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JUZGADO PENAL

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E D I C T O
2° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00485-2023-16-1903-JR-PE-02
JUEZ: IBERICO VEGA DE CHAVEZ ERIKA EVANICE
ESPECIALISTA: RUIZ TENAZOA PETTY REGINA
MINISTERIO PUBLICO: FISTRAP 
IMPUTADO: HUAYCAMA GASTELU, JEAN MARCO
DELITO: CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES
RENGIFO REGUERA, MELODY JOAN
DELITO: CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES
ESPINOZA GASTELU, WILLIAM
DELITO: CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES
AGRAVIADO: CLAVE 2023 
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS
Iquitos, 28.03.2023.
DADO CUENTA; con la razón que antecede, téngase presente y estando a las Razones de Dicho remitido por la Central de Notificaciones, mediante el cual comunican a este despacho que no se cumplió con notificar a los imputados Rengifo Reguera Melody Joan y Espinoza Gastelu William, debido a que en la dirección consignada no se logró ubicar a los destinatarios, por lo que SE DISPONE; PONER a CONOCIMIENTO del Ministerio Público, sin perjuicio de ello, notifíquese a dichos imputados en su domicilio señalado en su Ficha RENIEC, así como mediante Edicto Penal, a fin de evitar la frustración . NOTIFIQUESE–RESOLUCIÓN NÚMERO UNO Iquitos, 07.03.2023 DADO CUENTA; con el requerimiento de Prueba Anticipada, presentado por la Fiscalía Especializada en Delitos de Trata de Personas, estando a ello; y, CONSIDERANDO: SE DISPONE: ADMITIR A TRÁMITE LA PRUEBA ANTICIPADA. CONVOCAR a la DILIGENCIA DE PRUEBA ANTICIPADA, para el día 10-04-2023  a horas 10 AM. se llevara a cabo de forma virtual, mediante la utilización del Aplicativo Google Meet en el enlace de conexión https://meet.google.com/uzs-xhmt-aqv; o, a través de otros medios tecnológicos de comunicación idóneos: para su instalación válida se requiere la participación obligatoria del Ministerio Público, y del abogado defensor del investigado; bajo apercibimiento notifíquese.
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EDICTO PENAL
Exp. N° 00082-2018-56-1903-JR-PE-01.
ESPECIALISTA: ABG. JAIRO NEISER SALAZAR ANGULO.
El Señor Juez del Segundo Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Conformado de Maynas; NOTIFICA a MIGUEL RUIZ PUGA Y ARNALDO CANAYO PACAYA en calidad de ACUSADOS, a efectos de que se apersone a la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Conformado de Maynas – Av. Grau Nro. 720 – 2do. Piso – Nuevo Local del Módulo Penal, a efectos de llevarse a cabo la audiencia de JUICIO ORAL seguido en sus contra, programada para el día CATORCE DE JUNIO DE DOS MIL VEINTITRES A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA, HORA EXACTA (14.06.2023 – 12:00 PM), bajo apercibimiento de ser declarados REOS CONTUMACES en caso de sus inconcurrencia; dispuesto así en el Expediente N° 00082-2018-56-1903-JR-PE-01, del proceso seguido en su contra por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN A LA LIBERTAD SEXUAL (TIPO BASE), en agravio de LDA.
Iquitos, 29 de marzo de 2023.
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EDICTO PENAL
PARA TODAS LAS PARTES PROCESALES
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00003-2017-42-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA LORETO NAUTA,
IMPUTADO: AREVALO CAHUAMARI, RUPERTO Y OTROS
DELITO: URSURPACIÓN AGRAVADA
AGRAVIADO: REYES CULQUI, HARRY
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTICUATRO
Nauta, treinta y uno de enero del año dos mil veintitrés.
ESTANDO; en la fecha del presente proceso, y siendo el estado de la misma se DISPONE: REPROGRAMAR la audiencia PRELIMINAR DE REQUERIMIENTO MIXTO para el día LUNES SIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA [09:30 am], para la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617 – Nauta, y de manera excepcional mediante el aplicativo GOOGLE MEET, debiendo en el plazo de 03 días de notificado, las partes procesales, cumplir con señalar su cuenta GOOGLE (Correo Gmail) a fin de llevar a cabo la presente audiencia vía google meet, por lo que deberán asociar su celular al aplicativo google mail. De conformidad con la Resolución Administrativa N° 129-2020-CE/PJ, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal; bajo apercibimiento de hacerse efectivo la facultad que confiere el artículo 85° numerales 1), 2) y 3) del Código Procesal Penal, en caso de inasistencia del abogado defensor o del señor fiscal; sin perjuicio de ser sancionado disciplinariamente. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido. Asimismo, notifíquese a todas las partes vía edicto penal. NOTIFÍQUESE.
