– Debemos capacitarnos más y trabajar más, sostiene el Juez Superior Provisional, Mag . Guillermo Bendezú Cigarán.
La implementación del NCPP en el Distrito Judicial de Loreto, hizo conocer a la población sobre la celeridad de los procesos judiciales, sin embargo hay en la fecha algunos procesos que no se están llevando con los objetivos trazados, sobre el tema el Juez Superior, Mag. Guillermo Arturo Bendezú Cigarán, quien es Juez Superior de la Sala de Apelaciones de la CSJLO dijo:
“Lo que se debe es aplicar de manera correcta el NCPP, si bien es cierto , el objetivo es que los juicios sean menos , ello es relativo, partiendo que la investigación preparatoria puede ser de 120 días u ocho meses o treinta y seis meses, dependiendo si el proceso es complejo o no. No olvidemos que ahora la investigación no esta a cargo del Juez de Garantías sino del Ministerio quien es el director de la investigación. El punto álgido es a mi entender es el tema de las audiencias las cuales se dilatan in extenso o se reprograman – por causas justificadas por cierto – y la no observancia en algunos casos de los plazos establecidos por múltiples razones. Sin embargo, tanto el Ministerio Público como el Poder Judicial están en el empeño de mejorar cada día mas en sus actuaciones a efectos de lograr las metas trazadas y por ende cumplir con los objetivos para los cuales fue creada esta nueva herramienta jurídica”.
Por otro lado el Juez Superior Guillermo Bendezú manifestó que “el trabajo óptimo no tiene que ser solo del Ministerio Público, sino también tiene que ser del Poder Judicial, la Policía Nacional, la Defensoría Pública, los abogados defensores públicos y particulares, es decir tiene que haber un engranaje de un modo tal entre todos los que son parte actuante en este nuevo modelo procesal y todos con las cualidades y capacidades suficientes para poder sacar adelante el Nuevo Código Procesal Penal.
El trabajo en el NCPP es de todos, no se puede echar la culpa al Ministerio Público, no es así, tampoco al Poder Judicial, el trabajo debe ser de en conjunto – claro esta , con las diferenciadas funciones que a cada uno le compete de acuerdo a su Ley Orgánica, sino lo único que se va lograr es demorarnos más que con el código de Procedimientos Penales de 1940, y la percepción que tiene la ciudadanía es que estamos igual o peor que con el antiguo código porque antes el proceso sumario era de cuatro meses más dos de ampliación , ahora tenemos una investigación preparatoria que dura más que el proceso sumario incluido la ampliación, es decir en el colectivo se tiene la percepción que se está demorando más o igual ; esa percepción del colectivo es la que debemos cambiar.
Finalmente el doctor Bendezú dijo, que el éxito del NCPP está en trabajar más y capacitarse más todos los operadores de justicia y mientras más vocación y convicción se ponga a lo que se hace, se van a lograr los objetivos de esta nueva herramienta jurídica, pues se debe entender que no podemos ser trabajadores solo por remuneración sino también por convicción y; seguir añadiendo siempre ese plus adicional de sacrificio y horas que en todo momento a caracterizado tanto al ministerio Público como al Poder Judicial en el Distrito Judicial de Loreto ; conscientes de la delicada función que tenemos.(W.Gil)





