Ordena treinta años de prisión a violador de menor de edad

-Sala Penal Liquidadora de la Corte de Justicia de Loreto

La Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Loreto con fecha 01 de abril del 2013 emitió la sentencia anticipada mediante la Resolución No. 18 condenando a treinta años de pena privativa de la libertad en contra de Yuri Oliveira Dávila por el delito de violación sexual en contra de su hijastra de iniciales SDMG de solo ocho años de edad.

Este detestable hecho ocurrió en el caño Tahuampa cuando fueron a pescar, jurisdicción de la ciudad de Contamana, el siete de marzo del 2013 entre las siete a ocho de la mañana. Es en dicho lugar cuando Yuri Oliveira Dávila violentó  sexualmente a la menor.sala pnal liquidadora

Por este hecho la fiscalía superior solicitó en primera instancia la cadena perpetua en contra del violador, proceso que se vio primigeniamente en el juzgado mixto de la ciudad de Contamana y posteriormente es elevado a la sala superior para ver el caso.

Luego del análisis respectivo, Yuri Oliveira en la fecha de cometer el delito tenia 22 años de edad, no tiene bienes, no registra antecedentes penales ni policiales, con segundo año de secundaria  y de ocupación agricultor, es por eso que el Ministerio Público varió la petición de cadena perpetua a treintaicinco años de prisión .

Con la documentación  y la narración fáctica  se desprende que el delito cometido por Yuri Oliveira Dávila reviste gravedad porque la menor solo tenía ocho años de edad y además es hija de su conviviente, por lo que el Colegiado integrantes de la Sala Penal Liquidadora,  falla condenando a Yuri Oliveira Dávila como autor del delito contra la libertad sexual -violación sexual de menor de edad, ilícito penal previsto en el artículo 173 inciso 1 del Código Penal en agravio de la menor de iniciaies SDMG, por lo que le impusieron treinta años de prisión que vencerá el ocho de marzo del 2042 , además le impusieron  cinco mil soles de reparación civil que el sentenciado deberá pagar a favor de la agraviada.

La Resolución fue firmada por los magistrados Del Piélago Cárdenas, Amoretti Martínez y Acevedo Chávez. (WGN)