EDICTO PENAL
Mediante acta de audiencia de fecha 11 de agosto del 2026, el señor Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Maynas, a dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, a la señora acusada LIZ KARINA FLORES GONZALES sobre la reprogramación de la audiencia para el día 29 DE OCTUBRE DEL 2026 A HORAS 08:50 AM, a fin de llevar a cabo el juicio oral en el Expediente N° 02977-2024-64-1903-JR-PE-01, seguido contra LIZ KARINA FLORES GONZALES, como AUTORA del delito contra EL PATRIMONIO, en la modalidad de FRAUDE INFORMATICO, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 8, modificado por la Ley N° 30171, en agravio de LUPE AREVALO DAVILA DE MACEDO, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Maynas, sito en el Tercer Piso de esta Sede de Corte, ubicado en Av. Grau N° 720-Iquitos, bajo el apremio de DECLARARSE REO CONTUMAZ al acusado en caso de inconcurrencia injustificada.
V-3(24,25 y 26)
EDICTO
4° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02441-2024-92-1903-JR-PE-04
NOTIFICA: GALVEZ MONDRAGON JUAN CARLOS, BRUNNER RUIZ MOORE LLENS, BUSTAMANTE MARQUEZ ORLANDO.
Resolución Nro. 02
Iquitos, 17 de julio de 2026. PROGRAMAR LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE REQUERIMIENTO MIXTO para el día 02 DE NOVIEMBRE DE 2026 A LAS 09:00 HORAS la que se llevara de forma presencial en la Sala de Audiencias del juzgado ubicado en Av. Mariscal Cáceres S/N, 2° Piso – Iquitos; y, de manera virtual al siguiente enlace: https://meet.google.com/qjr-ydhh-jcg
V-3(24,25 y 26)
EDICTO PENAL
Mediante acta de audiencia de fecha 11 de agosto del 2026, el señor Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Maynas, a dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al señor acusado JOSE LUIS BARRIENTOS PEREZ sobre la reprogramación de la audiencia para el día 29 DE OCTUBRE DEL 2026 A HORAS 09:10 AM, a fin de llevar a cabo el juicio oral en el Expediente N° 01346-2022-56-1903-JR-PE-02, seguido contra el acusado JOSE LUIS BARRIENTOS PEREZ, como presunto Autor del delito Contra EL PATRIMONIO en la modalidad de RECEPTACIÓN AGRAVADA, ilícito Penal previsto y penado por el artículo 194° (tipo base) con su agravante indicada en el numeral 1° del artículo 195° del Código Penal Vigente, en agravio de OLIVIA AIMANI MURAYARI y LINDER PAUL RENGIFO DIAZ, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Maynas, sito en el Tercer Piso de esta Sede de Corte, ubicado en Av. Grau N° 720-Iquitos, bajo el apremio de DECLARARSE REO CONTUMAZ al acusado en caso de inconcurrencia injustificada.
V-3(24,25 y 26)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00376-2025-8-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PENAL CORPORATVIA DE LORETO NAUTA ,
IMPUTADO: SILVANO TAMINCHE, FRANKC JHONATAN
DELITO: ROBO.
AGRAVIADO: MOZOMBITE VELA, JAIRO
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Nauta, treinta y uno de julio del año dos mil veintiséis.
DADO CUENTA; en la fecha los actuados del presente proceso, con requerimiento de acusación fiscal presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nauta, estando a su contenido; Y CONSIDERANDO: Primero. Que, en el proceso seguido contra FRANKC JHONATAN SILVANO TAMINCHE, como presunto autor del delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de JAIRO MOZOMBITE VELA. Segundo. Que, de conformidad con el artículo 350º del CPP corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo de 10 días hábiles, a efectos de que puedan presentar las observaciones al requerimiento de Acusación Fiscal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; siendo el plazo de absolución de 10 días, el cual se computará a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Tercero.- Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 351º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación fiscal, en consecuencia por las consideraciones expuestas, SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados; y 2. SEÑALESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día ONCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTISIETE, a horas ONCE DE LA MAÑANA [11:00 a.m], hora exacta, para la realización de la audiencia la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, y mediante GOOGLE MEET meet.google.com/gwu-zrgc-vcz, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido. Asimismo, notifíquese vía edicto penal. SUSCRIBE el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa de la señora Juez al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) y 24) del artículo 268° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE.
