JUZGADO UNIPERSONAL

EDICTO PENAL
En el Exp. Nº 01210-2013-77-1903-JR-PE-03, en los seguidos contra Imputado JORGE JONATHAN DEL CASTILLO MOZOMBITE, por el Delito Contra DELITO CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA – PELIGRO COMUN- CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD. se NOTIFICA POR EDICTO al Imputado JORGE JONATHAN DEL CASTILLO MOZOMBITE, la RESOLUCION NUMERO CINCO, Iquitos, tres Marzo del dos mil catorce. DADO CUENTA: Con la razón del especialista Judicial de audiencia Eddier Rojas Linares, téngase presente conforme a lo solicitado por las partes se tiene .- PRIMERO; Que mediante resolución número cuatro de fecha treintiuno de enero del dos mil catorce se ha citado a la audiencia para el día de la fecha al acusado  JORGE JONATHAN DEL CASTILLO MOZOMBITE,  notificándose conforme a ley de acuerdo a la cedula de notificación obrante en autos habiéndose notificado en forma personal recepcionando el mismo acusado. SEGUNDO; Estando a lo señalado precedentemente y a solicitud del Representante del Ministerio Publico así como de la abogado defensor público y a fin de restringir el derecho de defensa del referido acusado resulta amparable lo solicitado por las partes por lo que esta judicatura dispone reprogramar la presente audiencia para el día Miércoles doce de Marzo del dos mil catorce a horas ocho de la mañana en esta misma sala de audiencia quedando notificado las partes bajo apercibimiento al acusado de ser declarado Reo Contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y reservarse el proceso hasta que sea habido de conformidad con los articulo 365 y 367 del Código Procesal Penal, exhortando a las partes coadyuvar en la localización de los órganos de prueba testigo o peritos  que hayan propuesto para el presente proceso.
Iquitos, 03 de Marzo del 2014
V-3(06,07 y 10)

EDICTO PENAL
En el Exp. Nº 2819 – 2012 – 16-1903-JR-PE-03, en los seguidos contra Jacquelin Karen Sanchez Plaza, por el Delito Contra La Familia – Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Erick Luis Garcia Sanchez. se NOTIFICA POR EDICTO a la imputada Jacquelin Karen Sanchez Plaza,, la RESOLUCIÓN NÚMERO DOS, de fecha cuatro de marzo del dos mil catorce cuyo contenido es el siguiente: Dado cuenta; con la razón del especialista judicial de  audiencias téngase presente, y conforme a lo solicitado por las partes se tiene, primero que,  mediante resolución numero uno de fecha 16 de enero del 2014 se ha convocado para la audiencia de juicio oral a llevarse a cabo el día de hoy, a la acusada  JACQUELIN KAREN SANCHEZ PLAZA siendo que la misma ha sido notificada en su domicilio procesal conforme obra en autos a fojas 15, sin embargo conforme a la razón emitida por el especialista de audiencia, la misma no fue notificada  a su domicilio real, estando a lo señalado precedentemente y a lo solicitado por el Representante del Ministerio Público, deberá Reprogramarse la presente audiencia y notificarse a dicha imputada en el domicilio que ha indicado el repe4snetante del Ministerio Público   Pasaje Toledo Mz “H” lote 6, Asentamiento Humano  Eliane Karp San Juan Bautista, Así mismo NOTIFÍQUESE a dicha acusada por intermedio de los edictos de ley;  de igual modo  conforme a lo solicitado por la defensa técnica de la acusada resulta amparable,  lo solicitado a fin de no restringir el derecho de defensa reconocido constitucionalmente a favor de los justiciables siendo así ;esta judicatura  dispone:  REPROGRAMAR la audiencia para el día martes 25 de marzo del 2014 a las 11:00 de la mañana en esta misma sala de audiencias quedando notificado los sujetos procesales presentes, bajo apercibimiento a la acusada de ser declarada reo contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y reservarse el proceso hasta que sea habida de conformidad con los artículos 355° y 367° del Código Procesal Penal notifíquese a la acusada en la dirección indicada precedentemente así mismo por intermedio de los edictos de ley, exhortando a las partes coadyuvar con la localización y comparecencia de los órganos prueba ofrecidos en la presente audiencia.
Iquitos, 04 de Marzo del 2014
V-3(06,07 y 10)

TERCER  JUZGADO UNIPERSONAL PENAL DE MAYNAS