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JUZGADO UNIPERSONAL

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EDICTO PENAL
Expediente N°01265-2013-41-PE   – Cuaderno de debate
Especialista Judicial: ELDI MARINA SIAS PEÑA
Segundo  Juzgado Unipersonal Penal de Maynas
Por el presente el señor Magistrado Víctor Manuel García Sandoval, Juez del Segundo  Juzgado Unipersonal Penal de Maynas, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 01265-2013-41-PE, se dispuso Notificar a la persona de RUTI VICTORIA NUÑEZ VASQUEZ Identificado con DNI N°05328512, la siguiente resolución:  RESOLUCION NUMERO UNO. Iquitos, veinticuatro de marzo del dos mil quince. AUTOS Y VISTOS (…). V. DECISION: Por los fundamentos expuestos, en la causa penal signado con el N°01265-2013-41-PE, denominado “CUADERNO DE DEBATES” seguido contra RUTI VICTORIA NUÑEZ VASQUEZ,  por el DELITO CONTRA EL PATRIMONIO – ESTAFA – DEFRAUDACIÓN, en agravio de MARIO ALBERTO VASQUEZ PINEDO,  el Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Maynas. DECIDE: 1).- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa penal, para el día DIECINUEVE DE MAYO DEL DOS MIL QUINCE A HORAS  DIEZ DE LA MAÑANA,.  la misma que se realizara en la SALA  DE AUDIENCIAS DEL  SEGUNDO  JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MAYNAS del Modulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, ubicada en la CALLE GRAU N° 720, SEGUNDO PISO DE LA CIUDAD DE IQUITOS,  2).- En ese sentido, NOTIFÍQUESE CON LA PRESENTE RESOLUCIÓN (para la concurrencia a la audiencia de juicio oral en la fecha y hora  antes señalada) A (LOS) SIGUIENTE(S) SUJETO(S) PROCESALES: 2.1. Al acusado RUTI VICTORIA NUÑEZ VASQUEZ,  a la audiencia programada para el día DIECINUEVE DE MAYO DEL DOS MIL QUINCE A HORAS  DIEZ DE LA MAÑANA,  en la Sala de los Juzgados Unipersonales, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y reservarse el proceso hasta que sea habido conforme a los artículos 355°. 4) y 367°. 2) del CPP.- Notificándose.
Iquitos,  26 de marzo  del 2015
V-3(07,08 y 09)

EDICTO   –  PENAL
Expediente N° 2014– 00265-60
Especialista Judicial: ABOG. NERI ISABEL RAMIREZ CERVAN
Tercer Juzgado Unipersonal Penal de Maynas
Por el presente el Tercer Juzgado Unipersonal Penal de Maynas, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00265-2014-60, se dispuso Notificar a la persona de TEDDY FERNANDO TERRONES LECCA, la siguiente resolución:  RESOLUCION NUMERO TRES: Iquitos, veintiséis de marzo del dos mil quince: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA Y JUICIO ORAL en la presente causa, la misma que se realizará en ACTO PÚBLICO el día TREINTA DE ABRIL DEL DOS MIL QUINCE A HORAS OCHO CON TREINTA DE LA MAÑANA, en la SALA DE AUDIENCIA DEL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MAYNAS, ubicada en la Avenida Grau número setecientos veinte, segundo piso de la ciudad de Iquitos; En merito a todo ello, se hace necesario fijar como fecha de juicio un plazo razonable para no perjudicar el derecho de defensa de los sujetos procesales, y, en consideración a la exigencia de otros juicio orales programados.
EN CONSECUENCIA: SE DISPONE: NOTIFICAR CON LA PRESENTE RESOLUCIÓN a los siguientes sujetos procesales para que concurran obligatoriamente al Juicio oral en la fecha y hora antes señalado, mediante cédula o por cualquier otro medio de notificación idóneo y verificable, y estableciendo los apercibimientos que directamente corresponden a cada uno de ellos, en el caso que se produzca alguna inconcurrencia: Al acusado TEDDY FERNANDO TERRONES LECCA, , a quien se le notificará en su domicilio real sito en CALLE TAVARA WEST N° 932 – IQUITOS y conforme a la Ficha Reniec, CALLE TAVARA WEST N° 920 – IQUITOS, sin perjuicio de notificarse por edicto penal en el Diario Judicial “La Región”, y el Diario Oficial “El Peruano”, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y reservarse el proceso hasta que sea habido conforme a los artículos 355°. 4) y 367°. 2) del CPP. CÍTESE al Abogado defensor del acusado, al letrado LUIS FLORES ANGULO, en su domicilio procesal sito en CALLE RICARDO PALMA N° 469 – IQUITOS, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada, de poner en conocimiento del Ministerio de Justicia. Al REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO responsable del caso Dra. CELINA ISABEL OTERO AMASIFUEN Fiscal Adjunta Provincial de la Quinta Fiscalía Provincial Corporativa de Maynas, bajo apercibimiento de poner en conocimiento del Órgano de Control Interno del Ministerio Público y de ser excluido del juicio, de conformidad con el artículo 359°. 6) del CPP. NOTIFIQUESE al agraviado de iníciales J.F.T.CH., representado por su progenitora Raquel Chávez Dávila, de la audiencia de Juicio Oral, para su conocimiento. Citar a los testigos y peritos admitidos como órganos de prueba, con la información proporcionada por las partes procesales, debiendo los referidos sujetos procesales coadyuvar en su localización, emplazamiento y concurrencia, en caso de información presentada sea defectuosa, incompleta, insuficiente o inoportuna. Precisar, que la citación a testigos y peritos, deberá ser reservada para siguiente oportunidad. Así firma el Señor Magistrado, de lo que como Especialista de causa certifico. NOTIFIQUESE Y HAGASE SABER.
V-3(07,08 y 09)

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