EDICTO PENAL
4° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01892-2020-47-1903-JR-PE-04
NOTIFICA A: CACERES GARCIA, RONALD EDGAR
ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION. Reprogramar la audiencia para el día NUEVE DE JULIO DOS MIL VEINTISÉIS A LAS DOS CON TREINTA DE LA TARDE. Quedan notificados en este acto la señora fiscal, la defensa técnica de la parte acusada y el acusado para su concurrencia a la audiencia que se está reprogramando. Precisando que el código de reunión es el mismo código por el cual nos hemos conectado que es el siguiente: meet.google.com/eqm-jsni-jfz.
V-3(07, 08 y 09)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00391-2025-73-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PENAL CORPORATVIA DE LORETO NAUTA
IMPUTADO: LOMAS GARCIA, DIEGO
DELITO: EL QUE CON VIOLENCIA, FÍSICA O PSICOLÓGICA, GRAVE AMENAZA O APROVECHÁNDOSE DE UN ENTORNO DE COACCIÓN O DE CUALQUIER OTRO ENTORNO QUE IMPIDA A LA PERSONA DAR SU LIBRE CONSENTIMIENTO…
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, CMDAY – LUCIA YAHUARCANI GUERRA
RESOLUCION NUMERO UNO
Nauta, veintiséis de noviembre Del año dos mil veinticinco.
Por estas consideraciones se DISPONE: 1) ADMITIR A TRÁMITE el Requerimiento de Prueba Anticipada, solicitad por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto Nauta, consistente en la declaración de la menor de iniciales C.A.D.A. (14) cámara Gesell y CÓRRASE TRASLADO dicho requerimiento en el día a todos los sujetos procesales, para que presenten sus consideraciones respecto a la prueba anticipada solicitada, los mismos que se darán cuenta en la audiencia. 2) SE CONVOCA A LA DILIGENCIA DE PRUEBA ANTICIPADA según agenda judicial y por tratarse de un caso de FLAGRANCIA, para el día VIERNES TREINTA DE ENERO DEL DOS MIL VEINTISEIS a horas DOS Y TREINTA DE LA TARDE (30-01-2026 a horas 2:30 pm) la misma que se llevara a cabo de forma virtual, mediante la utilización del aplicativo Google Meet en el enlace de conexión meet.google.com/ yok-cfxv-qwh. Asimismo, para su instalación valida se requiere la participación obligatoria del representante del Ministerio Público, y del abogado defensor público de poner en conocimiento a la Dirección Distrital de la Defensa Publica y a la representante del Ministerio Público tenerse por no presentado su requerimiento fiscal y archivarse en mismo en el modo y forma que establece la ley. 3) PRECISESE que el representante del Ministerio Público requirente en la prueba anticipada debe de COADYUVAR en la notificación de los menores y de su representante legal, a fin de que concurran a su declaración en cámara Gesell, asimismo coordinar con el psicólogo de si institución, del Fiscal de Familia y del personal que opera los equipos de la cámara Gesell, para la realización de la audiencia en la fecha y hora programada, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a su órgano de control así como en caso de inconcurrencia del declarante de proceder a archivar definitivamente en incidente. Notifíquese.
V-3(07, 08 y 09)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00173-2022-70-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA
IMPUTADO: MURAYARI VELA, JACKSON ROLIN
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: MELENDEZ PEÑA, LESLI JUANITA
RESOLUCION NUMERO TRES
Nauta, ocho de agosto Del año dos mil veinticinco.
DADO CUENTA, en la fecha del presente proceso, con el oficio N° 988-2025-INPE/ORNOSM-EML-IQUI, presentado por la Oficina Responsable del establecimiento del Medio Libre – INPE, mediante el cual comunica que, el sentenciado JACKSON ROLIN MURAYARI VELA, a la fecha no se ha presentado a esa dependencia, a efectos de cumplir con realizar sus Jornadas Comunitarias conforme lo establece la sentencia; Téngase Presente y siendo el estado del proceso se Dispone: REQUERIR al sentenciado que cumpla con presentarse a la Oficina de Reo Libres sito en Av. Abelardo Quiñones Km. 4.5 Distrito de San Juan, Bajo apercibimiento de Revocarse la pena, previo requerimiento del Fiscal. Notifíquese. Así como también vía edicto.
V-3(07, 08 y 09)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00199-2018-53-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA
IMPUTADO: TAMANI BARDALES, LLARLIN ROBIN
DELITO: LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR
AGRAVIADO: SALINAS SILVA, NATALIA
TEAGUA SALINAS, POLITA
RESOLUCION NUMERO SEIS
Nauta, cuatro de setiembre Del año dos mil veinticinco.
