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«Ministerio del Ambiente debe declarar zona de Güeppi como zona de reserva definitiva y protegida»

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-Hoy se recuerda el Día Internacional de los Pueblos Indígenas

-Señala el representante del Centro de Derechos Humanos y Desarrollo Dr. Ercilio Moura.

Quien estuvo el día de ayer en la importante audiencia pública sobre Derechos Humanos desarrollada en el local de Kanatari, ubicado en el distrito de Punchana.

¿Doctor a estas alturas se puede decir que los pueblos indígenas han avanzado en su lucha por  un reconocimiento y atención genuina?

-Se ha avanzado pero no en la rapidez deseada. Sobre todo en medidas legislativas, ahí está la reglamentación del derecho a la consulta previa consagrada en el Convenio 169 de la OIT. El Estado peruano no ha hecho muchos esfuerzos para que el Tratado se haga cumplir en todo el territorio nacional.

En este camino tratamos que se cumpla y hay tareas importantes que están pendientes como difundir, capacitar, educar a toda la sociedad y fundamentalmente a los actores indígenas en sus propios derechos. Sobre todo qué son derechos colectivos, qué los diferencia de los derechos occidentales y porqué son importantes sus territorios, sus pueblos, sus valores y su cosmovisión.

En el caso específico de la Asociación Indígena del Putumayo, Cedal está empeñado en conseguir el proceso orientado a obtener la declaración definitiva de la Reserva de Güeppí como Reserva Nacional Protegida y así evitar los intentos de concesionar sus territorios para la exploración y explotación petrolera en esas reservas.

En este marco junto a otras organizaciones en Lima y de alcance nacional que conforman el grupo de trabajo de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, hemos elaborado un informe sobre la aplicación del Convenio 169-OIT durante el primer año de gobierno del presidente Ollanta Moisés Humala Tasso. Se reflexiona sobre la nueva Ley de Consulta Previa promulgada en setiembre de 2011 y reglamentada en abril de 2012, donde se señala inconsistencias de la Ley en el Reglamento respecto al Convenio 169.

Se le presentan 05 casos emblemáticos de Derechos Indígenas que todavía no están debidamente atendidos. Uno de esos casos es el que queremos subrayar y es el caso de la Zona Reservada Güeppí, donde el año 2006 se suscribió una carta pública a tono del Convenio 169-OIT, a efecto de preservar la reserva. Pero a los tres meses siguientes (2006) Perúpetro de manera inconsulta y desconociendo ese documento que plasmó la voluntad del pueblo Secoya, concesionó a Petrobras medio millón del área de Güeppí.

El área de la Reserva del Putumayo debe ser garantizada y protegida, esa es la misión trazada en este día tan importante como es el Día Internacional de los Pueblos Indígenas. Las autoridades del Ministerio del Ambiente deben ver la importancia y necesidad de declarar ya la Zona de Güeppí como: Zona de Reserva Natural Definitiva y Protegida» concluyó Moura.

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