EDICTO
Expediente: 1341-2023-61.
Por disposición superior del señor Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, cita llama y emplaza al acusado RIDER OLIMAR CURICO, para la audiencia de JUICIO INMEDIATO del día MARTES ONCE DE AGOSTO DEL 2026 A LAS 9:30 HORAS DE LA MAÑANA (11/08/2026 09.30 A.M), la audiencia virtual se desarrollará de manera presencial y excepcionalmente se llevará a cabo de forma virtual (enlace Google Meet: https://meet.google.com/ghb-rohp-pwt en el día y hora indicada; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 20 de abril de 2026
V-3(22, 24 y 26)
EDICTO
Expediente: 2652-2023-11.
Por disposición superior del señor Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, cita llama y emplaza al acusado ANGEL ROGELIO JURAFO MANIHUARI y a la parte agraviada MARIA TIRZA ÑEÑETOPE MATIAS; para la audiencia de JUICIO INMEDIATO del día MARTES ONCE DE AGOSTO DEL 2026 A LAS 9:00 HORAS DE LA MAÑANA (11/08/2026 09.00 A.M), la audiencia virtual se desarrollará de manera presencial y excepcionalmente se llevará a cabo de forma virtual (enlace Google Meet: https://meet.google.com/zxu-jrmc-vhz en el día y hora indicada; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 20 de abril de 2026
V-3(22, 23 y 24)
EDICTO
Expediente: 3883-2024-13.
Por disposición superior del señor Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, cita llama y emplaza al acusado GILBERTO HUANAQUIRI VELA, para la audiencia de JUICIO INMEDIATO del día MARTES ONCE DE AGOSTO DEL 2026 A LAS 10:00 HORAS DE LA MAÑANA (11/08/2026 10:00 A.M), la audiencia virtual se desarrollará de manera presencial y excepcionalmente se llevará a cabo de forma virtual (enlace Google Meet: https://meet.google.com/mwz-tyhj-riv en el día y hora indicada; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 20 de abril de 2026
V-3(22, 23 y 24)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00082-2026-0-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA,
REPRESENTANTE: GONZALES MURAYARI, KALY
IMPUTADO: MOZOMBITE ROMERO, JULIO ALFONSO
DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR
AGRAVIADO: MOZOMBITE GONZALES, JENIFER JIMENA
MOZOMBITE GONZALES, JULIO JOEL
MOZOMBITE GONZALES, THIAGO PAOLO
RESOLUCION NUMERO UNO
Nauta, catorce de abril Del año dos mil veintiséis.
En consecuencia, SE DISPONE: CITAR a AUDIENCIA DE INCOACION DEL PROCESO INMEDIATO, para el día LUNES VEINTIDOS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS OCHO Y QUINCE DE LA MAÑANA [08:15 a.m],la misma que se llevará a cabo de forma presencial en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta,, con la concurrencia obligatoria del Fiscal, del imputado, y de su abogado defensor, con la asistencia obligatoria del Representante del Ministerio Público; Bajo Apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, remitir copias de los principales actuados al órgano de control interno de su institución, a fin de que actúen conforme a sus atribuciones; sin perjuicio de oficiar al Fiscal Provincial Coordinador, poniendo en conocimiento su actuación y solicitar la separación del Fiscal de la Presente Investigación conforme a sus atribuciones; asimismo oficiar a la Presidencia de la Junta de Fiscales para los fines consiguientes. Al Defensor Público de remitir copias certificadas a la Dirección del Ministerio de Justicia y a los abogados particulares de ser subrogados por el abogado de Oficio asignado a esta Jurisdicción. NOTIFÍQUESE
V-3(22, 23 y 24)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00234-2022-43-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FPCEE DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO NAUTA
IMPUTADO: DIAZ RODRIGUEZ, GLORIOSO
BRAVO DEXTRE, ESTEBAN EDILBERTO
CHUJUTALLI GRANDEZ LEANDRO
DELITO: COLUSIÓN
PECULADO DOLOSO
AGRAVIADO: ESTADO PERUANO GOBIERNO REGIONAL DE LORETO
RESOLUCIÓN NÚMERO NUEVE
Nauta, veintisiete de noviembre Del año dos mil veinticinco.
