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Iquitos
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JUZGADO PENAL

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EDICTO
Expediente N° 576-2016-22
Especialista Judicial de Audiencias: Daniela Villacorta Barbarán
Por disposición Superior del Juez del TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MAYNAS, NOTIFICA Y SE CITA A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL a: JAMES JANSEN SABOYA GRANDEZ, en calidad de acusado, debiendo concurrir a la Sala de Audiencia del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Maynas, para la Audiencia de JUICIO ORAL para el día  DIECISEIS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS OCHO DE LA MAÑANA. Al haberse dispuesto en el Expediente N° 576-2016-22-1903-JR-PE- 03, seguido en su contra por la presunta comisión de delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR,  en agravio de LOS MENORES DE INICIALES C.S.S.A. y J.S.S representado por su progenitora SADITH ALVARADO MARTINEZ , bajo apercibimiento de declararse REO CONTUMAZ, en caso de asistir a la audiencia programada por este juzgado.
Iquitos, 03 de Junio del 2016.
V-3(08,09 y 10)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA – Nauta I
EXPEDIENTE: 00083-2013-75-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: ESPINOZA FLORES PATRICIA ALEJANDRINA
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE LORETO – NAUTA
NOTIFICAR     A:
IMPUTADO: TAPULLIMA AHUITE, EVELIN
TAPULLIMA AHUITE, EDINSON
TAPULLIMA AHUITE, JAIME
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MAYOR DE 10 Y MENOR DE 14 AÑOS DE EDAD)
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES N.B.T. (12)
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Nauta, veintiséis de mayo del año dos mil dieciséis.-
AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta con la razón indicada por el Especialista cursor; y estando al Requerimiento Fiscal de Sobreseimiento, y proveyendo conforme a su estado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 345º del Código Procesal Penal: CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que en forma escrita y fundamentada, bajo sanción de inadmisibilidad, puedan formular oposición y/o solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que consideren procedentes según lo establecido en el artículo 345° inciso 2) del Código Procesal Penal; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de Control de Sobreseimiento. Interviniendo el Especialista Judicial de Audiencia que da cuenta por Disposición Superior. NOTIFÍQUESE.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 00945-2012-0-1903-JR-PE-02
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA    : PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza a los procesados ALBERTO SANCHEZ SALAZAR, CHRISTIAN JAMPIERRE ZUÑIGA GOMEZ, LEANDRO FRANCISCO CHUFANDAMA REATEGUI, MOISES DIAZ FIÑIPE, GAMANIEL PIZANGO FASABI, MANUEL GUIMARAES QUIO, JAIME MIGUEL TEJADA PEÑA, PEDRO FLORES RUIZ, RAUL MARTIN ARBITRO COLLAZOS, URIAS RIOS MORI, AGUSTIN LANCHA TAMANI, LIVIA ALLNE RIOS DEL AGUILA, JHOSTON LUIS VILLACORTA GOMEZ, MAGER VICTOR SOLANO ARANDA y CESAR VALDIVIA ARO, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Notificándose.-
Iquitos, 20 de Mayo de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 03118-2009-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza a los procesados JOSE SIMON PASQUEL ANGULO, EDILBERTO BOULANGER ARANCIVIA y JUAN MIGUEL RUIZ HORNA, SEÑALAR FECHA PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Notificándose.-
Iquitos, 20 de Mayo de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 03603-2010-0-1903-JR-PE-03
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado HEVER YAICATE MANIHUARI, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Notificándose.-
Iquitos, 20 de Mayo de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 00441-2011-0-1903-JR-PE-06
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado FREDDY MORI MENDOZA, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día LUNES TREINTA DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE Y QUINCE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Al mismo tiempo se procede a notificar por edicto a nivel Nacional y local. Notificándose.-
Iquitos, 20 de Mayo de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 00932-2012-0-1903-JR-PE-02
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza a los procesados ROY MICHAEL JARA PINEDO, BENITO MOZOMBITE MURAYARI, PERCY PINTO BARREIRO y SONIA DEL PILAR ZUMBA BARREIRO, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS OCHO DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Al mismo tiempo se advierte de autos que se han devuelto las cedulas de notificación, por lo que el domicilio señalado por el acusado resulta ser un domicilio incierto y para validez de las notificaciones se procede a notificar por edicto a nivel Nacional y local. Notificándose.-
Iquitos, 20 de Mayo de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 03148-2010-0-1903-JR-PE-06
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado NIXON RODRIGUEZ RODRIGUEZ, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS OCHO Y QUINCE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Al mismo tiempo se procede a notificar por edicto a nivel Nacional y local. Notificándose.-
Iquitos, 20 de Mayo de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 01324-2008-0-1903-JR-PE-06
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado JHONY LIVI ROMAYNA ARTEAGA, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ Y QUINCE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Notificándose.-
Iquitos, 20 de Mayo de 2016.