V-3(24,25 y 26)
EDICTO
EXP. N° 02053-2015-4-1903-JR-PE-02
IMPUTADO: JOSE MARIA HERREA CHUJUTALLY
DELITO: ROBO AGRAVADO
AGRAVIADO: LUIS ICOMENA TAMANI Y OTROS
Mediante Resolución 20 de fecha 20/08/2026 la señora Juez del Primer Juzgado Colegiado de Maynas; DISPONE se notifique a la parte agraviada LUIS ICOMENA TAMANI por edicto penal conforme a ley un extracto de la Resolución 18 (sentencia) a fin de que tome conocimiento lo resuelto en el presente proceso, Notificación que se realiza por edicto por el tiempo transcurrido sin poder notificar la sentencia por tener un domicilio difícil de ubicar al agraviado LUIS ICOMENA TAMANI; cuyo contenido es: RESOLUCIÓN NUMERO 18 de fecha 08/06/2026. VISTOS: FALLA POR UNANIMIDAD: APROBAR ACUERDO DE CONCLUSIÓN ANTICIPADA. CONDENAR A JOSE MARIA HERRERA CHUJUTALLI como autos del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA. IMPONER al sentenciado CINCO AÑOS DE P.ENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD, SUSPENDIDA POR PERIODO DE PRUEBA DE CUATRO AÑOS, condicionado al cumplimiento estricto de reglas de conducta. FIJAR Y APROBAR el monto de REPARACION CIVIL EN LA SUMA DE S/. 1500.00, con saldo pendiente de S/. 1000.00 que será cancelado en cinco cuotas. EXONERAR del pago de costas. CONSENTIDA Y/O EJECUTORIADA remítase los actuados al Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria para los fines de ejecución.
Iquitos, 21 de agosto del 2026
V-3(24,25 y 26)
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01694-2023-42-1903-JR-PE-01
JUEZ: VALDEZ MARROU ALEX ANTONIO
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
MINISTERIO PUBLICO: FEDVCMYIGF
IMPUTADO: RUIZ CHINGA, CHARLES LIMBER
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, INAVP 14
EDICTO
Por el presente, El señor Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, hace de conocimiento que en el expediente N° 01694-2023-42-1903-JR-PE-01, se dispuso notificar, llamar y emplazar al imputado CHARLES LIMBER RUIZ CHINGA, debiendo concurrir a la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el segundo piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos, a fin de llevar a cabo audiencia de CONTROL DE ACUSACION el día 03 de diciembre del 2026, a horas 09:00 am, y excepcionalmente de manera virtual a través del enlace: meet.google.com/jwf-ydcv-qim.
V-3(24,25 y 26)
EDICTO
EXP. N° 01876-2018-40-1903-JR-PE-01
IMPUTADO: KENNIN SHAWIT NANANTAI
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES V.N.C.
Mediante Resolución 17 de fecha 20/08/2026 la señora Juez del Primer Juzgado Colegiado de Maynas; DISPONE se notifique al acusado KENIN SHAWIT NANANTAI y a la parte agraviada menor de iniciales V.N.C. por edicto penal conforme a ley un extracto de la Resolución 15 (EXTINCION DE LA ACCION PENAL POR MUERTE DEL IMPUTADO) a fin de que tomen conocimiento lo resuelto en el presente proceso, Notificación que se realiza por edicto por el tiempo transcurrido sin poder notificar la sentencia a los sujetos procesales, por tener domicilios alejados de esta ciudad y de difícil acceso, y el transito fluvial no es continuo; cuyo contenido es: RESOLUCIÓN NUMERO 15 de fecha 18/03/2026. AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: 1) DECLARAR DE OFICIO: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIOÓN PENAL, por causa de muerte del que en vida fue el imputado KENNIN SHAWIT NANANTAI en el presente proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito contra LA LIBERTA SEXUAL en la modalidad de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD. 2) ARCHIVESE DEFINITIVAMENTE los actuados en el modo y forma de ley.
