20.9 C
Iquitos
spot_img

“Para apartarse de un precedente vinculante el Tribunal Constitucional ahora no necesita mayoría calificada”

Date:

Share:

  • Refiere el abogado Lee Paolo Rivera Guerra, docente de Derecho Constitucional General de la UCP
    Abogado, Paolo Rivera Guerra

La emisión de la Resolución Administrativa Nº 138-2015-P/TC vulnera la estabilidad constitucional de nuestro país. Advierte el abogado, Lee Paolo Rivera Guerra, docente de Derecho Constitucional General de la Universidad Científica del Perú
Indica que el pasado 14 de octubre, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Administrativa Nº 138-2015-P/TC, mediante la cual se ha establecido que solo serán necesarios los votos conformes de cuatro magistrados para expedir o apartarse de un precedente vinculante o emitir sentencias interpretativas, situación que ha sido analizada y criticada por ex magistrados del Tribunal Constitucional, juristas y abogados en todo el Perú.
La emisión de esta Resolución Administrativa mediante la cual se modifica el Reglamente, contraviene el Pleno Jurisdiccional STC N° 0030-2005-PI/TC, donde se establece que la interpretación e integración que el TC realiza se encuentra al servicio de la optimización de los principios y valores de la Constitución y a fin de garantizar la estabilidad constitucional, presenta ciertos parámetros, entre ellos el requerimiento de la mayoría calificada de votos de los miembros (05 votos).
Frente a la actual problemática constitucional que vive nuestro país, el abogado señala, “El Tribunal Constitucional no ha tenido en cuenta que normas tan importantes como la Constitución y las leyes orgánicas requieren mayoría calificada para ser reformadas, la modificatoria de su Reglamento Normativo contraviene los precedentes vinculantes, fundamentos 60 y 61 del Pleno Jurisdiccional STC N° 00030-2005-PI/TC 60 y 61, mediante el cual ha quedado establecido que es necesario en estos casos una mayoría calificada (05 votos conformes), la contravención a esta disposición con una simple resolución administrativa constituye una vulneración al Principio de Legalidad Procesal Constitucional, vulnerándose la estabilidad constitucional de nuestro país, si bien no pareciera ser un problema de trascendencia”.
“Las consecuencias de la modificatoria a su reglamento permite que los miembros actuales del TC puedan con mucha más facilidad apartarse y modificar los lineamientos y precedentes vinculantes que vienen rigiendo sobre nuestra sociedad democrática, poniendo en grave riesgo el Estado de Derecho de nuestro país”,  recalcó el letrado.(MIPR)

PORTADA DEL DÍA

PUBLICIDAD

━ más noticias

Sociedad de Beneficencia de Iquitos recibe financiamiento del MIMP tras obtener el primer lugar nacional por segunda vez consecutiva

La Sociedad de Beneficencia de Iquitos (SBI) vuelve a destacar a nivel nacional al obtener, por segunda vez consecutiva en el presente año, el...

Corte de Loreto dicta 6 meses de prisión preventiva contra implicados en caso de tráfico ilícito de drogas

El Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, a cargo del juez Julio César Modesto Dávila, declaró fundado el requerimiento de la Fiscalía Provincial...

Comisión distrital de acceso a la justicia de la Corte de Loreto brindó charlas a padres del colegio Simón Bolívar en San Juan

La Corte Superior de Justicia de Loreto a través de la Magistrada Dra. Kelly Ingrid Paredes Cancino, jueza del Juzgado de Paz Letrado –...

Corte Superior de Justicia de Loreto invita a magistrados, fiscales, abogados y público en general a importantes conferencias con magistrados del Tribunal Constitucional

La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, liderado por el Mag. Reynaldo Cajamarca Porras, hace una cordial invitación a los señores...

“El Tribunal Constitucional, que es el máximo intérprete de la Constitución, es quien tiene que expulsar esa ley del ordenamiento jurídico”

Opina la abogada constitucionalista Maritza Quispe, abogada del Área de Pueblos Indígenas del Instituto de Defensa Legal (IDL). Agrega que esa ley (para el trasvase...

PUBLICIDAD