- Además, el imputado deberá realizar el pago de 2 mil nuevos soles por concepto de reparación civil.
Ayer, en audiencia privada, se confirmó sentencia de cinco años de cárcel para Carlos David Linares Púa por el delito contra la libertad sexual, en la modalidad de actos contra el pudor en perjuicio de una menor de edad.
La Primera Sala Penal de Apelaciones de esta sede judicial declaró infundado el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado, puesto que los argumentos que sustentan la misma no enervan la prueba actuada que acredita la comisión del delito y la vinculación del inculpado con este.
De acuerdo a la investigación presentada, el día 26 de octubre del año 2017, la menor de aproximadamente diez años de edad, recurrió al servicio de moto-taxi que Linares Púa conducía entre las calles Próspero con 09 de diciembre, y tal como lo relató la víctima, se desvió a un lugar diferente a su destino, para así aprovecharse de su condición de vulnerabilidad y cometer agravios en contra de la pequeña. Durante el proceso, hubo una testigo clave que ayudó a conocer los hechos narrados por la agredida, para luego ser confirmados por el médico legista.
El artículo 176 del Código Penal tipifica y contempla la pena privativa de la libertad no menor a nueve años para todo aquel que la transgreda. La Corte Superior de Justicia de Loreto reafirma su compromiso de sancionar a todo aquel que agreda la integridad de nuestros niños.
CSJ Loreto.