V-3(30,31 y 03)

EDICTO PENAL
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00080-2017-0-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA LORETO NAUTA,
IMPUTADO: HUIÑAPI RODRIGUEZ, JAMES
DELITO: VIOLACIÓN DE PERSONA EN ESTADO DE INCONSCIENCIA O EN LA IMPOSIBILIDAD DE RESISTIR (AGRAVANTE: AGENTE SE APROVECHA DE SU PROFESIÓN, CIENCIA U OFICIO.).
MANIHUARI TAPULLIMA, KOKITO FERNANDO
DELITO: ACTOS CONTRA EL PUDOR.
AGRAVIADO: ELIZABETH CERNY, LAURA
MARIE RESNICK, ANDREA
RESOLUCIÓN NÚMERO DIECIOCHO
Nauta, diez de enero del año dos mil veintitrés.
ESTANDO; a la fecha del presente proceso, con revisión de autos se tiene que el nuevo requerimiento no fue notificado debidamente al Letrado Luis Enrique Maita Quispe, asimismo se tiene que no se le designo como abogado de los imputados siendo ello así y a fin de evitar futuras nulidades, se DESIGNA al Letrado Luis Enrique Maita Quispe – Abogado de la Defensa Publica de Nauta, a fin de asuma la defensa de los imputados James Huiñapi Rodríguez y Kokito Fernando Manihuari Tapullima; asimismo, CÓRRASE TRASLADO la nueva acusación fiscal al Letrado Luis Enrique Maita Quispe y a la abogada del CEM – Nauta Letrada Lily Gulnara Chiroque Cordova (en representación de las agraviadas) por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que pueda presentar por escrito su medio de defensa, por ultimo SE DISPONE: REPROGRAMAR la audiencia PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN DIRECTA para el día DIECINUEVE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA [09:30 am], para la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, y de manera excepcional mediante el aplicativo GOOGLE MEET, debiendo en el plazo de 03 días de notificado, las partes procesales, cumplir con señalar su cuenta GOOGLE (Correo Gmail) a fin de llevar a cabo la presente audiencia vía google meet, por lo que deberán asociar su celular al aplicativo google mail. De conformidad con la Resolución Administrativa N° 129-2020-CE/PJ; y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal; bajo apercibimiento en caso de inasistencia injustificada de remitir copias certificas al ODCI, en caso de inasistencia del abogado defensor público de remitir copias certificadas a su Órgano de Control en sede Iquitos y Lima. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados, aunque no hayan concurrido. Notificar vía edicto penal a los imputados y agraviadas. NOTIFÍQUESE.
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EDICTO PENAL
PARA EL AGRAVIADO E IMPUTADO
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00240-2022-0-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA
IMPUTADO: GUERRA ARIMUYA, SEGUNDO MARIO
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: SANDOVAL MURAYARI, MARGARITA AURITA
RESOLUCIÓN NÚMERO TRES
Nauta, dos de diciembre Del año dos mil veintidós.
ESTANDO a la fecha del presente proceso con la revisión de autos se tiene que, el requerimiento de incoación de proceso inmediato y sus actuados no fue notificado en los domicilios reales a las partes procesales, y a fin de evitar futuras nulidades SE DISPONE: Notificar el Requerimiento de Incoación de Proceso inmediato y sus anexos (actuados) en los domicilios reales de las partes; asimismo, SE DISPONE: CITAR a AUDIENCIA DE INCOACION DEL PROCESO INMEDIATO,  para el día DOS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA[09:30 am], la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, el cual se apersonaran con las medidas de bioseguridad (tapa boca), y de manera excepcional mediante el aplicativo GOOGLE MEET, debiendo en el plazo de 01 día de notificado, las partes procesales, cumplir con señalar su cuenta GOOGLE (Correo Gmail) a fin de llevar a cabo la presente audiencia vía google meet, por lo que deberán asociar su celular al aplicativo google mail. De conformidad con la Resolución Administrativa N° 129-2020-CE/PJ; con la concurrencia obligatoria del Fiscal, del imputado, y de su abogado defensor, BAJO APERCIBIMIENTO, en caso de inconcurrencia  de este ultimo de remitir copias certificadas a su Órgano de control en Lima e Iquitos, y de poner en conocimiento al Fiscal Coordinador de Fiscales Provinciales; y en caso de que por cualquier motivo el imputado se niegue a estar presente en la audiencia será representado por su abogado defensor Público. NOTIFIQUESE.