V-3(08,09 y 10)
1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 00008-2010-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza a los procesados PEDRO HIDALGO LOZANO y ELMER ALBERTO DEL AGUILA URQUIA, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE Y QUINCE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Notificándose.-
Iquitos, 20 de Mayo de 2016.
V-3(08,09 y 10)

EXPEDIENTE: 02388-2011-0-1903-JR-PE-06
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL.
El Primer Juzgado Penal Liquidador de Maynas, pone a conocimiento de las partes DANNY GABRIEL CHOTA MANIHUARI y ALEJANDRO TORREJÓN TARICUARIMA: LA RESOLUCUION NUMERO DIEZ  Iquitos, diez de abril del dos mil quince Dado cuenta a la fecha, por devuelto el presente expediente por el representante del Ministerio Público y Dictamen N° 116-2015 que antecede, agréguese y téngase presente; en aplicación del artículo quinto del decreto legislativo ciento veinticuatro: PONGASE A DISPOSICIÓN DE LAS PARTES POR EL TÉRMINO DE DIEZ DIAS a fin que los abogados defensores formulen sus alegatos de defensa; fecho, a despacho para sentenciar. Interviniendo secretaria judicial que da cuenta por disposición superior.
Iquitos, 11 de mayo de 2011
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 03267-2011-0-1903-JR-PE-03
DELITO: HURTO AGRAVADO.
AGRAVIADO: EMPRESA SERGEPIN SAC FABIO ANTONIO CHONG VILLACORTA REPRESENTANTE,
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador de Maynas pone a conocimiento del imputado SAMUEL LOPEZ MOZOMBITE la resolución siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS.- Iquitos, diecinueve de agosto de dos mil catorce.- Dado cuenta los autos devuelto por la señora Representante del Ministerio Público con el Dictamen respectivo, agréguese a los autos y téngase presente, y en aplicación del artículo quinto del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro PONGASE A DISPOSICIÓN DE LAS PARTES POR EL TERMINO DE DIEZ DIAS, a fin que por intermedio de sus abogados defensores, formulen sus alegatos de ley, y vencido el termino, PONGASE los autos en despacho para que la señora Juez emita la resolución correspondiente. Hágase saber.
Iquitos, 20 de mayo de 2016
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 02395-2011-0-1903-JR-PE-06
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza a los procesados WALTER DEL AGUILA AHUANARI y MANUEL ARNALDO AHUANARI SIAS, PARA LA DILIGENCIA DE LECTURA DE SENTENCIA, para el día VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A LAS OCHO Y CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura, sin perjuicio de ello remítanse los edictos en el diario local la Región. Notificándose.-
Iquitos, 30 de mayo de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 02936-2011-0-1903-JR-PE-02
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS, notifica por el presente la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS  Iquitos,   dieciséis  de setiembre  del dos mil trece DADO CUENTA, con el dictamen penal acusatorio N° 1836-2013 remitido por el Ministerio Público AGRÉGUESE a los autos  y de conformidad con el  artículo 5° del Decreto Legislativo 124° PONGASE  los autos de manifiesto en la Secretaría del Juzgado por el termino de diez días  termino en el cual las partes pueden formular sus alegatos de defensa y/o informar oralmente ante el señor Juez y fecho PÓNGASE los autos en el despacho del señor Juez a fin de que emita sentencia.
Iquitos, 10 de mayo de 2016
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 01726-2012-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado BILL JESUS PEZO DIAZ, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ Y CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Al mismo tiempo se procede a notificar por edicto a nivel Nacional y local. Notificándose.-
Iquitos, 02 de Junio de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 00468-2009-0-1903-JR-PE-06
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza a los procesados LEONARDO CACHIQUE ISUIZA y CRISTOBAL NOE IMUNDA GUTIERREZ, PARA LA DILIGENCIA DE LECTURA DE SENTENCIA, para el día VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura, sin perjuicio de ello remítanse los edictos en el diario local la Región. Notificándose.-
Iquitos, 02 de Junio de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 00577-2011-0-1903-JR-PE-03
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado ORLANDO ORTELANO YAHUARCANI, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS TRES Y QUINCE DE LA TARDE, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Al mismo tiempo se procede a notificar por edicto a nivel Nacional y local. Notificándose.-
Iquitos, 02 de Junio de 2016.
