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JUZGADO PENAL

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Por Disposición del Señor Juez, Jairo Salazar Angulo, Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Loreto – Nauta, mediante RESOLUCIÓN NUMERO QUINCE su fecha 13 de Noviembre del 2019, se ha dispuesto notificar VIA EDICTO PENAL A: DELGADO VASQUEZ, CARLOS OCTAVIO, la presente resolución para su conocimiento.
EDICTO PENAL
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00017-2018-0-1901-JR-PE-01
JUEZ: SALAZAR ANGULO JAIRO NEISER
ESPECIALISTA: REATEGUI DEL AGUILA MAYRA XIMENA
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS 
IMPUTADO: DELGADO VASQUEZ, CARLOS OCTAVIO
DELITO: PECULADO DOLOSO
AGRAVIADO: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LORETO NAUTA,
RESOLUCION NUMERO QUINCE
Nauta trece de noviembre Del dos mil diecinueve.
DADO CUENTA, siendo el estado de la presente causa, corresponde REPROGRAMAR audiencia de acusación para el día MARTES VEINTICUATRO DE MARZO DEL DOS MIL VEINTE a HORAS DOCE DEL MEDIO DIA (12.00PM), la misma que se llevara a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de investigación preparatoria de Loreto- Nauta, quedando vigente los apercibimientos decretados en la resolución número trece. NOTIFIQUESE conforme a ley y mediante edicto.
V-3(19,20 y 21)

EDICTO PENAL
Expediente: 00102-2018-81-1901-JR-PE-01, Especialista de Causa: Reátegui del Aguila Mayra Ximena, Por especial encargo del Juez del Juzgado Penal de Investigación Preparatoria – Nauta I, se NOTIFICA mediante EDICTO PENAL con el extracto de la RESOLUCION NUMERO UNO a los acusados: VÍCTOR HUGO REÁTEGUI VÁSQUEZ, RONY ROLANDO FASABI IRARICA, LITTA ISABEL FERNÁNDEZ PAREDES, RAFAEL DE LA CRUZ VÍLCHEZ, JORGE TOMAS SALES LAULATE, ALDO JOSÉ PEÑA RUIZ; cuyo tenor es el siguiente. Se dispone: 1)  CORRER TRASLADO del Requerimiento Mixto a las sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar; y 2.- DESIGNESE al defensor público Luis Enrique Maita Quispe para que asuma la defensa de los imputados  Víctor Hugo Reátegui Vásquez, Rony Rolando Fasabi Irarica, Litta Isabel Fernández Paredes, Rafael de la Cruz Vílchez, Jorge Tomas Sales Laulate, Aldo José Peña Ruiz, 3.-  SEÑALESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE REQUERIMIENTO MIXTO para el día JUEVES VEINTISEIS DE DE MARZO DEL DOS MIL VEINTE a horas NUEVE DE LA MAÑANA [09:00 a.m.], la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Loreto- Nauta, con la asistencia obligatoria del Representante del Ministerio Público y del abogado defensor; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del ministerio público de remitirse copias a su órgano de control, en caso de defensores particulares de subrogársele por un abogado de oficio, en caso del abogado de oficio de informársele a la Dirección Distrital de Defensa Publica de Loreto. NOTIFIQUESE conforme a ley y mediante edicto penal.
V-3(19,20 y 21)

