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SALA PENAL

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EDICTO PENAL
SALA PENAL LIQ. (EN ADICION 2SPA) – Sede Central
EXPEDIENTE: 01882-2006-0-1903-JR-PE-05
RELATOR: RUIZ FERNANDEZ MARIA CECILIA
IMPUTADO: MORA LEVANO, LUIS ALEJANDRO y otros.
DELITO: CONCUSIÓN Y OTROS
AGRAVIADO: ESTADO PERUANO – QUINTA REGION MILITAR ORIENTE DEL EJERCITO PERUANO.
Por el presente, conforme a lo ordenado en el expediente arriba señalado, se ha dispuesto notificar a las partes procesales [LUIS JOSÉ SABLICH GARAICOA, MARIO ALBERTO CALDAS DUEÑAS, LUIS ALEJANDRO MORA LEVANO, ARNULFO RONCAL VARGAS, RAUL RENTERÍA ZARATE, JUAN JOSÉ SÁNCHEZ GAMARRA, ALFREDO FERMIN BEDÓN SALAZAR, PERCY VALCARCEL VILLEGAS, LUIS ALBERTO UGAZ CASTAÑEDA, MARIO ARMANDO RÍOS MALDONADO, LUIS ARMANDO ROBLES NUNURA, EDGARD GERARDO ARANA GÓMEZ Y JUAN FERNANDO FERNANDEZ MAGNE] la siguiente RESOLUCIÓN NÚMERO OCHENTA Y CINCO. Iquitos, veintidós de noviembre del dos mil veintitrés.- (…) PROGRÁMESE fecha y hora para la realización de la Audiencia de juzgamiento oral de los acusados antes señalados (…) que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia virtual con el uso del aplicativo google meet), según los siguientes términos:
Fecha de la Audiencia:
Miércoles, 20 de marzo del 2024 (20/03/2024)
Hora de la Audiencia:
Nueve de la mañana (09:00 am)
Enlace (Google Meet)
para acceso virtual:
https:// meet.google.com/yeo-rpxs-keg
Especialista Judicial de Sala Penal:
Abg. María Esther Ruiz Bazalar
Teléfono: 065 581212 anexo 30057
Los números celulares de los servidores mencionados son única y exclusivamente para realizar las coordinaciones para la conexión a la audiencia virtual respectiva con una anticipación de uno o dos días, dentro del horario de oficina: Lunes a viernes de 07:30 a 01:00 pm y de 02:00 pm a 04:30 pm ello en razón del Estado de Emergencia Sanitaria decretado por el Presidente de la República, con la finalidad de evitar y prevenir la propagación y contagio de la pandemia por COVID-19, con la concurrencia obligatoria del Fiscal responsable del caso, bajo expreso apercibimiento en caso de inconcurrencia del representante del Ministerio público de comunicar a su Órgano de Control Interno y al abogado defensor del imputado, bajo expreso apercibimiento que si el defensor no asiste a la audiencia será reemplazado por otro que, en ese acto, designe el procesado o por un defensor público del Ministerio de Justicia, llevándose adelante la diligencia, por ser una audiencia de carácter INAPLAZABLE.- (…)
Iquitos, 28 de noviembre de 2023
V-3(30,01 y 04)

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