V-3(08,09 y 10)
1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 01959-2012-0-1903-JR-PE-03
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado ORLANDO ORTELANO YAHUARCANI, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Al mismo tiempo se procede a notificar por edicto a nivel Nacional y local. Notificándose.-
Iquitos, 02 de Junio de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 01116-2012-0-1903-JR-PE-03
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
IMPUTADO: PEREZ MAYTAHUARI, CLEVER
DELITO: HURTO AGRAVADO.
PEREZ MATOS, PAUL RENZO
DELITO: HURTO AGRAVADO.
AGRAVIADO: NOBLECILA POPOVIC, RENZO ANTHONI
EDICTO PENAL
Por el presente, se pone a conocimiento del acusado PAUL RENZO PEREZ MATOS Y EDER CLEDER PAREDES MAYTAHUARI y agraviado RENZO ANTHONY NOBLECILLA POPOVIC LA RESOLUCIÓN SIGUIENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS. Iquitos, veinte de mayo del dos mil dieciséis.- Dado cuenta; con el dictamen fiscal acusatorio que antecede, agréguese y téngase presente, y en aplicación del artículo 5° del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro1: PÓNGASE DE MANIFIESTO LOS AUTOS, POR EL TÉRMINO DE CINCO DÍAS A DISPOSICIÓN DE LAS PARTES, EN LA SECRETARIA DE JUZGADO, PARA LOS ALEGATOS DE LEY; y vencido ese lapso CUMPLA el secretario cursor en poner en despacho, para expedir la resolución que corresponda, debiendo el encargado de notificaciones, notificar la presente resolución junto con el dictamen acusatorio y pegar los cargos de notificación, bajo apercibimiento de ponerse a conocimiento de la ODECMA en caso de incumplimiento.- Notifíquese la presente por vía regular y por edicto de ley; avocándose a conocimiento del presente proceso la señora juez que suscribe por disposición superior.
Iquitos, 20 de mayo de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 00868-2010-0-1903-JR-PE-05
EDICTO PENAL
Por la presente se pone a conocimiento del acusado PEÑA MARTINEZ, JUAN RAUL, y ´PARTE AGRAVIADA MENOR DE INICIALES CNGA LA RESOLUCIÓN: RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIOCHO. Iquitos, veinte de mayo del dos mil dieciséis. Dado cuenta; con el dictamen fiscal acusatorio que antecede, agréguese y téngase presente, y en aplicación del artículo 5° del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro2: PÓNGASE DE MANIFIESTO LOS AUTOS, POR EL TÉRMINO DE CINCO DÍAS A DISPOSICIÓN DE LAS PARTES, EN LA SECRETARIA DE JUZGADO, PARA LOS ALEGATOS DE LEY; y vencido ese lapso CUMPLA el secretario cursor en poner en despacho, para expedir la resolución que corresponda, debiendo el encargado de notificaciones, notificar la presente resolución junto con el dictamen acusatorio y pegar los cargos de notificación, bajo apercibimiento de ponerse a conocimiento de la ODECMA en caso de incumplimiento.- Notifíquese la presente por vía regular y por edicto de ley; avocándose a conocimiento del presente proceso la señora juez que suscribe por disposición superior.
Iquitos, 20 de mayo de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 02976-2011-0-1903-JR-PE-02
DELITO: EXHIBICIONES Y PUBLICACIONES OBSCENAS.
AGRAVIADO: LSVV,
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador de Maynas pone a conocimiento del imputado JOSE ARMAS GARCIA la resolución siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO OCHO Iquitos; veintitrés de  setiembre del dos mil trece DADO CUENTA,  Con  el oficio y dictamen penal acusatorio N° 1778-2013 remitido por el Ministerio Público AGRÉGUESE a  los autos  y de conformidad con el articulo 5° del Decreto Legislativo 124° PÓNGASE los autos de manifiesto en la Secretaría del Juzgado por el término de diez días, plazo común para que los abogados defensores presenten los informes escritos que correspondan o soliciten informe oral. Vencido dicho plazo no es admisible el pedido de informe oral; y fecho PÓNGASE los autos en mesa para sentenciar.
