EDICTO
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01985-2025-41-1903-JR-PE-01
JUEZ: VALDEZ MARROU ALEX ANTONIO
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE TRATA DE PERSONAS,
IMPUTADO: CALLEGARI VARGAS, MARIO CLINTON
DELITO: FAVORECIMIENTO A LA PROSTITUCIÓN
: ROJAS SALAS, LIANA ABELINDA
: TOMASINI ROJAS, JUAN LUIS
AGRAVIADO: AGRAVIADA DE INICIALES, AMLO 18 Y OTROS
EMPLAZA A LAS AGRAVIADAS AGRAVIADA DE INICIALES: RSAP 20/ SHEFCH 23/ SIS 22/ LJHC36 RAMG 37
RESOLUCIÓN N.° 01
Iquitos, 14 de enero del 2026
Al requerimiento fiscal de acusación presentada por el representante del Ministerio Público; considerando que, la presente acusación cumple con los requisitos formales de ley, y conforme a lo previsto en el artículo 350 del Código Procesal Penal vigente, CORRER TRASLADO a todas las partes procesales por el plazo de 10 días hábiles a fin que procedan en conformidad con la anterior norma acotada; y, PROGRAMAR fecha de AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día 06 DE MARZO DEL 2026 A HORAS 03:00 DE LA TARDE la que se llevara de forma presencial en la Sala de Audiencias del juzgado ubicado en Av. Mariscal Cáceres S/N, 2° Piso – Iquitos; y, de manera virtual al siguiente enlace: meet.google.com/cic-mbrx-wyy; bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia injustificada del abogado defensor público de comunicar a la Dirección Distrital de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Loreto a fin que se tome las medidas correspondientes y se designe otro abofado defensor público, para la defensa privada de excluirlo de la defensa y designar abogado público como lo autoriza en el artículo 85 inciso 1º del CPP e imponerle la multa de 2 URP con conocimiento de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto y al Colegio de Abogado que pertenezca conforme al artículo 292 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial; y remitir copias al Oficina Desconcentrada de Control Interno de Loreto de la Autoridad Nacional de Control Interno del Ministerio Público en caso de inconcurrencia del Representante del Ministerio Público. Suscribe el especialista que firma por disposición superior. Notifíquese.
V-3(19,20 y 21)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00067-2025-48-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FPPCLN,
IMPUTADO: RODRIGUEZ MACUSI, SEGUNDO LADISLAO
DELITO: DAÑO AGRAVADO
JIPA MACUYAMA, MARCOS
DELITO: DAÑO AGRAVADO
AGRAVIADO: MINISTERIO DEL INTERIOR,
PETROLEOS DEL PERUPETROPERU SA,
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS
Nauta, seis de enero del año dos mil veintiséis.
DADO CUENTA, en la fecha los actuados del presente proceso, con el escrito N°5224-2025, remitido por el Ministerio Público, mediante el cual advierte que consigno domicilio procesal y abogado a los imputados, siendo ello así Téngase Presente, y estando pendiente con dar providencia el Requerimiento de Sobreseimiento que antecede presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto Nauta, en la causa seguida contra SEGUNDO LADISLAO RODRIGUEZ MACUSI y MARCOS JIPA MACUYAMA, por la presunta comisión del delito de CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA – DELITO CONTRA LOS MEDIOS DE TRANSPORTES Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS – ATENTADO CONTRA LA SEGURIDAD COMUN, a su contenido; Y CONSIDERANDO: Primero: Que, de conformidad con el artículo 344° del Código Procesal Penal, dispuesta la conclusión de la investigación preparatoria, el Fiscal decidirá en el plazo de quince días, si formula acusación o si requiere el sobreseimiento de la causa. Segundo: Que, en el presente caso se tiene que, habiendo dado por concluida la investigación preparatoria, el Fiscal a cargo de la investigación ha decidido requerir al órgano jurisdiccional el sobreseimiento de la causa, por lo que en ese orden de cosas debe procederse de conformidad con el artículo 345° de la norma adjetiva penal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento. Tercero: Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 345º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de sobreseimiento, en consecuencia, por las consideraciones expuestas, se DISPONE: 1.-CORRER TRASLADO a los sujetos procesales el REQUERIMIENTO FISCAL DE SOBRESEIMIENTO por el PLAZO DE DIEZ DÍAS. Verificado su cumplimiento dese cuenta para la prosecución de la secuela del proceso conforme a ley; y 2.-CÍTESE para el día VEINTITRES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS a horas ONCE DE LA MAÑANA (11:00 a.m.), para la realización de la audiencia de CONTROL DE SOBRESEIMIENTO la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal, en caso de inconcurrencia se pondrá de conocimiento del Órgano de Control, para los fines correspondientes, y se instalará con la presencia facultativa de las demás partes. NOTFÍQUESE.