DADO CUENTA, en la fecha del presente proceso, con el oficio N° 1254-2025-INPE/ORNOSM-EML-IQUI, presentado por la Oficina Responsable del establecimiento del Medio Libre – INPE, mediante el cual comunica que, el sentenciado LLARLIN ROBIN TAMANI BARDALES, está en condición de RESISTENTE a la fecha no se ha presentado a esa dependencia, a efectos de cumplir con realizar sus Jornadas Comunitarias conforme lo establece la sentencia.; Téngase Presente y siendo el estado del proceso se Dispone: REQUERIR al sentenciado que cumpla con presentarse a la Oficina de Reo Libres sito en Av. Abelardo Quiñones Km. 4.5 Distrito de San Juan, Bajo apercibimiento de Revocarse la pena; Corre traslado al representante del Ministerio Publico a fin de proceder conforme a sus atribuciones. Notifíquese. Así como también vía edicto.
V-3(07, 08 y 09)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00296-2021-46-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA
IMPUTADO: MUCUSHUA TAMANI, WILLY PAOLO
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: ARIMUYA HUALINGA, DOLIBETH
RESOLUCION NUMERO DIEZ
Nauta, veintiuno de agosto Del año dos mil veinticinco.
DADO CUENTA, en la fecha del presente proceso, con el oficio N° 972-2025-INPE/ORNOSM-EML-IQUI, presentado por la Oficina Responsable del establecimiento del Medio Libre – INPE, mediante el cual comunica que, el sentenciado WILLY PAOLO MUCUSHUA TAMANI, está en condición de RESISTENTE a la fecha no se ha presentado a esa dependencia, a efectos de cumplir con realizar sus Jornadas Comunitarias conforme lo establece la sentencia.; Téngase Presente y siendo el estado del proceso se Dispone: REQUERIR al sentenciado que cumpla con presentarse a la Oficina de Reo Libres sito en Av. Abelardo Quiñones Km. 4.5 Distrito de San Juan, Bajo apercibimiento de Revocarse la pena; Corre traslado al representante del Ministerio Publico a fin de proceder conforme a sus atribuciones. Notifíquese. Así como también vía edicto.
V3(07, 08 y 09)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00320-2021-4-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA
IMPUTADO: COLLANTES AHUANARI, JEAM JAMES
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: CHUQUIZUTA CHOTA, AUROLITH
RESOLUCION NUMERO TRES
Nauta, veintidós de agosto del año dos mil veinticinco.
DADO CUENTA, en la fecha del presente proceso, en Atención al Oficio remitido por el JUP-Nauta que adjunta el oficio N° 929-2025-INPE/ORNOSM-EML-IQUI, presentado por la Oficina Responsable del establecimiento del Medio Libre –INPE, mediante el cual comunica que, el sentenciado JEAM JAMES COLLANTES AHUANARI, está en condición de RESISTENTE a la fecha no se ha presentado a esa dependencia, a efectos de cumplir con realizar sus Jornadas Comunitarias conforme lo establece la sentencia.; Téngase Presente y siendo el estado del proceso se Dispone: REQUERIR al sentenciado que cumpla con presentarse a la Oficina de Reo Libres sito en Av. Abelardo Quiñones Km. 4.5 Distrito de San Juan, Bajo apercibimiento de Revocarse la pena; Corre traslado al representante del Ministerio Publico a fin de proceder conforme a sus atribuciones. Notifíquese. Así como también vía edicto.
V-3(07, 08 y 09)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00393-2025-51-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA
IMPUTADO: PANAIFO TANCHIVA, ALBERTO
DELITO: EL QUE TIENE ACCESO CARNAL POR VÍA VAGINAL, ANAL O BUCAL…. POR ALGUNA DE LAS DOS PRIMERAS VÍAS CON UN MENOR DE 14 AÑOS…
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, BMSL – REPRESENTANTE LEGAL: LIDIA LOZANO GREFA.
RESOLUCION NUMERO UNO
Nauta, veintisiete de noviembre Del año dos mil veinticinco.
