RECTIFICACIONES

RECTIFICACION DE ACTA – NO ATRIBUIBLE AL REEGISTRADOR
Ante la División de Registros de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas, sito en la calle Arica N° 646 – Iquitos;  la señora: “NANCY ZAMORA DOMINGUEZ”, Expediente Nº 031889-2011, solicita la Rectificación Administrativa No Atribuible al Registrador del Acta de Matrimonio de la titular, registrado en el Libro Nº 48, Folio N° 202, año 1973, que por error del declarante se consignó en el cuerpo y margen del acta el pre nombre de la cónyuge como “NANCI” debiendo ser lo correcto “NANCY”, presentando el acta de Nacimiento de la cónyuge, que ofrece como medio probatorio, procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador de acuerdo a la Directiva Nº 263-GRC/017 Art. 07 al 75 D.S. 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que facilita la rectificación cuando se determine algún error en el acta.
Iquitos, 11 de Octubre del 2011
Elizabeth Grández Pérez
Jefe de División de Registro Civil
V-1(21)
(S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTA-NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Arica N° 646 – Iquitos; la señora “JHOSY HUASANGA MENDOZA”, con Expediente Nº 029652-2011, solicita la Rectificación Administrativa No Atribuible al Registrador de su Acta de Nacimiento, registrado en el Libro de caserío Puerto Alegría, Folio Nº 36, año 1995, que por error se consignó en el cuerpo del acta el sello de Ley de Amparo Nº 26497 Art. 47 de menor de Inscripciones Extemporáneas asimismo se omitió consignar el apellido materno de su progenitora como “CHOTA” debiendo ser lo correcto su nombre “MARINA MENDOZA CHOTA”, presentando el Acta de Bautismo de la progenitora, que ofrece como medio probatorio, procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-GRC/017, Art. 07 al 75 D. S. Nº 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 05 de Octubre del 2011
Elizabeth Grández Pérez
Jefe de Registro de Estado Civil
V-1(21)
(S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTA-NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Arica N° 646 – Iquitos la señora “BETTY VILLACORTA MATTHOS”, con Expediente Nº 027422-2011, solicita la Rectificación Administrativa No Atribuible al Registrador de su Acta de Nacimiento, registrado en el Libro Nº 12 (Reinscripción), Folio Nº 64276108, año 2005, que por error del declarante se consignó el apellido materno de la titular  y paterno de su progenitora como “MATTHOS” debiendo ser lo correcto “MATTOS”, presentando el acta de Nacimiento de la progenitora, que ofrece como medio probatorio, procede su rectificación  administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, Art. 07 al 75 D. S. Nº 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 07 de Octubre del 2011
ELIZABETH GRÁNDEZ PÉREZ
Jefe de División de Registro Civil
V-1(21)
(S/.10.00)

 

Exp. Nº 01213-2011
EDICTO
Que, en el expediente Nº 01213-2011, seguido contra el Ministerio Público sobre RECTIFICACION DE PARTIDA, por ante el 1º Juzgado de Paz Letrado de Maynas, que despacha la Señora Juez Dra. Karen Vanesa Ríos Guzmán y la Secretaria Judicial Dra. María Inés Díaz Lozano, con fecha doce de octubre del dos mil once, mediante resolución número uno se resuelve: 1) RECTIFICAR LA PARTIDA DE NACIMIENTO perteneciente a MERY GOMEZ ARBILDO nacida el veinticuatro de enero de mil novecientos  setenta y cinco, inscrita en el Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas, en la que se ha considerado como sexo de la recurrente MASCULINO, cuando debe ser “FEMENINO”. 2) OFICIESE al Señor Alcalde de la citada Municipalidad para que proceda a la rectificación correspondiente, conforme se encuentra ordenado en la presente resolución, debiendo PREVIAMENTE LA RECURRENTE publicar la presente resolución judicial en el Diario La Región de este distrito judicial. 3) NOTIFICAR  conforme a Ley, con conocimiento del Ministerio Público, interviniendo la señora Juez y Secretaria que suscriben por disposición superior.
María Inés Díaz Lozano
Secretaria Judicial
1er. Juzgado de Paz Letrado de Maynas
V-1(21) B/V 25959
S/. 7.20