V-3(19,20 y 21)
EDICTO
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01985-2025-41-1903-JR-PE-01
JUEZ: VALDEZ MARROU ALEX ANTONIO
ESPECIALISTA : MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
MINISTERIO PUBLICO : FISCALIA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE TRATA DE PERSONAS,
IMPUTADO: CALLEGARI VARGAS, MARIO CLINTON
DELITO: FAVORECIMIENTO A LA PROSTITUCIÓN
: ROJAS SALAS, LIANA ABELINDA
: TOMASINI ROJAS, JUAN LUIS
AGRAVIADO: AGRAVIADA DE INICIALES, AMLO 18 Y OTROS
EMPLAZA A LAS AGRAVIADAS AGRAVIADA DE INICIALES: RSAP 20/ SHEFCH 23/ SIS 22/ LJHC36 RAMG 37
RESOLUCIÓN N.° 01
Iquitos, 14 de enero del 2026
Al requerimiento fiscal de acusación presentada por el representante del Ministerio Público; considerando que, la presente acusación cumple con los requisitos formales de ley, y conforme a lo previsto en el artículo 350 del Código Procesal Penal vigente, CORRER TRASLADO a todas las partes procesales por el plazo de 10 días hábiles a fin que procedan en conformidad con la anterior norma acotada; y, PROGRAMAR fecha de AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día 06 DE MARZO DEL 2026 A HORAS 03:00 DE LA TARDE la que se llevara de forma presencial en la Sala de Audiencias del juzgado ubicado en Av. Mariscal Cáceres S/N, 2° Piso – Iquitos; y, de manera virtual al siguiente enlace: meet.google.com/cic-mbrx-wyy; bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia injustificada del abogado defensor público de comunicar a la Dirección Distrital de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Loreto a fin que se tome las medidas correspondientes y se designe otro abofado defensor público, para la defensa privada de excluirlo de la defensa y designar abogado público como lo autoriza en el artículo 85 inciso 1º del CPP e imponerle la multa de 2 URP con conocimiento de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto y al Colegio de Abogado que pertenezca conforme al artículo 292 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial; y remitir copias al Oficina Desconcentrada de Control Interno de Loreto de la Autoridad Nacional de Control Interno del Ministerio Público en caso de inconcurrencia del Representante del Ministerio Público. Suscribe el especialista que firma por disposición superior. Notifíquese.
V-3(19,20 y 21)
EDICTO PENAL
4° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02642-2022-89-1903-JR-PE-04
NOTIFICA: LOPEZ GUERRA ELBER JHON, LOPEZ GUERRA CLEVER, JIPA COQUINCHE EDIBRANDO y COQUINCHE AJON, VIRGILIA.
