Exp. N° 00045-2022-0-1904-JP-FC-01
Juez: Cesar Alfredo Vela Flores.
Especialista: Erick Glen Sullón Reátegui
Demandante: Gianina Karina Ataurima Lopez.
Juzgado de Paz Letrado-Sede Caballo Cocha
EDICTO JUDICIAL
Por el presente, el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CABALLOCOCHA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00045-2022-0-1904-JP-FC-01, se dispuso poner en conocimiento de los sujetos del proceso tanto de la demandante GIANINA KARINA ATAURIMA LOPEZ identificada con DNI N° 78587548, así como del demandado JENNER BOLAÑOS RODRIGUEZ identificado con DNI N° 47739399, con el extracto de la resolución OCHO de fecha 12 de febrero del 2024, donde se señala lo siguiente: CORRASE TRASLADO con la propuesta de Liquidación de Pensiones alimenticias Devengadas, al demandado, por el plazo de tres días desde su notificación, para su observación, con o sin ella, REMITASE EL PRESENTE EXPEDIENTE al AREA DE LIQUIDACIONES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO SEDE CENTRAL para que practique la liquidación de pensiones devengadas desde los periodos ABRIL 2022 HASTA FEBRERO 2024. CURSAR OFICIO al Banco de la Nación para que remita informe detallado de los depósitos desde los periodos ABRIL 2022 HASTA FEBRERO 2024 de la cuenta de ahorros N° 04-526-312711, perteneciente a la demandante, para que el área de Liquidaciones de la Corte Superior de Justicia de Loreto tenga presente al momento de practicar la Liquidación de pensiones alimenticias devengadas e intereses legales de los periodos correspondiente, al escrito N° 72-2024 presentado por la demandante al único otrosí: Requerir pago al demandado y el abono de la pensión de alimentos en la cuenta del Banco de la Nación N° 04-526-312711, perteneciente a la demandante por la suma de SEISCIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 600.00) en la proporción de S/300.00 para cada menor alimentista, conforme a la sentencia fecha 02 de noviembre del año 2022, al escrito N° 96-2024 presentado por la demandante, TENGASE por apersonado al Abg. OSCAR ESCOBAR FLORES con CAL N° 1783 asesor legal de GIANINA KARINA ATAURIMA LOPEZ, con domicilio procesal en la calle progreso N° 614-Caballo cocha, casilla electrónica N° 118201, donde se harán llegar las futuras notificaciones del presente proceso, téngase por subrogado al anterior Abg. de la demandante, al primer y segundo otrosí: TENGASE PRESENTE, avocándose el señor Juez que suscribe por disposición superior. NOTIFÍQUESE.
CABALLO COCHA, 31 DE MARZO DEL 2025.
V-3(01,02 y 03)
JUZGADO PAZ LETRADO
