Exp. N° 02446-2015-51-PE- “Cuaderno de Debates”
Especialista: Catalina Andrea Carvallo del Aguila
Primer Juzgado Penal Unipersonal – Sede Central
EDICTO
Por el presente, el PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL – SEDE CENTRAL, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 02446-2015-51-1903-JR-PE-04, se dispuso Notificar a la persona de OSWALDO CASTRO GUERRA, identificado con DNI N° 43497775, con el contenido de la resolución número UNO, de fecha 25-04-2016; mediante el cual se le cita a Juicio Oral en la presente causa, para el día MARTES SIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISÉIS, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, la misma que se realizará en la SALA DE AUDIENCIAS DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL, DEL MÓDULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO, ubicado en AV. GRAU N° 720 – SEGUNDO PISO – PLAZA 28 DE JULIO – DISTRITO DE IQUITOS; proceso seguido en su contra por el DELITO CONTRA LA FAMILIA – OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR – INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal; en agravio del menor de iniciales C.L.C.J., representado por su progenitora Meliza Karen Julian Duran; bajo apercibimiento de declararle REO CONTUMAZ, en caso de no asistir a la audiencia programada por este Juzgado. Así firma el Señor Magistrado, de lo que como especialista de causa certifica. NOTIFÍQUESE Y HÁGASE SABER.
Iquitos, 25 de abril de 2016.
V-3(30,31 y 01)
Instr. N° 3667-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO PENAL
Por disposición del señor Juez, Se CITA, LLAMA y EMPLAZA al acusado JAIRO PEREZ TORRES, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día MARTES TREINTA Y UNO DE MAYO DEL AÑO 2016 a hora DIEZ DE LA MAÑANA; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 03667-2011, que se le sigue, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de PEREZ NORIEGA ZENAYDA ISABEL
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 26 de Mayo del 2016.
V-3(30,31 y 01)
Instr. N° 2619-2011.
Sec. P. Dávila C.
EDICTO PENAL
Por disposición del señor Juez, por intermedio del presente, se NOTIFICA al acusado TONI LAULATE CANAYO, para que dentro del plazo de CINCO DIAS se presente al local del Juzgado, sito en calle Brasil sétima cuadra, esquina con Fanning-Iquitos, para que rinda su declaración instructiva, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 2619-2011, que se le sigue, por delito de tráfico ilícito de drogas- micro comercialización, en agravio del Estado.- Asimismo se notifica a las partes, la resolución que pone de manifiesto, cuyo tenor literal escomo sigue: RESOLUCION NUMERO DOCE. Iquitos, veinticinco de mayo del dos mil dieciséis.- Dado cuenta; con el dictamen fiscal que antecede, agréguese y téngase presente, y en aplicación del artículo quinto del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro: PÓNGASE de manifiesto por el término de diez días a disposición de las partes, para los alegatos de ley; y vencido ese lapso RESERVESE poner en Despacho para expedir la sentencia de ley, hasta que sea habido el acusado TONI LAULATE CANAYO, a quien dicho de paso, a fin de no dejarlo en indefensión consagrada en la Constitución Política del Perú, se le otorga CINCO DIAS para que se presente ante el Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, sito en calle Brasil sétima cuadra, esquina con Fanning-Iquitos, para que rinda su declaración instructiva, recordándosele que se encuentra bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, en caso de inconcurrencia; disponiéndose que sean emplazados en el Diario Oficial “La Región”; hágase saber al agraviado EL ESTADO; así también para asegurar la notificación, se dispone que la presente resolución se notifique a las partes, por vía edicto; hágase saber, con citación. – Fdo. Nerio Lazo Quevedo- Juez.- Pedro Dávila del Castillo- Secretario.
Lo que notifico a Uds. Conforme a ley.
Iquitos, 18 de abril del 2016
V-3(30,31 y 01)
Instr. N° 2767-2011.
Sec. P. Dávila C.
EDICTO PENAL
Por disposición del señor Juez, por intermedio del presente, se NOTIFICA al acusado FREDDY LUIS DAHUA PRADA, para que dentro del plazo de CINCO DIAS se presente al local del Juzgado, sito en calle Brasil sétima cuadra, esquina con Fanning-Iquitos, para que rinda la continuación de su declaración instructiva, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 2767-2011, que se le sigue, por delito de tráfico ilícito de drogas- micro comercialización, en agravio del Estado.- Asimismo se notifica a las partes, la resolución que pone de manifiesto, cuyo tenor literal escomo sigue: RESOLUCION NUMERO DIEZ. Iquitos, veinticinco de mayo del dos mil dieciséis.- Dado cuenta; con el dictamen fiscal que antecede y la ficha de RENIEC que acompaña, agréguese y téngase presente, y en aplicación del artículo quinto del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro: PÓNGASE de manifiesto por el término de diez días a disposición de las partes, para los alegatos de ley; y vencido ese lapso RESERVESE poner en Despacho para expedir la sentencia de ley, hasta que sea habido el acusado FREDDY LUIS DAHUA PRADA, a quien dicho de paso, a fin de no dejarlo en indefensión consagrada en la Constitución Política del Perú, se le otorga CINCO DIAS para que se presente ante el Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, sito en calle Brasil sétima cuadra, esquina con Fanning-Iquitos, para que rinda la continuación de su declaración instructiva, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, en caso de inconcurrencia; disponiéndose que sea emplazado en el Diario Oficial “La Región”; hágase saber al agraviado EL ESTADO; así también para asegurar la notificación, se dispone que la presente resolución se notifique a las partes, por vía edicto; hágase saber, con citación.. – Fdo. Nerio Lazo Quevedo- Juez.- Pedro Dávila del Castillo- Secretario.
Lo que notifico a Ud. conforme a ley.
Iquitos, 25 de mayo del 2016
V-3(30,31 y 01)






