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Iquitos

JUZGADO TRANSITORIO

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JUZGADO TRANSITORIO ESPEC. EXTINCIÓN DOMINIO – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 00016-2021-0-1903-JR-ED-01
MATERIA: EXTINCION DE DOMINIO
JUEZ: GUILLEN VALLEJO EDGAR RAMON
ESPECIALISTA: VELA REYES CARMEN ROSA
MIN. PUBLICO: FISCALIA EXTINCION DE DOMINIO – LORETO
REQUERIDO: GARCIA DAVILA, OMER
Resolución Nro. 02°
Iquitos, 10 de Enero del año 2022.
AUTOS Y VISTOS: La subsanación de la demanda de Extinción de Dominio formulada por la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Loreto, con escrito presentado en fecha 07 de enero del 2022, con la demanda  recibida por el Juzgado el 06 de diciembre del 2021; y,
RESUELVE:  1.    Dar por subsanada la demanda, en consecuencia, ADMITIR A TRÁMITE la demanda de DECLARATORIA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO respecto del inmueble ubicado en Calle Primavera Mz. 02, Lote 6, Barrio Primavera, III etapa de la lotización de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Dantem del Marañón, parte integrante del Predio inscrito en la Matriz Partida Electrónica N°11029520 a nombre de Municipalidad Provincial de Dantem del Marañón.
2.    NOTIFÍQUESE al requerido Omer García Dávila, identificado con DNI N°45802947 domiciliado en Calle Primavera Mz. 02, Lote 6, Barrio Primavera, III etapa de la lotizaciónde la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Dantem del Marañón, a fin de que en el término de TREINTA DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente de la notificación que se le emplace con la demanda, anexos y la presente resolución, adjuntando todos los medios de prueba que considere pertinentes y permitan de sustento al Juez al momento de resolver, conforme a su derecho convenga, de conformidad con el artículo 20° del D. Leg. Nro. 1373. Para tal efecto, líbrese exhorto al Juzgado Mixto de Dantem del Marañón ubicado en la ciudad de San Lorenzo a efectos de que cumpla con notificar con la presente demanda al requerido. 3.    NOTIFÍQUESE a la Procuraduría Pública competente, con la demanda, anexos y autoadmisorio. 4.    SE DISPONE que a través del especialista Judicial de causa, se cumpla con la notificación de esta resolución en el Diario Judicial “La Región” en este distrito judicial de Loreto, por tres días consecutivos, sin perjuicio de su notificación en el panel de la sala de Audiencias del Juzgado, por el mismo plazo, y de la notificación en la página web del Poder Judicial, a través de la oficina de Imagen Institucional de esta sede judicial.
V-3(23, 24, 25)

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