Iquitos, 20 de mayo de 2016
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 00867-2012-0-1903-JR-PE-01
EDICTO PENAL
Por el presente, se pone a conocimiento del acusado RENE MANUYAMA LAVI y agraviado PEDRO RUIZ MALDONADO LA RESOLUCIÓN SIGUIENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO. Iquitos, veinte de mayo del dos mil dieciséis.-
Dado cuenta; con el dictamen fiscal acusatorio que antecede, agréguese y téngase presente, y en aplicación del artículo 5° del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro3: PÓNGASE DE MANIFIESTO LOS AUTOS, POR EL TÉRMINO DE CINCO DÍAS A DISPOSICIÓN DE LAS PARTES, EN LA SECRETARIA DE JUZGADO, PARA LOS ALEGATOS DE LEY; y vencido ese lapso CUMPLA el secretario cursor en poner en despacho, para expedir la resolución que corresponda, debiendo el encargado de notificaciones, notificar la presente resolución junto con el dictamen acusatorio y pegar los cargos de notificación, bajo apercibimiento de ponerse a conocimiento de la ODECMA en caso de incumplimiento.- Notifíquese la presente por vía regular y por edicto de ley; avocándose a conocimiento del presente proceso la señora juez que suscribe por disposición superior
Iquitos, 20 de mayo de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 02034-2009-0-1903-JR-PE-06.
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
IMPUTADO: FLORES DEL AGUILA, GILBERT
DELITO: VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL (TIPO BASE).
AGRAVIADO: J.E.N.A. ,
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador de Maynas pone a conocimiento de la agraviada de iniciales JENA la resolución siguiente: RESOLUCION NUMERO TRECE. Iquitos, trece de diciembre  Del dos mil diez.- Dado cuenta con el Informe Final que antecede, y siendo el estado del proceso; PONGASE a conocimiento de las partes por el término de tres días, para que cumplan con presentar sus informes o alegatos de ley; cumplida la misma REMITASE los autos al Superior Jerárquico.
Iquitos, 20 de mayo de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 00903-2009-0-1903-JR-PE-03
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado WERLINGER PACAYA GUELLE, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día LUNES VEINTE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Notificándose.-
Iquitos, 31 de Mayo de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 01703-2010-0-1903-JR-PE-06
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza a la procesada JOVANA ASPAJO GUERRA, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día LUNES VEINTE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Notificándose.-
Iquitos, 31 de Mayo de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 01968-2011-0-1903-JR-PE-03
EDICTO PENAL
EL PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS, pone a conocimiento de el inculpado MARRERO SAAVEDRA, GERMAN y menor agraviada de iniciales  R LL, M, el extracto de la resolución NUMERO DIECINUEVE (SENTENCIA) que RESUELVE.– 1.- ABSUELVE de la acusación fiscal al acusado GERMAN MARRERO SAAVEDRA como autor del delito Contra La Libertad Sexual – Violación Sexual. Previsto y sancionado en el primer y segundo párrafo inciso 2) del artículo 170° del Código Penal, en agravio de M.R.L. 2.-Consentida o ejecutoriada que sea esta sentencia: ARCHÍVESE definitivamente los actuados. HAGASE SABER. Avocándose al conocimiento del proceso la Juez que suscribe por Disposición Superior. 3.-Déjese sin efecto la resolución número dieciocho de fojas 250 en el extremo que señalo fecha para el acto de lectura de sentencia, y dispuso la concurrencia de las partes para dicho acto.-
Iquitos, 23 de mayo de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 02986-2007-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado JUAN DEL AGUILA ROLIN, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE Y CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Al mismo tiempo se advierte de autos que se han devuelto las cedulas de notificación, por lo que el domicilio señalado por el acusado resulta ser un domicilio incierto y para validez de las notificaciones se procede a notificar por edicto a nivel Nacional y local. Notificándose.-
Iquitos, 02 de Junio de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 02814-2008-0-1903-JR-PE-06
