Estamos cerca a las fiestas de navidad, por lo cual como todos los años ya se sienten las detonaciones de productos pirotécnicos en las calles, plazas e incluso en los colegios y lo que resulta preocupante es que son manipulados mayormente por menores de edad y también por algunos adultos irresponsables, que no disciernen sobre el potencial peligro que conlleva su posesión y uso, así como las incomodidades que generan en los demás ciudadanos.
Como prueba del peligro de los productos pirotécnicos, se hace mención de dos últimos casos ocurridos en Perú, donde resultaron gravemente afectados dos menores de edad. El primer caso ocurrió el 27 de noviembre de 2024 en Huaycan, Lima. Un joven de 22 años estuvo detonando en la calle el pirotécnico denominado “rata blanca” y permitió que su vecinito de tan solo ocho años, encienda un segundo pirotécnico de ese tipo y como resultado el niño se voló toda la mano, quedando en condición crítica.
El 3 de diciembre de 2024, en Huancayo, un escolar de doce años de un conocido colegio de dicha ciudad, estuvo con sus amigos caminando por un parque y observó unos perros, entonces con la mala intención de hacerlos asustar sacó un artículo pirotécnico de su mochila (cohete) el cual, al encenderlo lamentablemente estalló en su mano, perdiendo tres dedos y quedando mutilado. Ambos niños quedaron con serias lesiones y traumas psicológicos, asimismo, si no se actúa de manera preventiva, el número de emergencias relacionadas al uso de pirotécnicos se irá incrementando, sobre todo en menores de edad.
Los artículos pirotécnicos utilizados sin conocimiento y/o autorización constituyen un peligro potencial, por lo cual, en estas épocas de navidad y año nuevo son recurrentes las noticias mostrando como víctimas, a niños y adolescentes con dedos mutilados, con pérdida de la visión, con quemaduras incluso por pirotécnicos autorizados, con problemas auditivos y otras lesiones, a consecuencia de la fuerte detonación de estos productos, e incluso son causa de incendios.
Asimismo, cualquier otra persona podría verse también afectada en su integridad física, al desplazarse por la vía pública e inclusive estando en el hogar, al hacer y explotar cerca uno de esos peligrosos artículos, los cuales son lanzados al espacio de manera indiscriminada e irresponsable, sin medir las consecuencias que podrían acarrear. Además, las fuertes detonaciones, generan un gran impacto sonoro que afecta a las personas con hipersensibilidad auditiva, en los recién nacidos, en los niños; así como en las personas enfermas, adultos mayores y animales domésticos.
La ley N° 30299 publicada el 22 de enero de 2015, en el artículo 59 indica que, la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC), es la única entidad encargada de autorizar la fabricación, almacenamiento, importación, exportación, comercialización, traslado, manipulación y realización de espectáculos pirotécnicos. Asimismo, el artículo 64 de dicha ley, PROHIBE la venta de pirotécnicos en lugares no autorizados por SUCAMEC.
Adicionalmente el artículo 265 del Reglamento de la Ley 30299, aprobado con D.S. N° 010-2017-IN, prohíbe vender de manera ambulatoria productos pirotécnicos, en viviendas, o locales no autorizados por SUCAMEC. Igualmente está prohibido comercializar o realizar la venta directa al público de productos pirotécnicos de uso recreativo destinados a espectáculos pirotécnicos, en locales no autorizados.
Respecto a las sanciones, el Código Penal Peruano, en su artículo 279-C.- Tráfico de productos pirotécnicos, establece: “El que, sin estar debidamente autorizado, fabrica, importa, exporta, deposita, transporta, comercializa o usa productos pirotécnicos de cualquier tipo, o los que vendan estos productos a menores de edad, serán reprimidos con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años, trescientos sesenta y cinco días-multa e inhabilitación conforme al inciso 4 del artículo 36 del Código Penal. La pena será no menor de cinco ni mayor de diez años, si a causa de la fabricación, importación, depósito, transporte, comercialización y uso de productos pirotécnicos, se produjesen lesiones graves o muerte de personas.»
Finalmente, se hace un llamado a las autoridades respectivas (SUCAMEC, PNP, Ministerio Público, Municipalidades, etc.) para que sumen esfuerzos y realicen operativos, para hacer cumplir las normas mencionadas e intervengan a quienes incurren en la comercialización no autorizada de artículos pirotécnicos y su uso indebido; asimismo, que promuevan campañas preventivas mediante los medios de comunicación, alertando a los padres de familia sobre el gran peligro que representan los artículos pirotécnicos para los niños y adolescentes.





