PRESCRIPCIONES

PUBLICACION Y EDICTO DE:
PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO
Por ante mi, Notario Público Florentino Quispe Ramos, con oficina en Jirón Morona Nº 131 – Iquitos, doña TRINIDAD GUZMAN GARCIA, amparada en el artículo 21 de la Ley numero 27157, Ley Nº 27333 y D.S. 008-2000-MTC, solicita se le declare propietaria del bien inmueble ubicado en la CALLE HUALLAGA Nº 468, del Distrito de Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto, debidamente inscrito en la PARTIDA ELECTRONICA Nº 00011001 del Registro de Predios de Loreto, a favor de la SUCESION INTESTADA FLOR DE MARIA GARCIA VDA. DE GUZMAN; convocándose a todo aquel que tenga derecho sobre dicho inmueble para hacerlos valer con arreglo a ley, asimismo, SE CITA, LLAMA Y EMPLAZA a la Titular Registral la SUCESION INTESTADA FLOR DE MARIA GARCIA VDA. DE GUZMAN, para que se presenten ante la Notaría Pública Florentino Quispe Ramos con oficina en Jirón Morona Nº 131 – Iquitos, con el fin de enterarse del presente trámite de Prescripción Adquisitiva de Dominio solicitada por doña TRINIDAD GUZMÁN GARCÍA, sobre el bien inmueble antes descrito, bajo apercibimiento de darse por notificado y dar su aceptación a dicho trámite; lo que se notifica conforme a ley.
Iquitos, 26 de Octubre del año 2011
FLORENTINO QUISPE RAMOS
Abogado Notario de Maynas
V-3(27,04 y 10)
(S/.45.00)

 

EDICTO
Se hace saber a lo demandados JOSE ARGEL COBOS NAVARRO y LITA MARIBEL COBOS NAVARRO que en el proceso Nº 1050-2011-0-1903-JR-CI-02 iniciado por ALEJANDRINA RIOS TUESTA y JULIA NAVARRO RIOS sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMICIO ante el Segundo Juzgado Civil de Maynas de que despacha el señor Juez CESAR AGUSTO MILLONES ANGELES con la intervención del Secretario Judicial MARIA ISABEL PAZ SOLANO, se ha dispuesto se le notifique mediante edicto con el tenor siguiente.
ESCRITO DE DEMANDA.
ALEJANDRINA RIOS TUESTA y JULIA NAVARRO RIOS interponen demanda contra JOSE ARGEL COBOS NAVARRO y LITA MARIBEL COBOS NAVARRO sobre PRESCRIPCION ADQUISITVA DE DOMINIO.
RESOLUCION NUMERO UNO de fecha Veintitrés de Setiembre del dos mil once CORREGIDA MEDIANTE RESOLUCION NUMERO DOS de fecha Veintiuno de Octubre del dos mil once.
AUTOS Y VISTPOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ALEJANDRINA RIOS TUESTA y JULIA NAVARRO RIOS contra JOSE ARGEL COBOS NAVARRO y LITA MARIBEL COBOS NAVARRO sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, debiendo tramitarse la demanda por la VIA DEL PROCESO ABVREVIADO y en tal virtud, córrase traslado de la misma a la demandada por el término de DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía; por ofrecido los medios probatorios y agréguese a los autos los anexos que se adjunta a la demanda. PROCEDASE A LA PUBLICAICON DE EXTRACTO DE LA DEMANDA Y AUTO ADMISORIO por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista en los Artículos 167º y 168º del Código Procesal Civil: NOTIFIQUESE POR EDICTO a los demandados JOSE ARGEL COBOS NAVARRO y LITA MARIBEL COBOS NAVARRO, con un extracto del presente auto admisorio, en el diario oficial “EL PERUANO” y “LA REGION” por el término establecido en el artículo 492º del Código Adjetivo Civil, a fin de que cumpla con absolver la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL; debiendo de realizarse la publicación en forma consecutiva por tres días hábiles, esto por tratarse de la notificación a la demandada. Por otorgada las facultades generales de representación a favor de la letrada Rita Eldica Ruck Riera con Registro Cal Nº 605. Al Primer Otros Digo. NOTIFIQUESE con la demanda y la presente resolución a los colindantes del bien inmueble materia de la presente demanda, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 505º del Código Adjetivo. Avocándose el señor Juez y la secretaria judicial que da cuenta por disposición superior. Notifíquese  como corresponde.
Iquitos, 21 de octubre del 2011
María Isabel Paz Solano
Secretaria Judicial
2do.  Juzgado Civil de Maynas
V-3(27,28 y 31)
(S/50.00)