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EDICTO PENAL
El Juez del JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I, ha dispuesto que se notifique por EDICTO al imputado: CHUNG DIAZ, LEVIO y a la agraviada: MENOR DE INICIALES, A G L 14
EXPEDIENTE: 00130-2023-63-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FPPC LORETO NAUTA,
IMPUTADO: CHUNG DIAZ, LEVIO
DELITO: SI LA VÍCTIMA TIENE ENTRE CATORCE Y MENOS DE DIECIOCHO AÑOS DE EDAD, ES ADULTO MAYOR O SUFRE DE DISCAPACIDAD, FÍSICA O SENSORIAL, Y EL AGENTE SE APROVECHA DE DICHA CONDICIÓN.
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, A G L 14
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
nauta, veintidós de marzo    
Del año dos mil veintitres.
, SE DISPONE: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de PRUEBA ANTICIPADA consistente en la ENTREVISTA UNICA DEL MENOR AGRAVIADO DE INICIALES A.G.L. (14) EN LA CAMARA GESELL, solicitado por la Fiscal Provincial Penal Corporativa de Loreto Nauta, solicitado; CÓRRASE TRASLADO dicho requerimiento; a los Sujetos Procesales, y a la parte Agraviada, para que presenten sus consideraciones respecto a la prueba anticipada solicitada, los mismos que se darán cuenta en audiencia. 2. SEÑALAR FECHA Y HORA DE AUDIENCIA ESPECIAL DE PRUEBA ANTICIPADA conforme a la agenda del juzgado, para el día TREINTAY UNO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA [08:30 a.m], hora exacta. 3. Asimismo; la audiencia se llevará a cabo en las instalaciones de la Sede Central del – Ministerio Publico, ubicado en la calle Sargento Lores N° 958 Iquitos. con la concurrencia obligatoria del Fiscal y del abogado del imputado y demás sujetos procesales para declararse valido la instalación de la cámara gesell. 4. NOTIFIQUESE a la Representante del Ministerio Publico para su concurrencia obligatoria, bajo apercibimiento de ponerse en conocimiento del Órgano de Control Interno, en caso de verificarse su inasistencia injustificada. 5. NOTIFIQUESE a los abogados del investigado, para su concurrencia, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de los abogados defensores de excluirlos de la defensa y designar a un abogado de oficio como lo autoriza el artículo 85.1º del Código Procesal Penal, sin perjuicio de ser sancionado disciplinariamente. 6.    NOTIFIQUESE al menor agraviado a través del Centro de Emergencia de la Mujer de Nauta. 7. NOTIFÍQUESE al investigado Livio Chung Diaz, en su domicilio real en Comunidad Betania – Rio Tigre, precisando que su inconcurrencia no frustra la audiencia. Sin perjuicio de notificarse Via Edicto.
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Expediente: 2182-2015-46           
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA
EDICTO PENAL
Por  disposición del Juzgado Penal Colegiado Transitorio, sé dispuso se notifique a los acusados JOSE NOEMI PEREZ SALAZAR, OSVER LEON OLIVERA, JHON WILER CUBAS MORI  y  CARLOS RAMIREZ SANCHEZ bajo apercibimiento en caso de no presentarse a la audiencia, ser declarados REOS CONTUMACES, y ordenarse su búsqueda y captura por la fuerza policial  en todo el territorio nacional, a fin de acudir a la reprogramación de audiencia el día 14 de abril del 2023 a horas 11.00 de la mañana; presentarse ante el Juzgado Penal Supra provincial Transitorio de Maynas, esquina calle Moore con – Mariscal Cáceres, 2do, piso (ingreso por Puerta N° 03, al costado del cajero del Banco de la Nación),  a cargo de la señores Magistrados JOSE NEIL CHUMBE SILVA, JHOVANNY VASQUEZ HUAMAN y TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, ordenado así en el presente proceso por el delito DE ROBO AGRAVADO en agravio del  Banco de la Nación de San Lorenzo.   
Iquitos, 28 de marzo del 2023
V-3(30,31 y 03)

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