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado EDGAR DENIS VELA, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOCE DEL MEDIODÍA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Notificándose.-
Iquitos, 02 de Junio de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 01490-2012-0-1903-JR-PE-05
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado DARWIN ALBERTO PEREZ BARDALES, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS OCHO Y QUINCE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Al mismo tiempo se procede a notificar por edicto a nivel Nacional y local. Notificándose.-
Iquitos, 02 de Junio de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 03000-2007-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado JOSE CARLOS LUNA COSME, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Al mismo tiempo se procede a notificar por edicto a nivel Nacional y local. Notificándose.-
Iquitos, 02 de Junio de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 00063-2011-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza a los procesados LUIS REYNALDO ARMAS CASTILLO y GILDER VASQUEZ CAPINOA, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS TRES DE LA TARDE, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Al mismo tiempo se procede a notificar por edicto a nivel Nacional y local. Notificándose.-
Iquitos, 02 de Junio de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 00453-2011-0-1903-JR-PE-06
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA    : PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado DEMETRIO CALAMPA LOPEZ y TERESA DE JESUS MARIN MOHENA, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Al mismo tiempo se procede a notificar por edicto a nivel Nacional y local. Notificándose.-
Iquitos, 02 de Junio de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 01102-2002-0-1903-JR-PE-04
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado JULIO ATRAVERA CACHIQUE, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, fecha en la cual deberán asistir el acusado JULIO ATRAVERA CACHIQUE, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. Notificándose al referido acusado mediante edicto penal y estando a la RAZÓN DEL SECRETARIO CURSOR, REMÍTANSE copias certificadas de la omisión funcional realizada por la asistente judicial ZOILA ROSA REATEGUI MARIN por no haber notificado la resolución N° 43 de fecha 18-04-2016 de fojas 322. Notificándose.
Iquitos, 30 de mayo de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE    : 02329-2008-0-1903-JR-PE-01
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado JULIO ATRAVERA CACHIQUE, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, fecha en la cual deberán asistir el acusado JULIO ATRAVERA CACHIQUE, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. Notificándose al referido acusado mediante edicto penal y estando a la RAZÓN DEL SECRETARIO CURSOR, REMÍTANSE copias certificadas de la omisión funcional realizada por la asistente judicial ZOILA ROSA REATEGUI MARIN por no haber notificado la resolución N° 43 de fecha 18-04-2016 de fojas 322. Notificándose.
Iquitos, 30 de mayo de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 00449-2011-0-1903-JR-PE-06
EDICTO PENAL
Por la presente se pone a conocimiento del ACUSADO SAAVEDRA ACHO, MARIA LUISA, y PARTE AGRAVIADA VALLES TERAN, JOSE LUIS LA RESOLUCIÓN: RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE. Iquitos, uno de junio del dos mil dieciséis.- AUTOS Y VISTOS, dado cuenta; con el dictamen fiscal acusatorio que antecede, agréguese y téngase presente, y en aplicación del artículo 5° del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro4; SE RESUELVE.- PONER DE MANIFIESTO LOS AUTOS, POR EL TÉRMINO DE CINCO DÍAS A DISPOSICIÓN DE LAS PARTES, EN LA SECRETARIA DE JUZGADO, PARA LOS ALEGATOS DE LEY; y vencido ese lapso CUMPLA el secretario cursor en poner en despacho, para expedir la resolución que corresponda, debiendo el encargado de notificaciones, notificar la presente resolución junto con el dictamen acusatorio y pegar los cargos de notificación, bajo apercibimiento de ponerse a conocimiento de la ODECMA en caso de incumplimiento.- Notifíquese la presente por vía regular y por edicto de ley; avocándose a conocimiento del presente proceso la señora juez que suscribe por disposición superior.
Iquitos, 01 de junio de 2016.
V-3(08,09 y 10)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 02106-2009-0-1903-JR-PE-06
EDICTO PENAL.