Resolución Nro. 03. Iquitos, 18 de noviembre del 2025. PROGRAMAR LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día 22 DE OCTUBRE DEL 2026 A LAS 11:00 HORAS la que se llevara de forma presencial en la Sala de Audiencias del juzgado ubicado en Av. Mariscal Cáceres S/N, 2° Piso – Iquitos; y, de manera virtual al siguiente enlace: https://meet.google.com/ofq-nhpg-stt
V-3(19,20 y 21)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00113-2023-16-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA : GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO : FPPC LORETO NAUTA ,
IMPUTADO: VALDEZ ROJAS, MAXIMO y OTROS
DELITO: LESIONES LEVES
AGRAVIADO: KASPAROVA MARCELA, MARCELA
KASPAR PAVEL, PAVEL
EL ESTADO MINISTERIO PUBLICO,
RAZÓN
Señora Magistrada le doy cuenta que, la presente audiencia se va diferir porque, por error involuntario se programó audiencia para el 16/09/2026, a las 10:00 am, y mediante revisión de la agenda judicial se puede advertir que existe un cruce de audiencia con otro expediente a la misma hora y el mismo día, y a fin de evitar dilaciones, se programara en fecha más próxima según agenda, el cual le informo para los fines que corresponda.
Nauta, 09 de enero de 2026
RESOLUCIÓN NÚMERO NUEVE
Nauta, nueve de enero del año dos mil veintiséis.
ESTANDO; a la razón del suscrito Téngase Presente, siendo ello así se procede a DIFERIR la audiencia DE REQUERIMIENTO MIXTO – ETAPA DE SOBRESEIMIENTO para el día VEINTITRES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS a horas OCHO DE LA MAÑANA [08:00 am], para la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal; bajo apercibimiento de hacerse efectivo la facultad que confiere el artículo 85° numerales 1), 2) y 3) del Código Procesal Penal, en caso de inasistencia del abogado defensor o del señor fiscal; sin perjuicio de ser sancionado disciplinariamente. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados, aunque no hayan concurrido. Asimismo, notificase la presente resolución a los imputados y a la agraviada vía edicto penal. SUSCRIBE el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa del señor Juez, al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil, concordante con el inciso 6 del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE.
V-3(19,20 y 21)
EDICTO
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 558-2024-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: ALEX ANTONIO VALDEZ MARROU
ESPECIALISTA: RENGIFO RINABY ZULLY
Por el presente, el Juez del 1° Juzgado de Investigación Preparatoria- Sede Central, hace de conocimiento que en el expediente signado con el Exp. N° 558-2024-0-1903-JR-PE-01, se dispuso Notificar a los imputados ANALIZ ALVIS TUANAMA y RODIS VELA PELAES La siguiente RESOLUCIÓN NÚMERO 05, Iquitos, 15 de enero del 2026, DADO CUENTA, el estado actual del presente cuaderno, y de estando a la razón de la especialista judicial de audiencia, téngase presente y conformidad con el conforme a los artículos 336° inciso 4) del Condigo procesal Penal: CITESE a audiencia preliminar de Control del Requerimiento Fiscal de Acusación Directa: para el día 22 DE JULIO DEL 2026 A HORAS 03.30 PM, lo que se realizara de forma presencial, en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria, en la sede de la Corte Superior de Justicia de Loreto, ubicado en la calle Mariscal Cáceres con Calle Moore, y excepcionalmente por enlace https://meet.google.com/fvj-ajud-sbp, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del primero comunicar al Fiscal Coordinador, y del último de excluirlo de la defensa y designar a un abogado de oficio como lo autoriza el artículo 85.1º del Código Procesal Penal, sin perjuicio de ser sancionado disciplinariamente, si fuera el caso defensor público, comunicar al Director de la Defensoría pública y, remitir copias al Órgano de Control Interno en caso de inconcurrencia del Representante del Ministerio Público. De igual manera, en caso de cese de patrocinio deberá comunicar al juzgado a los 2 días de notificado con la presente resolución judicial, Bajo apercibimiento de imponerse la multa de 2 URP conforme al artículo 292 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Notifíquese la por EDICTO PENAL a los sujetos procesales.
