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JUZGADO PAZ LETRADO

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EDICTO
En el Expediente N° 570-2024-0-1905-JP-CI-01, seguido por AURISTELA GUTIERREZ GUERRA DE MORENO sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Requena ha ordenado mediante resolución UNO, de fecha 23.09.2024. III. SE RESUELVE: 1) ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por GUTIERREZ GUERRA DE MORENO AURISTELA, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMENTO, la misma que deberá tramitarse en la vía del proceso NO CONTENCIOSO; en consecuencia TENGASE por ofrecidos los medios probatorios indicados, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 754° y 828° del Código Procesal Civil: PUBLIQUESE el respectivo EDICTO en el Diario Oficial “EL PERUANO” y “LA REGIÓN” por un DIA; para tal efecto la parte demandante, deberá de apersonarse a las instalaciones de este Juzgado a recoger los edictos para su correspondiente publicación, en horario de atención al público (08:00 a.m. a 10:00 a.m.). 2) AL PRIMER OTROSI DIGO: a lo expuesto; TENGASE POR CONSIGNADO su domicilio procesal en Jr. Leticia N° 102 (2 piso) – Referencia espalas de la iglesia señor de los Milagros del distrito de Calleria Pucallpa, asimismo señala su casilla electrónica N° 106874, y su correo electrónico mauropaoloruizarevalo@gmail.com, con celular N° 970357740, en ese sentido, a partir de la fecha se le notificará todas las notificaciones que se expidan en el presente proceso judicial en su casilla electrónica antes señalado, por economía y celeridad procesal; salvo inconvenientes en la notificación, se le procederá a notificar en su domicilio procesal físico. 3) AL SEGUNDO OTROSI DIGO: a lo expuesto; TENGASE POR DESIGNADO al letrado MAURO P. RUIZ AREVALO, con Registro CAL N° 78754, quien a partir de la fecha ejercerá la defensa técnica en representación de la parte demandante AURISTELA GUTIERREZ GUERRA; asimismo OTORGUESE FACULTADES DE REPRESENTACIÓN PROCESAL al Letrado antes referida, de conformidad con el art. 74 del código procesal civil. 4) NOTIFIQUESE conforme a ley. Avocándose al conocimiento de la presente causa el Señor Juez que autoriza e interviniendo la Secretaria Judicial que suscribe por disposición superior.
Requena, 16 de octubre del 2024
Abg. ORFFA MELANIE ARIRAMA MELENDEZ
Juzgado de Paz Letrado
Módulo Básico de Justicia de Requena
V-1(24)B/6397
S/ 76.00

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