Por disposición de la Señora Juez del Primer Juzgado Penal Liquidador de Maynas, se notifica a ROSA ANGELICA ALVARADO GREFFA madre de la menor agraviada EPRA, y el imputado RISTER WILDROIO NOA GREFFA las resoluciones siguientes: RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ. Iquitos, trece de julio  Del año  dos mil quince.- DADO CUENTA, que de autos se tiene que mediante resolución número nueve SE RESOLVIÓ AMPLIAR EL AUTO APERTORIO DE INSTRUCCIÓN a fin de comprender  a RISTER WILDORIO NOA GREFFA como presunto autor  del delito Contra la Libertad Sexual – Violación sexual de menor de edad agravada por el vinculo familiar ilícito penal previsto y sancionado en el PRIMER PÁRRAFO NUMERAL  2) Y ULTIMO PÁRRAFO DEL ARTICULO 173° DEL CÓDIGO PENAL en agravio de Menor de inciales EPRA, asi también se dispuso recibir la declaración de instructiva del procesado RISTER WILDORIO NOA GREFFA, sin embargo hasta la fecha dicha diligencia no se ha realizado, así mismo de la revisión del Sistema Integrado de Justicia del Poder Judicial se tiene que no se ha notificado la resolución numero nueve a la parte agraviada ni imputada, y conforme se tiene a lo resuelto en la resolución administrativa N° 310-2014-CE-PJ que resolvió en su articulo primero “…el proceso penal sumario puede concluir con una sentencia, …prescindiendo de la declaración del imputado, salvo que este lo solicite como medio de defensa.” y resolución administrativa N° 111-2003—CE-PJ, que en su Artículo 1° Inciso 11), señala que:  “Los Jueces y Vocales en los procesos ordinarios y sumarios no deben conceder plazos ampliatorios de la instrucción cuando se han ampliado los expresamente previstos en la ley procesal…”; por lo expuesto anteriormente y encontrándose a la fecha los plazos procesales, tanto el ordinario como el ampliatorio vencidos en exceso, SE DISPONE.- PRESCINDIR DE LA DECLARACIÓN DE INSTRUCTIVA DEL PROCESADO RISTER WILDORIO NOA GREFFA, salvo lo solicite como medio de defensa el mismo, en consecuencia REMÍTANSE LOS AUTOS A LA TERCERA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE MAYNAS A FIN QUE EMITA PRONUNCIAMIENTO DE LEY.- Avocándoos e a conocimiento de la presente causa la señora jueza que suscribe e interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior; llamándose severamente la atención a los anteriores secretarios judiciales MULLER DAIMLER PESO MENDOZA, RONALDO CARDENAS OVALLE, JOSE MIGUEL CHAVEZ MONTERO y MILTON MELÉNDEZ COBOS, por no haber tramitado en su debida oportunidad el presente expediente, debiendo en lo sucesivo poner en lo sucesivo mayor celo en el ejercicio de sus funciones.-NOTIFÍQUESE. RESOLUCION NUMERO ONCE Iquitos, treinta de octubre del dos mil quince.-  Dado cuenta con el dictamen penal emitido por el representante del Ministerio Público, y siendo el estado del proceso PÓNGASE LOS AUTOS A DESPACHO a fin de que emita el informe  de acuerdo a ley. Al Primer y segundo otrosí: Téngase presente. Hágase saber.   RESOLUCION NUMERO DOCE Iquitos, treinta de octubre del dos mil quince.- Dado cuenta con el Informe Final que antecede, y siendo el estado del proceso; PONGASE a conocimiento de las partes por el término de tres días, para que cumplan con presentar sus informes o alegatos de ley; cumplida la misma REMITASE los autos al Superior Jerárquico.  RESOLUCIÓN NÚMERO TRECE. Iquitos, veintiséis de mayo de dos mil dieciséis.- DADO CUENTA, con la razón que antecede y con el oficio 001-2015, remitido por el Teniente Gobernador de la Comunidad Libertad – Rio Mazan, comunicando que, ROSA ANGELICA ALVARADO GREFFA madre de la menor agraviada EPRA, y el imputado RISTER WILDROIO NOA GREFFA,  ya no domicilian  en su comunidad desde el año 2009, en consecuencia teniendo domicilio incierto PROCÉDASE A NOTIFICAR POR EDICTO DE LEY, la resolución N° 10, 11 y 12 y fecho REMÍTASE todo lo actuado a la Sala Penal Liquidadora de Loreto.- notifíquese.
Iquitos, 23 de mayo de 2016
V-3(08,09 y 10)

 

1 ARTÍCULO MODIFICADO POR EL DECRETO LEGISLATIVO N° 1206 PUBLICADO EL 23 DE SETIEMBRE DEL 2015. EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO.
2 ARTÍCULO MODIFICADO POR EL DECRETO LEGISLATIVO N° 1206 PUBLICADO EL 23 DE SETIEMBRE DEL 2015. EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO.
3 ARTÍCULO MODIFICADO POR EL DECRETO LEGISLATIVO N° 1206 PUBLICADO EL 23 DE SETIEMBRE DEL 2015. EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO.
4 ARTÍCULO MODIFICADO POR EL DECRETO LEGISLATIVO N° 1206 PUBLICADO EL 23 DE SETIEMBRE DEL 2015. EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO.
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