Iquitos, 21 de agosto del 2026
V-3(24,25 y 26)
EDICTO
EXP. N° 04270-2019-37-1903-JR-PE-04
IMPUTAD0: JORGE ALBERTO RUIZ REATEGUI
DELITO: ACTOS LIBIDINOSOS EN AGRAVIO DE MENORES
AGRAVIADO: MENOR DE INICILES J.J.T.R.
Mediante Resolución CINCO de fecha 20/8/2026, la señora Juez del Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Maynas, DISPONE se notifique mediante edicto penal y su publicación en el medio electrónico correspondiente a imputado JORGE ALBERTO RUIZ REATEGUI y agraviada de iniciales J.J.T.R un extracto de la parte resolutiva de la resolución 3 (RETIRO DE ACUSACION), a fin de que tomen conocimiento lo resuelto en el presente proceso, publicaciones que se realiza por motivo del tiempo transcurrido sin tener respuesta si el acusado y agraviado fueron válidamente notificados con la Res. 3 y por tener domicilio alejado de esta ciudad, de difícil acceso y sin tránsito fluvial constante, cuyo contenido es como sigue: RESOLUCION NUMERO TRES. Iquitos 30/04/2026- TENER POR RETIRADA LA ACUSACION formulada por el representante del Ministerio Público por la comisión del delito contra JORGE ALBERTO RUIZ REATEGUI como presunto autor del delito ACTOS LIBIDINOSOS EN AGRAVIO DE MENORES.- DECLARAR SOBRESEIMIENTO de la causa penal en favor de JORGE ALBERTO RUIZ REATEGUI.- ANULAR los antecedentes que se hubieran generado. SE ORDENA EL ARCHIVO DEFINITIVO. Sin costas.
Iquitos, 21 de agosto del 2026
V-3(24,25 y 26)
4° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02462-2026-0-1903-JR-PE-04
JUEZ: MODESTO DAVILA JULIO CESAR
ESPECIALISTA : MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
MINISTERIO PUBLICO : FISCALIA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
IMPUTADO: RAMIREZ SCHRADER, VIDEZ
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: VASQUEZ VALERA, KAREN LIANA
SE EMPLAZA RAMIREZ SCHRADER, VIDEZ Y VASQUEZ VALERA, KAREN LIANA
RESOLUCIÓN N.° 01
Iquitos, 10 de agosto del 2026.
DADO CUENTA: al requerimiento de acusación directa presentado por el representante del Ministerio Público, cumpliendo con las formalidades de la norma procesal penal. Al respecto, estando a lo establecido en el Artículo 336 del Código Procesal Penal, el señor Fiscal responsable del caso ha decidido formular directamente acusación por lo que en aplicación del Artículo 350 de la misma norma acotada, CORRER TRASLADO por el plazo de 10 DÍAS a todos los sujetos procesales a efectos de que puedan presentar lo pertinente. CITESE A LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE ACUSACIÓN DIRECTA para el día 20 DE NOVIEMBRE DEL 2026 A HORAS 04:00 DE LA TARDE la que se llevara de forma presencial en la Sala de Audiencias del juzgado ubicado en Av. Mariscal Cáceres S/N, 2° Piso – Iquitos; y, de manera virtual mediante el siguiente enlace: meet.google.com/pvq-xxec-csf.
V-3(24,25 y 26)
EDICTO PENAL
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03456-2023-12-1903-JR-PE-01
JUEZ: VALDEZ MARROU ALEX ANTONIO
IMPUTADO: AQUITUARI DAHUA, TEOFILO
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
AGRAVIADO: MENORES DE INICIALES, AMLP Y MCLP
RESOLUCION N°01- Iquitos 09 de junio del 2026. SE RESUELVE: 1. CORRASE TRASLADO del REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS UTILES, a efectos de que puedan presentar por escrito el medio de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar. 2.PROGRAMAR la AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO para el día TRECE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS A HORAS OCHO DE LA MAÑANA [08:00 a.m.], hora exacta, a realizarse a través del aplicativo Google Meet, mediante el enlace https://meet.google.com/kgv-gzfj-ive para lo cual se requiere la presencia obligatoria del representante del Ministerio Público, y la presencia obligatoria de los abogados defensores.
V-3(24,25 y 26)