DADO CUENTA; en la fecha los actuados del presente proceso, y estando al Acta de Audiencia de fecha 05 de noviembre del 2025 el cual no se ha llevado a cabo por las razones expuestas en el acta , siendo el estado del proceso REPROGRAMASE para el día la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día MIERCOLES NUEVE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09.00 A.M), la misma que se llevará de forma presencia en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal; BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal; todo ello, para facilitar el desarrollo de la audiencia convocada. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes. Y facultativa de llevar la audiencia de forma virtual con la conexión del aplicativo Google Meet .com/ qxh-agpz-jxs . Bajo responsabilidad de no conectarse debido a los cambios de clima (lluvia) y la red es baja en la zona. NOTIFIQUESE. Sin perjuicio de notificarse vía edicto.
V-3(22, 23 y 24)
EDICTO PENAL
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02328-2023-13-1903-JR-PE-01
JUEZ: VALDEZ MARROU ALEX ANTONIO
ESPECIALISTA: GIL SAAVEDRA KELLER FRED
MINISTERIO PUBLICO: 5 FPPCM,
IMPUTADO: BARRETO SERRANO, LUIS MARIO,
AREVALO PINEDO, JOSE MARTIN.
DELITO: OFENSA A LA MEMORIA DE LOS MUERTOS.
Resolución N° 12
Iquitos, 17 de abril del 2026, Dando Cuenta al estado actual del presente proceso y de la razón del especialista de causas, se provee lo siguiente: 1. REPROGRAMAR para el día DIECIOCHO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS a horas OCHO DE LA MAÑANA (08:00 a.m.), para la realización de la AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMENTO DE SOBRESEIMIENTO, la misma que se llevará a cabo mediante el aplicativo GOOGLE MEET https://meet.google.com/tma-ifeu-btt , y de forma presencial en el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la Av. Mariscal Caceres N° 580, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal.
V-3(22, 23 y 24)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00037-2024-7-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
IMPUTADO: YUYARIMA IÑAPI, SEVERIANO
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: ARIMUYA ESCOBAR, JENY ANELA
RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO
Nauta, veintiuno de abril del año dos mil veintiséis.
DADO CUENTA; en la fecha del presente proceso, y estando a la subsanación presentada por al fiscal a cargo del presente caso, se procede a CORRER TRASLADO la subsanación a los sujetos procesales por el plazo de 10 días; asimismo, estando al estado del presente proceso SE Dispone: REPROGRAMAR la audiencia PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION para el día CATORCE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS a horas DIEZ DE LA MAÑANA [10:00 am], para la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados, aunque no hayan concurrido. NOTIFÍQUESE.
V-3(22, 23 y 24)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00269-2025-73-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FPPCLN,
IMPUTADO: COBOS RAMIREZ, SAMUEL
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: LOPEZ SAJAMI, GINA LIZ
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Nauta, veintiséis de marzo del año dos mil veintiséis.
DADO CUENTA; en la fecha los actuados del presente proceso, con requerimiento de acusación fiscal presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nauta, estando a su contenido; Y CONSIDERANDO: Primero. Que, en el proceso seguido contra SAMUEL COBOS RAMIREZ como presunto autor del delito de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de GINA LIZ LOPEZ SAJAMI. Segundo. Que, de conformidad con el artículo 350º del CPP corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo de 10 días hábiles, a efectos de que puedan presentar las observaciones al requerimiento de Acusación Fiscal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; siendo el plazo de absolución de 10 días, el cual se computará a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Tercero. Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 351º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación fiscal, en consecuencia por las consideraciones expuestas, SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados; y 2. SEÑALESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día QUINCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS, a horas DOCE DEL MEDIO DIA [12:00 a.m], hora exacta, para la realización de la audiencia la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido. Asimismo, notifíquese vía edicto penal. SUSCRIBE el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa de la señora Juez al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) y 24) del artículo 268° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE.
V-3(22, 23 y 24)





