EDICTO PENAL
Por Disposición Superior del Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Loreto – Nauta, notifíquese VIA EDICTO PENAL al imputado: Llatas Ayala José Oscar, la Resolución Numero Uno de fecha 20 de Octubre del 2020 y la Resolución número Tres de fecha 19 de Enero del 2021.
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00249-2020-0-1901-JR-PE-01
JUEZ: SALAZAR ANGULO JAIRO NEISER
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FPPCLN,
IMPUTADO: LLATAS AYALA, JOSE OSCAR
DELITO: LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR
AGRAVIADO: VEGA PEREZ, ISABEL
RESOLUCION NUMERO UNO Nauta, veinte de Octubre Del año dos mil veinte.
DADO CUENTA; en la fecha con el requerimiento Fiscal para determinar la procedencia del Proceso inmediato contra JOSE OSCAR LLATAS AYALA; y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, mediante Requerimiento que se da cuenta, que el Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nauta, solicita se declare procedente el proceso inmediato contra JOSE OSCAR LLATAS AYALA; y CONSIDERANDO, por la presunta comisión del delito Contra LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD – AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de ISABEL VEGA PEREZ, previsto y sancionado en el numeral 1ºdel artículo 122°, del Código Penal. SEGUNDO: Que, el articulo cuatrocientos cuarenta y siete del Código Procesal Penal modificado por Decreto Legislativo N° 1194 que señala que dentro de las cuarenta y ocho Horas siguientes al Requerimiento Fiscal realizara la audiencia única de iniciación para determinar la procedencia del proceso inmediato; debiendo precisar que de la verificación del requerimiento fiscal ésta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 336º numeral 2 del Código Procesal Penal; en consecuencia, SE DISPONE: CITAR a AUDIENCIA DE INCOACION DEL PROCESO INMEDIATO, para el día OCHO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA [10:30 am],la misma que se llevará a cabo mediante el aplicativo GOOGLE MEET, debiendo en el plazo de 03 días de notificado, las partes procesales, cumplir con señalar su cuenta GOOGLE (Correo Gmail) a fin de llevar a cabo la presente audiencia vía google meet, por lo que deberán asociar su celular al aplicativo google mail. De conformidad con la Resolución Administrativa N° 129-2020-CE/PJ; o en todo caso si las partes estuvieran dentro de la jurisdicción de Nauta se llevara en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, el cual se apersonaran con las medidas de bioseguridad (tapa boca y protector facial), con la concurrencia obligatoria del Fiscal, del imputado, y de su abogado defensor, BAJO APERCIBIMIENTO, en caso de inconcurrencia de este ultimo de remitir copias certificadas a su Órgano de control en Lima e Iquitos, y de poner en conocimiento al Fiscal Coordinador de Fiscales Provinciales; y en caso de que por cualquier motivo el imputado se niegue a estar presente en la audiencia será representado por su abogado defensor Público. NOTIFIQUESE. – RESOLUCIÓN NÚMERO TRES Nauta, diecinueve de enero Del año dos mil veintiuno. DADO CUENTA; con el Acta del especialista de audiencia Téngase Presente, y estando a la fecha del presente proceso se Dispone: REPROGRAMAR la AUDIENCIA DE INCOACION DEL PROCESO INMEDIATO, para el día TRES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA[11:00 am], la misma que se llevará a cabo mediante el aplicativo GOOGLE MEET, debiendo en el plazo de 03 días de notificado, las partes procesales, cumplir con señalar su cuenta GOOGLE (Correo Gmail) a fin de llevar a cabo la presente audiencia vía google meet, por lo que deberán asociar su celular al aplicativo google mail. De conformidad con la Resolución Administrativa N° 129-2020-CE/PJ; o en todo caso si las partes estuvieran dentro de la jurisdicción de Nauta se llevara en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, el cual se apersonaran con las medidas de bioseguridad (tapa boca y protector facial), con la concurrencia obligatoria del Fiscal, del imputado, y de su abogado defensor Público, BAJO APERCIBIMIENTO, en caso de inconcurrencia de este ultimo de remitir copias certificadas a su Órgano de Control en sede Lima e Iquitos, y de poner en conocimiento al Fiscal Coordinador de Fiscales Provinciales; y en caso de que por cualquier motivo el imputado se niegue a estar presente en la audiencia será representado por su abogado Defensor Público. Asimismo, notifíquese a las partes vía edicto penal. NOTIFIQUESE.
V-3(10,11 y 12)