Por el presente, conforme a lo ordenado en el expediente arriba señalado, se ha dispuesto notificar a las partes procesales la siguiente RESOLUCIÓN NÚMERO NOVENTA Y CINCO. Iquitos, once de junio de dos mil veinticinco. DADO CUENTA en la fecha el Dictamen Superior Nº 14-2025-MP-3aFSP-LORETO remitido por la Tercera Fiscalía Superior Penal de Loreto, estando a su contenido que señala: SEÑOR PRESIDENTE DE LA SALA PENAL LIQUIDADORA DE LORETO. Se ha remitido a esta Fiscalía Superior en cumplimiento de la RESOLUCÍON Nº NOVENTA Y CUATRO, de fecha 09 de abril del 2025, y emitido por la Sala Penal Liquidadora, a efectos de emitir pronunciamiento sobre la solicitud de adecuación de pena solicitada por el sentenciado WILMAR AREVALO RIOS (…) PRONUNCIAMIENTO FISCAL: En consecuencia, esta Fiscalía Superior, haciendo uso de las facultades conferidas por el inciso 4) del artículo 92º del Decreto Legislativo Nº 052-Ley Orgánica del Ministerio Público este Despacho Fiscal OPINA: Se declare IMPROCEDENTE el pedido de adecuación de la pena formulado por WILMAR AREVALO RIOS […] PÓNGASE A CONOCIMIENTO de las partes procesales por el termino de tres días el Dictamen Penal antes citado, debiendo notificarse por cédula de notificación (en el domicilio indicado por el Ministerio Público en el Dictamen que antecede), edicto web y por edicto penal, vencido el plazo establecido, PÓNGASE el presente expediente a despacho para emitir la resolución correspondiente. (…)
Iquitos, 08 de julio de 2025
V-3(09,10 y 11)
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