EDICTO PENAL
Por Disposición del Señor Juez, Jairo Salazar Angulo, Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Loreto – Nauta, mediante RESOLUCIÓN NUMERO CINCO su fecha 12 de noviembre del 2019, se ha dispuesto notificar VIA EDICTO PENAL AL IMPUTADO: CHANCHARI MORENO, RICARDO Y A LA REPRESENTANTE LEGAL DEL MENOR AGRAVIADO DE INCIALES GCHS, – ORTENCIA SILVA YAICATE, la presente resolución. 
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00070-2017-0-1901-JR-PE-01
JUEZ: SALAZAR ANGULO JAIRO NEISER
ESPECIALISTA    : REATEGUI DEL AGUILA MAYRA XIMENA
IMPUTADO: CHANCHARI MORENO, RICARDO
DELITO: LESIONES GRAVES A MENOR DE EDAD
CHANCHARI MORENO, RICARDO
AGRAVIADO: G CH, S
RESOLUCION NUMERO CINCO
Nauta Doce de noviembre Del dos mil diecinueve.
DADO CUENTA, siendo el estado de la presente causa corresponde señalar fecha y hora de audiencia de control de acusación para el JUEVES DIECINUEVE DE MARZO DEL DOS MIL VEINTE a horas NUEVE DE LA MAÑANA (09.00 am), la misma que se llevara en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Loreto- Nauta, con la presencia del representante del Ministerio Publio, abogado de la defensa, y los demás sujetos procesales, quedando vigente los apremios decretados mediante resolución número cuatro. NOTIFIQUESE conforme a ley y mediante edicto.
V-3(19,20 y 21)

EDICTO PENAL
Por Disposición del Señor Juez, Jairo Salazar Angulo, Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Loreto – Nauta, mediante RESOLUCIÓN NUMERO CUATRO su fecha 12 de noviembre del 2019, se ha dispuesto notificar VIA EDICTO PENAL AL IMPUTADO: TARICUARIMA OJAICURO MANUEL, Y A LA AGRAVIADA: CLEMENTE AHUITE ROSA, la presente resolución y la RESOLUCIÓN NUMERO UNO su fecha 01 de Setiembre del 2017.
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00081-2017-0-1901-JR-PE-01
JUEZ: SALAZAR ANGULO JAIRO NEISER
ESPECIALISTA: REATEGUI DEL AGUILA MAYRA XIMENA
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA LORETO NAUTA,
IMPUTADO: TARICUARIMA OJAICURO, MANUEL
DELITO: HOMICIDIO SIMPLE
AGRAVIADO: CLEMENTE AHUITE, ROSA
RESOLUCION NUMERO CUATRO
Nauta doce de noviembre Del dos mil diecinueve.
DADO CUENTA, estando de la revisión de los autos, y siendo que no se ha notificado mediante edicto la resolución número uno, asi mismo no se ha llevado a cabo la audiencia señalada, en ese sentido SE DIPONE: 1) NOTIFICAR por EDICTO penal la resolución número uno de fecha uno de setiembre del dos mil diecisiete y la presente resolución. 2) SEÑALESE fecha y hora de audiencia de acusación para el JUEVES DIECINUEVE DE MARZO DEL DOS MIL VEINTE  a hora ONCE DE LA MAÑANA (11.00AM), la misma que se llevara a cabo en la sala de audiencia de juzgado de investigación preparatoria de Loreto- Nauta, con la presencia del representante del Ministerio Publico, abogado de la defensa y demás sujetos procesales, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia del Ministerio Publico de remitirse copias a su órgano de control, en caso de defensor público de informársele a su órgano de control. NOTIFIQUESE. RESOLUCIÓN NUMERO UNO. Nauta uno de setiembre Del dos mil diecisiete. ESTANDO al escrito presentado por Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto Nauta, téngase presente y agréguese a los autos y a lo solicitado; teniendo el cuaderno de acusación; Y CONSIDERANDO: PRIMERO: El representante del Ministerio Público ha remitido al órgano jurisdiccional su requerimiento de acusación, por lo que, conforme al artículo 350º del Código Procesal Penal corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo perentorio de 10 días útiles, para que, de ser el caso, puedan por escrito: a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio, g) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, h) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. SEGUNDO: El plazo de absolución de DIEZ días, se computara –sin excusa alguna- a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del  acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que, por ésta vez, se le notificara al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado que lo represente en la audiencia preliminar. Por éstas consideraciones, SE RESUELVE: CORRASE TRASLADO de la acusación fiscal a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS UTILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar de control de acusación. Interviniendo en el presente proceso el señor Juez encargado por Licencia del Juez Titular y la Especialista Judicial de Causa que da cuenta por Disposición Superior. NOTIFIQUESE
V-3(19,20 y 21)

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