EDICTO PENAL
En el Cuaderno Nº 447-2017-99, sobre Requerimiento de Acusación, en la investigación seguida contra GERBER ROMEO TORRES BARDALES y OTRO, como presunto AUTOR del delito contra el Patrimonio en la modalidad de HURTO AGRAVADO; se dispuso NOTIFICAR POR EDICTO al procesado GERNER ROMEO TORRES BARDALES, la parte pertinente de la Resolución número DOS, cuya redacción es la siguiente: “RESOLUCIÓN NUMERO DOS. Iquitos, veintinueve de agosto del 2018. AUTOS: Habiéndose cumplido con lo ordenado por resolución número uno de autos, se procede a dar cuenta con el Requerimiento de Acusación Fiscal presentado. Y CONSIDERANDO: Por estas consideraciones, SE RESUELVE: 1. CORRASE TRASLADO de la acusación fiscal a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS UTILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar; 2. PROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día SIETE DE NOVOEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 a.m.), hora exacta, para la realización de la audiencia en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria, ubicado en el Segundo Piso del edificio anexo de esta Sede de Corte sito en la Avenida Grau N° 720-Iquitos, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado de los acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de éste último de poner en conocimiento de la Dirección Distrital de Defensa Pública; y, para el primero de los nombrados de poner en conocimiento a su Fiscal Superior Coordinador de Fiscales Provinciales. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada, a efectos de posibilitar la incoación de un criterio de oportunidad, de ser el caso. Suscribe el Especialista de Judicial de Juzgado en amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) del artículo 268° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE.
V-3(26,29 y 30)
Instr. N° 2586-2003.
Sec. I. Rodríguez R.
EDICTO PENAL
Por disposición del señor Juez, por intermedio del presente, se NOTIFICA a los procesados ELMIDA ROSARIO RUIZ GONZALES y CLEOPATRA VALDEZ DEL AGUILA, la Resolución N° 669, del 10 de octubre del 2018, mediante la cual se pone de manifiesto el dictamen fiscal, y se corrige nombres de procesados; recaída en la Instrucción N° 2586-2003, que se les sigue juntamente con otros, por delito de peculado y otros, en agravio del Estado- GOREL-Loreto; cuyo tenor literal es como sigue: RESOLUCIÓN NUMERO SEISCIENTOS SETENTIUNO. Iquitos, veinticuatro de octubre del dos mil dieciocho. Dado cuenta; para proveer lo que corresponda; y estando a lo expuesto en las Razones de Dicho emitido por los notificadores Rider Alonso Dávila Piña y Antonio Gonzales Arbildo, refiriendo que no logró ubicar la dirección que se indica en la cédula de notificación, y los moradores de la zona no conocen a los procesados; en consecuencia, para los fines de no perjudicar y por ende no recortar su derecho a la defensa, consagrada en la Constitución Política del Perú: NOTIFÍQUESE vía edicto penal por intermedio del Diario Oficial “La Región” a los procesados ELMIDA ROSARIO RUIZ GONZALES y CLEOPATRA VALDEZ DEL AGUILA, la Resolución número seiscientos sesentinueve, su fecha diez de octubre del dos mil dieciocho, mediante la cual se pone de manifiesto el dictamen fiscal, y se corrige nombres de procesados; y fecho dese cuenta con las publicaciones respectivas, bajo responsabilidad funcional. SUSCRIBIENDO la presente el señor Secretario al amparo de lo previsto por la Directiva N° 007-2012-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 270-2012-CE-PJ hágase saber; con citación.- Fdo. Dr. Carlos Huari Mendoza- Juez.- Irza N. Rodríguez Rodríguez- Secretaria.
Lo que notifico a Ud. conforme a ley.
Iquitos, 24 de octubre del 2018.
V-3(26,29 y 30)
Instr. N° 1330-2008.
Sec. I. Rodríguez R.
EDICTO PENAL
Por disposición del señor Juez, por intermedio del presente, se NOTIFICA al procesado MAX NERY GONZALES URAPARI, la resolución de pone de manifiesto; recaída en la Instrucción N° 1330-2008, que se le sigue, por delito de violación de la libertad sexual, en agravio de la menor de iniciales A.M.LP; cuyo tenor literal es como sigue: RESOLUCION NUMERO TREINTIUNO.- Iquitos, veinticuatro de octubre del dos mil dieciocho.- Dado cuenta, con el dictamen fiscal que antecede, agréguese y téngase presente, y ATENDIENDO a que, con dicha pieza fiscal el representante del Ministerio Público emite su dictamen final en el presente proceso, mediante el cual se ratifica en todo los extremos del Dictamen Penal (final) N° 391-2016-1°FPPC-MAYNAS, de fecha dieciséis de junio del dos mil dieciséis, de fojas ciento noventiséis a ciento noventisiete; por lo tanto, y prosiguiendo el trámite dentro de un debido proceso, en aplicación del artículo doscientos cuatro del Código de Procedimientos Penales, modificado por el Decreto Legislativo número doce cero seis: TENGASE por concluida la instrucción, por lo consiguiente, PÓNGASE este proceso a disposición de las partes, por el término de TRES DÍAS, y vencido ese lapso ELÉVESE a la Sala Penal Liquidadora de Loreto, con la debida nota de atención; hágase saber al encausado MAX NERY GONZALES URAPARI, a quien también se le deberá notificar vía Edicto Penal, por intermedio del Diario oficial “La Región“, cuyas publicaciones deberán ser insertadas en el expediente; por otra parte, y siendo que, por Resolución número treinta, su fecha nueve de agosto del dos mil dieciocho, de fojas doscientos cincuentidós, se ha declarado reo ausente al referido encausado, empero, por omisión involuntaria no se le ha designado su defensor; por lo tanto, y a fin de no perjudicarlo o dejarlo en indefensión: NOMBRESE como su abogado defensor de ausente, al abogado público: JAVIER EDMUNDO MOYA IBAÑEZ, quien en el día deberá prestar el juramento de ley, levantándose el acta respectiva, asimismo, las notificaciones posteriores se deberán realizar en su Casilla Electrónica número diecinueve cinco cincuentinueve.-SINOE-Poder Judicial, con citación. – Dándose intervención al secretario que autoriza, por vacaciones de la titular. – Fdo. Dr. Carlos Huari Mendoza- Juez.- Benito Padilla Arpita- Secretario. Lo que notifico a Ud. conforme a ley.
Iquitos, 24 de octubre del 2018.
V-3(26,29 y 30)