V-3(19,20 y 21)
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02096-2024-60-1903-JR-PE-01
JUEZ: VALDEZ MARROU ALEX ANTONIO
ESPECIALISTA: MOZOMBITE CATASHUNGA JENNIFER
En este acto, se procede a notificar vía edicto al imputado CARDENAS LAYANGO JOSIAS y a la agraviada SANCHEZ CASTILLO BLANCA MERCEDES.
Resolución Nro. 02
Iquitos, 15 de enero del 2026.-
DADO CUENTA, el estado actual del presente cuaderno, y de conformidad con el inciso 1 del artículo 351 del Código procesal Penal, así mismo, no han presentado escritos y el plazo otorgado se ha vencido: CITESE a audiencia preliminar de Control del Requerimiento Fiscal de Acusación, para el día 04 DE FEBRERO DEL 2026 A HORAS 15:00 pm,, lo que se realizara de Forma Presencial, en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria, en la sede de la Corte Superior de Justicia de Loreto, ubicado en la calle Mariscal Cáceres con Calle Moore, o de forma excepcionalmente en forma virtual bajo el link de conexión https://meet.google.com/acj-ytvu-qbs con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento de informarse a la oficina de Control Interno del Ministerio Publico, para el fiscal, y de ponerse en conocimiento del Ministerio de Justicia de Lima para el segundo, en caso de defensor público, y de ser reemplazado por otro abogado, conforme lo estipula el art. 85.2 del CPP y si fuera abogado particular, ser sancionado conforme lo el art. 85.3 del CPP (multa de una unidad de referencia procesal), en caso de inasistencia injustificable.
V-3(19,20 y 21)
EDICTO PENAL
4° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01004-2023-56-1903-JR-PE-04
NOTIFICA: URQUIA MANUYAMA DIXON, MANUYAMA JIPA MARCIAL, RUIZ RENGIFO MARCIANO y COMUNIDAD NATIVA DE PENEYTA REP CASIQUE CESAR
Resolución Nro. 04
Iquitos, 28 de noviembre del 2025. Donde PROGRAMA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO para el día 09 DE NOVIEMBRE DEL 2026 A LAS 11:00 HORAS la que se llevara de forma presencial en la Sala de Audiencias del Juzgado ubicado en Av. Mariscal Cáceres S/N, 2° Piso, distrito de Iquitos; y, de manera virtual al siguiente enlace de conexión: https://meet.google.com/fbs-nqcz-xqi
V-3(19,20 y 21)
EDICTO
EXP. N° 01308-2023-1-1903-JR-PE-04
IMPUTAD0: JUAN CHARLES SILVA NUÑEZ
DELITO: RECEPTACION AGRAVADA
GRAVIADO: CHARTON JERY NARVAEZ PIZANGO
Por disposición Superior del Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Maynas – Sede Central, mediante Resolución 3 dispone que se notifique mediante edicto electrónico y edicto penal al agraviado CHARTON JERY NARVAEZ PIZANGO un extracto de la Resolución uno que cita a juicio oral, cuyo contenido es como sigue: RESOLUCION UNO.- IQUITOS 16/11/2025, AUTOS Y VISTOS: CITASE a AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el DOCE DE NOVIEMBRE DEL 2026 A HORAS 9:00 A.M. , debiendo concurrir a la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso (Módulo Penal Central NCPP) – ciudad de Iquitos, al haberse dispuesto en el Expediente N° 01308-2023-1-1903-JR-PE-04, seguido contra JUAN CHARLES SILVA NUÑEZ por el presunto delito CONTRA EL PATRIMONIO en la modalidad de RECEPTACION AGRAVADA en agravio de CHARTON JERY NARVAEZ PIEZANGO. En el caso de no poder estar en forma presencial podrá enlazarse por vía virtual al meet.google.com/fqr-jjqq-oor.
V-3(19,20 y 21)





