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JUZGADO PENAL

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EDICTO
DESTINATARIOS:
ZEITH LICEIRA BECERRA KHAN, WISTON SANCHEZ PIZANGO, LIZTH YULISA CAMPOS CRISPIN, GLORIA DE JESUS MENDOZA VASQUEZ, CESAR AUGUSTO GARCIA DEL CASTILLO Y URSULA VANESA MESTANZA OJANAMA
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00372-2022-99-1901-JR-PE-01
JUEZ: CHUMBIMUNE PORRAS ROBERT LUIS
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FPPCEE DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: BECERRA KHAN, ZENITH LICEIRA y OTROS
DELITO: PECULADO
AGRAVIADO: ESTADO PERUANO UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE LORETO NAUTA
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS. Nauta, veintiséis de enero Del año dos mil veinticinco
DADO CUENTA; en la fecha los actuados del presente proceso, y habiendo sido subsanado la omisión en el Principal por lo que se da providencia el requerimiento de acusación fiscal presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa Especializada en delitos de Corrupción de Funcionarios de Nauta, estando a su contenido; Y CONSIDERANDO: Primero. Que, en el proceso seguido contra ZEITH LICEIRA BECERRA KHAN, WISTON SANCHEZ PIZANGO, LIZTH YULISA CAMPOS CRISPIN, GLORIA DE JESUS MENDOZA VASQUEZ, CESAR AUGUSTO GARCIA DEL CASTILLO Y URSULA VANESA MESTANZA OJANAMA por la presunta comisión del delito Contra la Administración Publica – PECULADO DOLOSO, en agravio del ESTADO – UNIDAD DE GESTION DE EDUCACION DE LORETO NAUTA. Segundo. Que, de conformidad con el artículo 350º del CPP corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo de 10 días hábiles, a efectos de que puedan presentar las observaciones al requerimiento de Acusación Fiscal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; siendo el plazo de absolución de 10 días, el cual se computará a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Tercero.- Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 351º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación fiscal, en consecuencia por las consideraciones expuestas, SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados; y 2. SEÑALESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día TRECE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09.00 AM), la misma que se llevará de forma presencia en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617 – Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal; BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal; todo ello, para facilitar el desarrollo de la audiencia convocada. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes. Respecto al domicilio de la imputada Gloria de Jesús Mendoza Vásquez se refleja a fs. 46 en el Principal. Al escrito N° 479-2025 presentado por el Ministerio Publico a lo solicitado; ESTESE a lo resuelto en la presente resolución; NOTIFIQUESE. Sin perjuicio de notificarse vía edicto.
V-3(11, 14 y 15)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00562-2020-59-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
MINISTERIO PUBLICO: 6TA FPPCM,
IMPUTADO: VALDERRAMA FREYRE, HEITER
DELITO: DESOBEDIENCIA O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD
AGRAVIADO: D AZEVEDO GARCIA, GILBERTO RAYMUNDO
AZABACHE DE LA CRUZ, PEDRO NICANOR
ASOCIACION DE DOCENTES CESANTES Y JUBILADOS DE UNAP,
CORREA DEAL AGUILA, REYNALDO
EL ESTADO PODER JUDICIAL,
SAENZ ROJAS, JOSE ISAIS
Resolución Nro. 03
Iquitos, 27 de marzo del 2025.
Dado Cuenta los presentes autos, habiendo concluido la investigación preparatoria, y estando al Requerimiento de Sobreseimiento, y conforme a lo dispuesto en el artículo 345 del Código Procesal Penal, NOTIFÍQUESE a las demás partes procesales por el plazo de DIEZ DIAS, para que procedan conforme a las atribuciones legales a que se contrae el citado artículo. Suscribe la especialista que firma por disposición superior. Notificándose.
V-3(11, 14 y 15)

EDICTO
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00003-2024-0-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
IMPUTADO: ORDOÑEZ VASQUEZ, RONALD
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: YAICATE TAMANI, GABY ISENIA
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS Nauta, veinticinco de marzo del año dos mil veinticinco.
DADO CUENTA; a la fecha con los actuados del presente proceso, y el Acta de Audiencia de fecha veintisiete de febrero del dos mil veinticinco y siendo el estado del proceso se REPROGRAMA la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION DIRECTA para el día MIERCOLES NUEVE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO, a horas OCHO DE LA MAÑANA [08:00 am.], de forma personal en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617 – Nauta, con la asistencia obligatoria del Representante del Ministerio Público; Bajo Apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, remitir copias de los principales actuados al órgano de control interno de su institución, a fin de que actúen conforme a sus atribuciones; sin perjuicio de oficiar al Fiscal Superior Coordinador, poniendo en conocimiento su actuación y solicitar la separación del Fiscal de la Presente Investigación conforme a sus atribuciones; asimismo oficiar a la Presidencia de la Junta de Fiscales para los fines consiguientes. al Defensor Público de remitir copias certificadas a la Dirección del Ministerio de Justicia y a los abogados particulares de ser subrogados por el abogado de Oficio asignado a esta Jurisdicción. NOTIFÍQUESE. Sin perjuicio de notificarse vía edicto.
V-3(11, 14 y 15)

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