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“La sentencia convierte en defensores a todos los pueblos indígenas”

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Específicamente a los “que viven en las orillas de los afluentes del río Marañón”.

  • Por: Mongabay Latam

La lideresa kukama kukamiria Mari Luz Canaquiri Murayari recibió el Premio Medioambiental Goldman 2025, el galardón más importante del mundo para activistas medioambientales, por su lucha en la defensa de los derechos del río Marañón. La defensora consiguió una sentencia histórica en Perú, en la que el Juzgado Mixto de Nauta, en la región de Loreto, otorgó al río Marañón la categoría de titular de derechos.
El abogado del Instituto de Defensa Legal, Juan Carlos Ruiz, quien llevó adelante el caso, explica que la sentencia permite pasar de un esquema antropocéntrico a un esquema ecocéntrico. Es decir, cuidar el río porque tiene un valor en sí mismo.
—Esta es una sentencia única en su tipo en Perú, ¿qué significa que un río sea declarado titular de derechos?
—Significa que tiene una protección reforzada. Cuando tú reconoces derechos a un río, estás estableciendo nuevos límites al Estado y a los particulares. Por ejemplo, el derecho a vivir libre sin contaminación es incompatible con el hecho de que, por ejemplo, en Iquitos no hay una planta de tratamiento de aguas servidas, entonces las excretas van al río Nanay. Si tú reconoces a un río derechos, en consecuencia ya no podrías vertir esas excretas.
Los derechos se convierten en límites, en criterios de validez a las decisiones del Estado y a los particulares.
—¿Quién representa al río Marañón en esta toma de decisiones?
—En el caso de la sentencia de la Huaynacanas, la Justicia está diciendo que diversos órganos del Estado y los pueblos indígenas son, usa tres palabras, guardianes, defensores y representantes de los ríos. ¿Qué significa eso? Que si el Estado va a tomar una decisión que afecta a los ríos, tiene que llamarlos.
—El río Marañón ha sufrido más de 60 derrames de petróleo a lo largo de la historia. Tras la sentencia, ¿cómo se procede para defender sus derechos?
—En el río Marañón hay sistemáticos derrames porque el oleoducto es un desastre. La mitad de los derrames son por sabotaje y la otra mitad es por falta de mantenimiento del oleoducto.
Luego de esta sentencia, que beneficia al río Marañón y a todos sus afluentes, los derechos no sólo se reconocieron en el río Marañón, sino a todos los afluentes. La gran mayoría de ríos amazónicos son afluentes del río Marañón: Huallaga, Ucayali, Morona.
Entonces, de ahora en adelante, por ejemplo, los derrames de petróleo no sólo contaminan el medioambiente, sino que afectan los derechos del río Marañón. Se ha reconocido, por ejemplo, el derecho del río a vivir sin contaminación, a su propio sistema ecosistémico, a su propio caudal, y se prohíbe el trasvase de agua. Los derrames, de alguna manera, afectarían los derechos del río Marañón y abrirían la posibilidad de accionar judicialmente.
—Tras la sentencia, ¿hay algún interés del Estado peruano para impedir este reconocimiento de derechos?
—La sala civil de la Corte de Loreto emitió sentencia y contra esa sentencia no cabe ningún acto impugnatorio ante el Tribunal Constitucional. Sólo cabe, digamos, apelación ante el Tribunal si el demandante no está conforme. La posibilidad de recurrir al Tribunal Constitucional como última instancia sólo la tienen los demandantes afectados en sus derechos, no los demandados.
En consecuencia, estamos ante una sentencia firme que tiene valor de cosa juzgada y que tiene que ser ejecutada. Entonces, la sentencia de la sala civil baja al juzgado de Nauta, que es quien tiene que ejecutar la sentencia. En este caso, lo que tiene que hacer la jueza de Nauta es convocar audiencias de seguimiento para velar porque se cumpla la sentencia. O sea, la sentencia no acaba cuando sale, digamos, el proceso judicial no acaba cuando sale la sentencia, sino cuando esta es cumplida. Y aquí le corresponde velar por la ejecución al juez. En este caso, sería el juzgado de Nauta el responsable, como parte de su competencia para asegurar el cumplimiento de la sentencia.
—¿Se puede otorgar esta categoría de titular de derechos a otros cuerpos vivos?
—Hay 33 sentencias en el mundo que se han pronunciado por algo parecido. La última es un lago en Murcia, España. Esto surgió básicamente en Estados Unidos. El hecho de esta sentencia, y ese es el gran mérito, es pasar de un esquema antropocéntrico a un esquema ecocéntrico. ¿Qué significa eso? Tengo que cuidar el río no solo porque me es útil, sino porque en sí mismo tiene un valor. Lo que he hecho desde esta sentencia es dar un gran paso en esta perspectiva.
Ya no miremos la naturaleza como cosas muertas, como objetos, sino como seres vivos.

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