Por estas consideraciones se DISPONE: 1) ADMITIR A TRÁMITE el Requerimiento de Prueba Anticipada, solicitad por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto Nauta, consistente en la declaración de la menor de iniciales B.M.S.L. (16) cámara Gesell y CÓRRASE TRASLADO dicho requerimiento en el día a todos los sujetos procesales, para que presenten sus consideraciones respecto a la prueba anticipada solicitada, los mismos que se darán cuenta en la audiencia. 2) SE CONVOCA A LA DILIGENCIA DE PRUEBA ANTICIPADA según agenda judicial y por tratarse de un caso de FLAGRANCIA, para el día LUNES VEINTISEIS DE ENERO DEL DOS MIL VEINTISEIS a horas TRES Y TREINTA DE LA TARDE (26-01-2026 a horas 3:30 pm) la misma que se llevara a cabo de forma virtual, mediante la utilización del aplicativo Google Meet en el enlace de conexión meet.google.com/ uif-ppbz-ibs. Asimismo, para su instalación valida se requiere la participación obligatoria del representante del Ministerio Público, y del abogado defensor público de poner en conocimiento a la Dirección Distrital de la Defensa Publica y a la representante del Ministerio Público tenerse por no presentado su requerimiento fiscal y archivarse en mismo en el modo y forma que establece la ley. 3) PRECISESE que el representante del Ministerio Público requirente en la prueba anticipada debe de COADYUVAR en la notificación de los menores y de su representante legal, a fin de que concurran a su declaración en cámara Gesell, asimismo coordinar con el psicólogo de si institución, del Fiscal de Familia y del personal que opera los equipos de la cámara Gesell, para la realización de la audiencia en la fecha y hora programada, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a su órgano de control así como en caso de inconcurrencia del declarante de proceder a archivar definitivamente en incidente. Notifíquese.
V-3(07, 08 y 09)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00399-2025-0-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA
IMPUTADO: CAPINOA TAFUR, CLODOMIRO
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: HAYMACARI YAICATE, ROSA
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Nauta, dieciséis de diciembre Del año dos mil veinticinco.
Por estas consideraciones SE RESUELVE: 1. RECEPCIONAR la comunicación Fiscal contenida en la Disposición Número dos, mediante el cual se dispone FORMALIZAR Y CONTINUAR LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA, expedida por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa Loreto – Nauta, en merito a la investigación seguida contra CLODOMIRO CAPINOA TAFUR como presuntos autor del Delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud – AGRESION EN CONTRA DE LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR en agravio de ROSA HUAYMACAI YAICATE Y LOIZITH CAPINOA HUAYMACARI , ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 122-B del código penal, por el plazo de CIENTO VEINTE DIAS naturales, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. 2. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al imputado CLODOMIRO CAPINOA TAFUR quien se encuentra obligada a concurrir a las diligencias que se decreten dentro el proceso, siempre y cuando sea necesaria su asistencia, bajo apercibimiento de ser Conducidos compulsivamente por la Policía. 3. PRECISAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la Investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía encargada del Caso, para su revisión, expedición de copias simples o certificadas u otros fines que correspondan. 4. AUTORIZAR a las partes la utilización del correo electrónico, casilla electrónica para la notificación de las Resoluciones, equiparable al domicilio procesal, la misma que deberá ser comunicada al juzgado y Será excluyente a la notificación por cédula en lo que sea pertinente. 5. EXHORTAR al abogado defensor del imputado su obligación de asistir a las citaciones Judiciales, a las audiencias, bajo apercibimiento de ser excluido y sustituido por abogado defensor público, en los casos previstos taxativamente en la ley. La misma obligación corresponde al abogado defensor público, bajo apercibimiento de aplicarle las medidas disciplinarias que correspondan. NOTIFÍQUESE. Sin perjuicio de notificarse vía edicto.
V-3(07, 08 y 09)
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02232-2020-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: DE LOS SANTOS VILCHEZ MARTHA INDIRA
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: HURTO SIMPLE.
Se emplaza a la imputada MARIA VIOLETA MARIA VIOLETA RAMIREZ JIMENEZ, con la RESOLUCION N° 01, del 03/11/2020; que dispone: TENER POR RECEPCIONADA LA DISPOSICIÓN FISCAL N° 03, de fecha 23/10/2020, sobre la FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA seguido contra MARIA VIOLETA RAMIREZ JIMENEZ, por la presunta comisión del delito CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de HURTO AGRAVADO, [Ilícito Penal Previsto y penado en el 1° párrafo inciso 2) del art. 186°, en concordancia con el tipo base del art. 185° del Código Penal]; en agravio de la EMPRESA ELECTRORIENTE S.A., y no habiéndose solicitado ninguna medida de coerción procesal personal, díctese mandato de comparecencia simple contra MARIA VIOLETA RAMIREZ JIMENEZ. Asimismo, con la Resolución N° 03, del 10/10/2025; que dispone: Dado Cuenta el escrito 55969-2025con la disposición fiscal de conclusión de la Investigación Preparatoria, téngase por comunicada dicha disposición. NOTIFIQUESE vía edicto y vía web, a la parte imputada la formalización y la presente resolución. Notifíquese.
