Mecanismo constitucional

Sigue el gran debate nacional y mayoritario apoyo al presidente de la República, Martín Vizcarra, quien planteó la presentación de la cuestión de confianza al Congreso de la República con relación a los cuatro proyectos de ley elaborados para realizar la reforma política y judicial.
Muchos nos preguntamos en qué consiste exactamente este mecanismo constitucional y cuáles son sus implicancias. La respuesta conseguida es que es un mecanismo constitucional incluido en la Constitución de 1993, diseñado con la finalidad de ofrecer una salida al Poder Ejecutivo cuando entra en abierta colisión con el Congreso de la República.
¿Quién puede convocar esta herramienta? Mediante este mecanismo, un ministro de forma individual o el presidente del Consejo de Ministros, a nombre del Gabinete, puede solicitar la confianza al Congreso respecto a una ley o una iniciativa gubernamental, según los artículos 132 y 133 de la Constitución.
¿Qué ocurre si se niega la cuestión de confianza? De acuerdo al artículo 133 de la Constitución, si la cuestión de confianza es rechazada se produce la crisis total del Gabinete Ministerial.
Entonces procede la disolución constitucional del Congreso. Y lo que señala el artículo 134 de la Constitución, es que el presidente de la República está facultado para disolver el Congreso si este ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros.
Recordemos que durante el gobierno de Pedro Pablo Kuczynski se negó la confianza al presidente del Consejo de Ministros, Fernando Zavala, por lo cual este tuvo que renunciar. En ese sentido, si los proyectos del Ejecutivo no obtienen la confianza del Congreso, sería la segunda vez que este poder del Estado rechaza el respaldo en el actual gobierno.
Además, el mismo artículo 134 agrega que el decreto de disolución contiene la convocatoria a elecciones para un nuevo Congreso. Dichas elecciones se realizan dentro de los cuatro meses de la fecha de disolución, sin que pueda alterarse el sistema electoral preexistente.
El Gobierno publicó ayer el Decreto Supremo que convoca a sesión extraordinaria al Congreso de la República para el 19 de setiembre a las 8:00 horas, a fin de que el Presidente del Consejo de Ministros sustente la cuestión de con?anza planteada al Parlamento.
La cuestión de confianza es respecto a los ejes 1 y 2 de la Política General de Gobierno, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2018-PCM sobre la integridad y lucha contra la corrupción, y fortalecimiento institucional para la gobernabilidad, sustentados en los cuatro proyectos de ley de Reforma Constitucional presentados por el Poder Ejecutivo al Congreso de la República. Las cartas están sobre la mesa y el pueblo no entiende más que la palabra: Disolver. Aunque todo depende si no es rechazada la cuestión de confianza.