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“La mejor forma de salir de la coyuntura en que está el poder judicial es emitiendo sentencias basadas en la verdad, el derecho y la justicia”

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  • Expresó el juez penal Hesbert Benavente, luego de dar a conocer su adelanto de fallo.

Que como ya se conoce es de 3 años de pena privativa suspendida para el ex presidente regional Yván Vásquez, y para el Ing. Ricardo Rojas Vargas, por el tema del Perfil. Más el pago por reparación civil de 325 mil soles, de manera solidaria. A los otros tres implicados que conformaron hace años el comité de licitación para la obra del alcantarillado, fueron absueltos.
“En materia de un proceso penal hay que partir de los hechos y esos son comunicados por la fiscalía, los hechos mandan, no se pueden aumentar o eliminar a la ligera. Los hechos tienen que ser como un imán que jala un metal, en el caso llamado delito. Y si lo jala se pasa a un tema fundamental que es la prueba. Está o no probado.
Por ende, en la explicación que hice en este adelanto de falo se citó cuáles eran los hechos sindicados por la fiscalía y explicar cuáles tengo por comprobados y cuáles no los tuve por probados. Y luego ingresar al análisis jurídico.
Todo ciudadano tiene derecho a opinar de las resoluciones judiciales, en clave que el de la voz (el juez) ha invocado artículos, doctrina, hechos y en esa inteligencia se espera que las opiniones se hagan en ese sentido.
Yo no ignoro la coyuntura por la que está pasando el poder judicial de nuestro país, y la mejor coyuntura para salir adelante es con sentencias que se basan en la verdad, en el derecho y en la justicia.
He dispuesto remitir copia de este fallo a la fiscalía de turno para que se investigue a otras personas, incluso a instituciones porque en este proceso incluso ha habido un tema muy serio de un documento (perfil) que no ha sido entregado, que pudo haberse perdido u ocultado y eso no puede ser pasado por alto”, explicó Benavente.

¿Cómo analizó el tema para llegar a una condena para dos de los imputados?
-Por el del concurso público que sí fue mencionado por la fiscalía. En una situación de emergencia también hay un tema de regularización, del por qué se eligió tal camino. Situación que, en el presente caso, si bien es cierto se presentaron oficios, informes en la que se remitía el perfil, esos informes u oficios no regularizaban la situación del señor Ricardo Rojas Vargas.
Se discutió en cuanto a la autoría del documento, sin embargo, uno tiene que basarse en los documentos públicos en este caso el Formato SNIP 3. Lo más importante para que la población conozca es que hubo antes una primera sentencia y fue declarada nula y la Ley en el artículo 426 del código procesal penal, ya impide imponer una pena mayor a la que fue anulada.
Por eso de plano, toda punibilidad mayor a 6 años ya estaba impedido por Ley. Pero también es necesario valorar si la persona, cualquier procesado cualquiera fuera su apellido, fuera cual fuera el contexto; presenta o no presenta antecedentes penales. Cuál ha sido su cumplimento en cuanto a sus obligaciones procesales, el tema de la edad, el tema de la salud, que he mencionado, eso forma parte de la penalidad que se ha impuesto.
En cuanto a la reparación civil yo no me puedo pronunciar por el monto de toda la obra, primero porque la fiscalía en ese extremo no lo trabajó, pero la ciudadanía conoce que hay otros procesos pendientes y que seguramente ahí se van a discutir.
En el caso dos (de los tres imputados absueltos) respecto a los miembros del comité de selección. Ellos informaron en cuanto a los montos de la obra china al director de ese entonces de OPIPP Walter Anaya Calderón. Eso tengo cómo probarlo, lo que no tengo como probar es que si el director de ese entones de OPIPP observó el informe, lo devolvió o les dijo: “está mal señores”, no tengo ninguna reacción.
Ahora bien, si eso quedó in-consentido, o fue subsanado, si así la fiscalía procedió, yo no podría pronunciarme porque también tengo que ser respetuoso de la cosa juzgada. No se olviden que esto viene de una sentencia de segunda instancia, pero sí me preocupa la situación del perfil. ¿En dónde está ese perfil?

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