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Iquitos

Once formas de falta grave se dan en trabajadores del Estado

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  • En la MDSJB se capacita a funcionarios para que conozcan las normas.


El licenciado en relaciones industriales Héctor Menacho Rojas sugerente del área de recurso humanos de la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista habla sobre las faltas graves que pueden cometer los servidores públicos, explicó, los gerentes y funcionarios deben conocer sobre los procedimientos administrativos disciplinarios, que establece que cada régimen tiene su propia particularidad, ellas son las 276,728 y 1057. Todos se unifican con la ley Servir, es decir cada medida disciplinaria es aplicable de acuerdo a la ley.
Es importante que los gerentes y funcionarios conozcan como se realiza o redacta en el caso de una falta grave de un trabajador, de esa manera en el área de recursos humanos se pueda proceder sobre los procesos administrativos.
En el estado hay once formas que se tipifican como faltas graves, como son el ausentismo es decir más de tres días consecutivos es falta grave y sujeto a despide, cinco días en un mes, el faltar de palabra entre trabajadores y más grave aún a sus inmediato superior, incumplimiento del reglamento interno de trabajo y del plan Covid que es exigencia, aquellos que infringen las normas por ser trabajadores vulnerables a quienes se les ha descubierto que están haciendo trabajos particulares, la reiterada resistencia al trabajo, la baja de la calidad y de la productividad en el trabajo son faltas graves y todo eso tiene un procedimiento especial, que hay que saber tratar e informar.
Menacho Rojas habló también sobre los trabajadores quienes están por locación de servicios dijo, el locador no es un trabajador del estado o municipal, los locadores dan servicios a las entidades del Estado, es decir a los locadores no se les somete a procedimientos administrativos disciplinarios, lo único que se hace con los locadores es suspender sus servicios y nada más.
En las entidades del Estado hay personal de todas las profesiones que ocupan cargos jerárquicos, pero, no son laboralistas, es un tema de especialidad, y deben conocer sobre la forma de actuar, enfatizó.

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