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Reconocimiento de grado de maestrías realizadas en el extranjero deben ser validadas en la SUNEDU

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capacitaran a docentesAnte las dudas sobre los requisitos para ejercer la docencia universitaria, el sector educación viene aclarando que los profesionales que cuentan con maestrías realizadas en universidades del extranjero, sí pueden ser catedráticos en el país, sin que el tiempo de duración de sus estudios ni créditos cursados represente un condicionante.
Tienen dos posibilidades para que su grado o título sea reconocido en el Perú. Si lo han obtenido en países con los que Perú mantiene convenios de reciprocidad cultural o acuerdo comercial vigente, podrán tramitar el reconocimiento de grado ante la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU).
Y, si el grado académico fue obtenido en un país con el que Perú no hubiera suscrito convenio o acuerdo que regule el reconocimiento, la persona deberá revalidar el grado en una de las 23 universidades peruanas autorizadas.
Para el caso de las personas que obtuvieron su maestría en nuestro país y desean desarrollar la cátedra, según la Ley Universitaria requieren tener el grado académico de maestro, habiendo aprobado una tesis y cursado un mínimo de 48 créditos más el dominio de un idioma extranjero o lengua nativa. Esa exigencia no aplica para los que recibieron la mestría en el extranjero.
Además, la Ley Universitaria permite que el 10% de los docentes de una casa de estudios desempeñen la docencia universitaria sin contar con el grado académico requerido, siempre que ostenten una amplia e importante trayectoria profesional. En esta categoría figuran los docentes universitarios mayores de 70 años que también pueden continuar dictando cátedra.
En tal sentido, la SUNEDU está en capacidad de orientar sobre todos los requisitos y excepciones que marca la ley.
Dada su autonomía universitaria, los centros de estudio podrían establecer criterios de calidad mayores o adicionales para la contratación de docentes, en relación a los básicos determinados en la Ley Universitaria. Así, podrían exigir más tiempo de estudios o más créditos, mayores contenidos o experiencia, entre otros. (MIPR)

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