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JUZGADO PENAL

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1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02491-2024-33-1903-JR-PE-01
JUEZ: VALDEZ MARROU ALEX ANTONIO
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
MINISTERIO PUBLICO: 4TA FISCALIA PROVINCIAL PENAL,
IMPUTADO: ESPINOZA VILLANUEVA, CARLOS ADRIAN
DELITO: SUPLANTACIÓN DE IDENTIDAD
AGRAVIADO: ENTEL PERU SA,
SALDAÑA RAMIREZ, KATIA YESENIA
SE EMPLAZA A ESPINOZA VILLANUEVA, CARLOS ADRIAN
RESOLUCIÓN N° 01
Iquitos, 15 de junio del 2026.
Dado cuenta al escrito 634479-2026 que contiene el requerimiento de sobreseimiento presentado por el Ministerio Público: PROGRAMAR LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO para el día 13 DE JULIO DEL 2026 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA la que se llevara de forma presencial en la Sala de Audiencias del Juzgado ubicado en Av. Mariscal Cáceres S/N, 2° Piso, distrito de Iquitos; y, de manera virtual al siguiente enlace de conexión: meet.google.com/jcz-augw-wor.
V-3(17, 18 y 19)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00234-2024-88-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FPPCLN
IMPUTADO: MOZOMBITE CHOTA, HOMERO
DELITO: LESIONES GRAVES
AGRAVIADO: YOMONA ROMERO, HUGO
ACTA DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN
En la ciudad de Nauta, siendo las DOCE Y ONCE DE LA TARDE, DEL DÍA VEINTIDOS DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS; presente en la Sala de Audiencias y mediante el aplicativo Google Meet, a cargo de la señora magistrada KARLA GIANNINA TORRES QUINTANILLA – Juez del Juzgado de Paz Letrado en adición de Investigación Preparatoria de Nauta, asistido por la especialista de audiencia Abog. Anita Valeria Acho Arévalo, con la finalidad de llevar a cabo la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN, tramitado en el EXPEDIENTE N° 00234-2024-88-1901-JR-PE-01, en contra del imputado HOMERO MOZOMBITE CHOTA por la presunta comisión del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de LESIONES CULPOSAS POR UTILIZAR VEHICULO MOTORIZADO CON PRESENCIA DE ALCOHOL EN LA SANGRE EN PROPORCIÓN MAYOR DE 0.5 GRAMOS-LITRO EN EL CASO DE TRANSPORTE PARTICULAR E INOBSERVANCIA DE REGLAS DE TRANSITO, previsto y sancionado en el cuarto párrafo del artículo 124° del Código Penal, en agravio de HUGO YOMONA ROMERO. RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO. Nauta, veintidós de mayo del año dos mil veintiséis. VISTOS Y OIDOS: PARTE CONSIDERATIVA. Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: 1. DEVOLVER EL REQUERIMIENTO ACUSATORIO AL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO Y EN UN PLAZO DE CINCO DÍAS SUBSANAR LAS OMISIONES ADVERTIDAS Y NOTIFIQUESE A LAS PARTES PARA LOS FINES DE LEY. 2. REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA LUNES 31 DE AGOSTO DEL 2026, A HORAS 11:00 AM DE FORMA PRESENCIAL Y DE MANERA EXCEPCIONAL, VIRTUAL (meet.google.com/sdp-zkbv-sau), CON LOS MISMOS APERCIBIMIENTOS DECRETADOS EN AUTOS EN CASO DE INASISTENCIA INJUSTIFICADA. 3. NOTIFICAR A LAS PARTES CON LA PRESENTE RESOLUCIÓN EN SUS RESPECTIVAS CASILLAS Y DOMICILIOS REALES, ASÍ COMO POR EDICTO PENAL.
V-3(17, 18 y 19)

