OEFA formuló ampliación de denuncia penal

– Contra quienes resulten responsables en comisión de delitos ambientales.
– Ante el Fiscal Provincial de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental.
DSC00255

Por: Luz Marina Herrera.
La mencionada denuncia se registró a fin que el fiscal pueda continuar con las investigaciones preliminares, a efectos de lograr la plena identificación e individualización de los autores, adecuando la conducta a los tipos penales expuestos. OEFA se refiere a la denuncia interpuesta luego que realizara una visita para verificar el cumplimiento a la función de fiscalización ambiental, específicamente respecto al manejo y gestión de los residuos sólidos en la jurisdicción.
OEFA hace un recordaris al fiscal del Medio Ambiente respecto a la visita que realizaran el 26 de junio 2014, en el relleno sanitario denominado «El Treinta», donde constataron que el desarrollo de esa actividad podía afectar gravemente los componentes del ambiente y la salud de las personas, máxime si el relleno está ubicado en la zona de amortiguamiento de la Reserva Nacional Alpahuayo Mishana. Ya que las aguas residuales y lixiviados de la actividad del relleno ingresan por la quebrada Grautiel a la reserva y confluye al río Nanay.
«Como puede apreciarse, el objetivo principal de la referida reserva nacional es el proteger la diversidad biológica y el hábitat de los bosques, sin embargo, estos están siendo afectados por el desarrollo inadecuado de la actividad de disposición de residuos sólidos, sin supervisión por parte de los funcionarios denunciados» dice OEFA.

RESPONSABILIDAD DEL REPRESENTANTE LEGAL
«Es necesario precisar que la Empresa MP Construcciones SRL se encuentra registrada en DIGESA como una empresa prestadora para realizar la disposición final de residuos sólidos municipales, conforme al registro de empresas prestadoras de servicios de residuos sólidos con registro EPOA-772-12- en el Exp. 1477-2012-EPS; sin embargo, se ha podido determinar que quien opera el relleno sanitario es la empresa Brunner SAC. Quien únicamente cuenta con autorización para la recolección y transporte para los residuos municipales, más no para brindar servicio de disposición final de residuos sólidos municipales.
Consecuentemente, con este accionar la empresa Brunner SAC está realizando acciones que se encuentran prohibidas y tienen contenido penal ya que sin tener las autorizaciones correspondientes, está realizando el servicio de disposición final de residuos municipales, ocasionando con este accionar, un daño potencial a los elementos de la naturaleza, llámese agua, suelo, aire, como también a la salud de las personas y perjudicando la diversidad biológica de la zona de amortiguamiento del área natural protegida, lo cual va a generar impactos negativos potenciales en dicha zona» concluye categóricamente OEFA.
Pidió ampliación de denuncia para la alcaldesa de Maynas, Adela Jiménez, el ex director de salud Hugo Rodríguez, Mónica Saavedra, directora de la dirección general de Salud Ambiental del ministerio de Salud. Agregando el pedido de incluir por la presunta comisión del delito de responsabilidad del representante legal de la persona jurídica a Llens Brunner Ruiz Moore, gerente general de la empresa Servicios Brunner EIRL.