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Iquitos

Nuevo Código de Responsabilidad Penal del Adolescente

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Por: Dr. Edhín Campos Barranzuela

El pasado sábado 07 de mayo, mediante Decreto Supremo 003-2022-JUS, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la aprobación oficial de la aplicación progresiva del nuevo Código de Responsabilidad Penal de Adolescente, el mismo que contenía una vagatio legis.
En tal sentido, se aprobado su nueva calendarización y su vigencia comenzará a partir del próximo año, de manera progresiva, en los diferentes distritos judiciales del Perú.
La nueva puesta en vigencia, se iniciará en las cortes superiores de Lima Norte, Ventanilla y el Callao, para continuar con Lima Centro, Lima Sur, Este, Cañete y Huaura.
De acuerdo al cronograma establecido, el nuevo Código de Responsabilidad Penal de Adolecentes, concluirá su vigencia en el año 2026 con los distritos de Loreto, Ucayali, Madre de Dios, Cusco, Apurímac, Puno, Moquegua y Tacna.
Este nuevo cuerpo normativo, de corte procesal penal acusatorio, es un instrumento legal muy importante para la investigación y juzgamiento de los adolescentes que vulneran las normas penales y para tal efecto, ahora se contará con una especializada legislación para las sanciones respectivas,
Es importante precisar, que con fecha 07 de enero del 2017, se publicó el Decreto Legislativo 1348 que aprobaba el Código de Responsabilidad de Adolescentes y con este nuevo marco normativo, se han producido cambios en la estructura que se tenía en los procesos seguidos contra los adolescentes que tenían conflicto con la ley penal y desde luego se crean nuevas instituciones procesales que anteriormente no existían en el sistema de justicia penal juvenil.
Ahora, se dejará de lado el vetusto sistema procesal inquisitivo, propio del sistema reservado y escritural y ahora se privilegiará los principios de oralidad, contradicción e inmediación, garantizándose un mejor derecho de defensa del adolescente imputado y cuyo nuevo sistema, será propio de un nuevo modelo procesal penal acusatorio.
En tal sentido, la comunidad jurídica espera con atención la puesta en vigencia del nuevo Código de Responsabilidad Penal del Adolescente, pues durante los últimos años se han perpetrado diversas acciones ilícitas, que han incrementado la ola delictiva que azota al país, es por ello que los procesos instaurados contra los menores adolecentes deben estar garantizados con una correcta tutela jurisdiccional efectiva, irrestricto derecho de defensa y la garantía constitucional de un debido proceso.
En consecuencia, de no mediar ninguna otra modificación en su calendarización oficial del Ministerio de Justicia, el nuevo Código, entraría en vigencia de manera progresiva como plan piloto, el próximo año en los distritos judiciales de Lima Norte, Ventanilla y Callao y en consecuencia tendríamos un único Estatuto Procesal Penal del Adolescente, que cierto sector de la doctrina lo ha denominado de corte acusatorio, garantista y adversarial.
Es por ello, que en este nuevo modelo, se deben evitar algunas dificultades, como a decir de diversos juristas, presentó el Código Procesal Penal y estas fueron:
• Cambios en el cronograma oficial.
• Recursos limitados para mejorar la gestión.
• Confusión de las diversas interpretaciones a las nuevas corrientes procesales.
• Resistencia de cambio en los roles de la Policía Nacional y el Ministerio Público.
• Permanentes parches en su reforma en la lucha contra la corrupción
Según precisa el nuevo marco normativo, el objetivo de la implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes es la aplicación progresiva y efectiva del referido Código en todos los distritos judiciales. La estrategia de implementación contempla:
a)Reducción de brechas en los sectores mediante acciones de capacitación, formación de equipos.
b) Generación de alianzas territoriales.
c) Elaboración de guías, protocolos y otras herramientas de gestión que contribuyan a la mejor administración del sistema de justicia penal juvenil, y
d) Ejecución de medidas socioeducativas, aprobadas por el Decreto Legislativo Nº 1348.
Por tal razón, es importante preguntarse. ¿Con la puesta en vigencia de un cuerpo procesal penal juvenil, permitirá la solución a los problemas de la justicia en el interior del país? , disminuirá la delincuencia juvenil en todas las regiones ? y los operadores jurídicos están familiarizados con su lógica y operatividad en todas sus instituciones procesales ?, la población se encuentra familiarizada con este nuevo modelo procesal penal de justicia del adolescente? y considera que el tránsito de un modelo inquisitivo a un sistema procesal penal acusatorio permitirá un mejor servicio de justicia?, la sociedad civil podrá percibir que los procesos penales son más transparentes y céleres y se confiará plenamente en sus operadores de justicia?
No cabe duda, que con la nueva calendarización del nuevo Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, se inicia un nuevo modelo de justicia juvenil, en donde se espera que la investigación, juzgamiento y sanción contra los adolescentes, permita prevenir y controlar la incesante ola delictiva que vive el país y además que el sistema de justicia penal se consolide y obtenga poco a poco legitimidad, pues la justicia es el pan del pueblo y el pueblo siempre está hambriento de ella.

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