V-3(07, 08 y 09)
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02232-2020-99-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: HURTO SIMPLE
Se emplaza a la imputada MARIA VIOLETA RAMIREZ JIMENEZ, con la RESOLUCIÓN N° 01, del 14/11/2025; que dispone: Dado Cuenta el requerimiento Fiscal de sobreseimiento por parte del representante del Ministerio Público, adjuntando los elementos de convicción en original, conforme a lo dispuesto en el art. 345° del Código Procesal Penal, CÓRRASE TRASLADO a las demás partes procesales por el plazo de DIEZ DIAS, para que procedan conforme a las atribuciones legales a que se contrae citado artículo. Asimismo, de la revisión de autos se aprecia que el fiscal responsable del presente proceso ha consignado como domicilio real de la imputada el PUTUMAYO N° 436, por que se le deberá de sobrecartar la resolución N° 01 y dos del cuaderno principal. Notificándose.
V-3(07, 08 y 09)
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03065-2022-95-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: PECULADO
Se emplaza a los imputados OLGER IPUSUMA PARANO, DARIO FRANCISCO URRUTIA MUÑOZ, y BRILLITH MATHEWS RENGIFO, con el AUTO QUE DECLARA IMPROCEDENTE EL REQUERIMIENTO DE PRÓRROGA DE PLAZO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – RESOLUCIÓN N° 05, del 11/07/2025; que Resuelve: 1. DECLARA IMPROCEDENTE el requerimiento de prórroga del plazo de investigación preparatoria compleja formulado por el Ministerio Público, en la investigación seguida contra Hugo José Durán Alvarado y otros, por la presunta comisión del delito contra la administración pública, en la modalidad de Peculado Doloso, previsto y sancionado en el artículo 387° del Código Penal, en agravio del Estado – Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – Programa Nacional PAÍS. 2. DISPONE que el Ministerio Público adopte las decisiones procesales que correspondan conforme al estado actual de la investigación, dentro del marco de sus atribuciones constitucionales y legales. 3. NOTIFÍQUESE a las partes procesales conforme a ley.
V-3(07, 08 y 09)
EDICTO PENAL
Mediante acta de audiencia de fecha 11 de diciembre del 2025, el señor Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Maynas, a dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al señor acusado JAIME SALAZAR GUTIERREZ, sobre la reprogramación de la audiencia para el día 25 DE JUNIO DEL 2026 A HORAS 10:00 AM, a fin de llevar a cabo el juicio oral en el Expediente N° 01829-2021-57-1903-JR-PE-02, seguido contra JAIME SALAZAR GUTIERREZ por la presunta comisión del delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD en la modalidad de AGRESIONES EN CONTRA DE MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR – AGRESIÓN FÍSICA Y PSICOLÓGICA conducta penal, prevista y tipificada en el primer párrafo del artículo 122 – b) del código penal concordante con el numeral a) de violencia familiar del artículo 108 –b) del mismo cuerpo normativo en agravio de MAYLI ESPINOZA GONZALES, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Maynas, sito en el Tercer Piso de esta Sede de Corte, ubicado en Av. Grau N° 720-Iquitos, bajo el apremio de DECLARARSE REO CONTUMAZ al acusado en caso de inconcurrencia injustificada.
V-3(07, 08 y 09)
EDICTO PENAL
1° JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAP. CONFORMADO – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 02603-2021-71-1903-JR-PE-05
AUTO DE CITACIÓN A JUICIO ORAL Resolución Nro. Uno Iquitos, veinte de diciembre de dos mil veinticinco. Que, se ha emitido auto de enjuiciamiento contra el acusado GUIDO SALDAÑA INUMA como presunto autor del delito contra los recursos naturales en la modalidad de tráfico ilegal de productos forestales maderables en su forma agravada, , en agravio del Estado peruano, Por estas consideraciones, este 1er Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Conformado de Maynas dispone: CÍTESE A JUICIO ORAL que se llevará a cabo el día OCHO DE MARZO DE DOS MIL VEINTIOCHO (08/03/2028), A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00 AM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. HABILÍTESE la sala virtual en la plataforma Google Meet, con el enlace de acceso (https://meet.google.com/xrx-vhxa-ope). NOTIFÍQUESE Al acusado GUIDO SALDAÑA INUMA bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de no asistir a la audiencia.
Iquitos, 06 de enero del 2026
V-3(07, 08 y 09)