EDICTO PENAL
2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 00139-2024-1-1903-JR-PE-02
IMPUTADO: RIOS ALVARADO, JHON RICARDO
DELITO: VIOLACIÓN DE DOMICILIO
AGRAVIADO: SUNCION ARCE, LAURA EMMA
Acta de audiencia de fecha 09 de junio del 2026 (AUDIENCIA DE JUICIO ORAL) en el proceso N° 00139-2024-1-1903-JR-PE-02, seguido contra el acusado JHON RICARDO RIOS ALVARADO, por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN DE DOMICILIO previsto y sancionado por el artículo 159° del Código Penal en agravio LAURA EMMA SUNCION ARCE, mediante el cual se dispone REPROGRAMAR la presente audiencia de juicio oral para el día DIECISÉIS DE JULIO DE DOS MIL VEINTISÉIS, A HORAS DOS CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE, a fin de instalar el juicio oral, a efectos de recibir la instalar juicio oral contra el acusado JHON RICARDO RIOS ALVARADO, quien en la apertura de juicio oral no ha concurrido. Se informa que la audiencia se realizará de manera presencial y/o virtual, en la Sala de Audiencia del 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Maynas sito en Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Segundo Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos; manteniéndose el mismo enlace de google meet establecido en todo el juicio oral: meet.google.com/ong-nzkm-amg. NOTIFIQUESE al acusado JHON RICARDO RIOS ALVARADO mediante edicto electrónico y penal en el diario La Región por el término de tres días.
Iquitos 15 DE JUNIO DEL 2026
V-3(17, 18 y 19)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00013-2025-21-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FPPCLN,
IMPUTADO: PADILLA MARICAHUA, JULIO CESAR
DELITO: ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, VAGR
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Nauta, veintiuno de mayo del año dos mil veintiséis.
DADO CUENTA, en la fecha los actuados del presente proceso, con el Requerimiento de Sobreseimiento que antecede presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto Nauta, en la causa seguida contra JULIO CESAR PADILLA MARICAHUA, por la presunta comisión del delito de CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL – TOCAMIENTOS, ACTOS DE CONNOTACION SEXUAL O ACTOS LIBIDINOSOS, a su contenido; Y CONSIDERANDO: Primero: Que, de conformidad con el artículo 344° del Código Procesal Penal, dispuesta la conclusión de la investigación preparatoria, el Fiscal decidirá en el plazo de quince días, si formula acusación o si requiere el sobreseimiento de la causa. Segundo: Que, en el presente caso se tiene que, habiendo dado por concluida la investigación preparatoria, el Fiscal a cargo de la investigación ha decidido requerir al órgano jurisdiccional el sobreseimiento de la causa, por lo que en ese orden de cosas debe procederse de conformidad con el artículo 345° de la norma adjetiva penal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento. Tercero: Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 345º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de sobreseimiento, en consecuencia, por las consideraciones expuestas, se DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los sujetos procesales el REQUERIMIENTO FISCAL DE SOBRESEIMIENTO por el PLAZO DE DIEZ DÍAS. Verificado su cumplimiento dese cuenta para la prosecución de la secuela del proceso conforme a ley; y 2. CÍTESE para el día VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08:30 a.m.), para la realización de la audiencia de CONTROL DE SOBRESEIMIENTO la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal, en caso de inconcurrencia se pondrá de conocimiento del Órgano de Control, para los fines correspondientes, y se instalará con la presencia facultativa de las demás partes. Suscribe el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa de la señora Juez, al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil, concordante con el inciso 6 del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTFÍQUESE.
V-3(17, 18 y 19)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00361-2022-47-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FPCEE DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: VALIENTE FERREIRA, CHRISTIAN JAKER Y OTROS
DELITO: MALVERSACIÓN DE FONDOS.
AGRAVIADO: ESTADO PERUANO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE URARINAS,
RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ
Nauta, veintiuno de mayo del año dos mil veintiséis.
ESTANDO; en la fecha del presente proceso, con el escrito N°2167-2026, remitido por el Ministerio Público, mediante el cual presenta su requerimiento de acusación subsanado, siendo ello así, CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar su medio de defensa, y siendo el estado de la misma, se DISPONE: REPROGRAMAR la audiencia PRELIMINAR DE REQUERIMIENTO ACUSACIÓN para el día CATORCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISIETE A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11.30 AM), para la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617 – Nauta, y mediante GOOGLE MEET meet.google.com/zev-zxzn-yrp, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal; todo ello, para facilitar el desarrollo de la audiencia convocada. Asimismo, notifíquese vía edicto penal. SUSCRIBE el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa de la señora Juez al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) y 24) del artículo 268° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE.
V-3(17, 18 y 19)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00390-2025-53-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: RICOPA ALBARADO, JELY MARISOL
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: SANGAMA RICOPA, MIRYAN ZAFIRA
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Nauta, veintiuno de mayo del año dos mil veintiséis.
DADO CUENTA, en la fecha los actuados del presente proceso, con el Requerimiento de Sobreseimiento que antecede presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto Nauta, en la causa seguida contra JELY MARISOL RICOPA ALBARADO, por la presunta comisión del delito de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, a su contenido; Y CONSIDERANDO: Primero: Que, de conformidad con el artículo 344° del Código Procesal Penal, dispuesta la conclusión de la investigación preparatoria, el Fiscal decidirá en el plazo de quince días, si formula acusación o si requiere el sobreseimiento de la causa. Segundo: Que, en el presente caso se tiene que, habiendo dado por concluida la investigación preparatoria, el Fiscal a cargo de la investigación ha decidido requerir al órgano jurisdiccional el sobreseimiento de la causa, por lo que en ese orden de cosas debe procederse de conformidad con el artículo 345° de la norma adjetiva penal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento. Tercero: Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 345º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de sobreseimiento, en consecuencia, por las consideraciones expuestas, se DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los sujetos procesales el REQUERIMIENTO FISCAL DE SOBRESEIMIENTO por el PLAZO DE DIEZ DÍAS. Verificado su cumplimiento dese cuenta para la prosecución de la secuela del proceso conforme a ley; y 2. CÍTESE para el día VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 a.m.), para la realización de la audiencia de CONTROL DE SOBRESEIMIENTO la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617 – Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal, en caso de inconcurrencia se pondrá de conocimiento del Órgano de Control, para los fines correspondientes, y se instalará con la presencia facultativa de las demás partes. Suscribe el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa de la señora Juez, al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil, concordante con el inciso 6 del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTFÍQUESE.
V-3(17, 18 y 19)

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