RECTIFICACION DE ACTA – NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas, sito en la calle Nanay Nº 461 – Iquitos, el (la) Señor (a): DECIDERIO GRANDEZ PEREZ, solicita la Rectificación Administrativa de la partida de MATRIMONIO, de: DECIDERIO GRANDEZ PEREZ y HERCILIA TAMINCHE ACHO, inscripción registrada en el Libro 051, Folio 207, año 1974, quien manifiesta que por error le consignaron en el cuerpo y margen del acta, el pre nombre del cónyuge como “Desiderio”, debiendo se lo correcto “Deciderio”, teniendo como prueba el acta de nacimiento del cónyuge, por lo que procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador, de Acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, ART. 07 al 75 – D.S. 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec; que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 04 de enero de 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(08)
B/23920 (S/.10.00)