EDICTO PENAL
Expediente N° 001-2023-0-JPLEE-PE
Secretario Judicial: Abog. Brando Agustín Paredes Córdova.-
El Juzgado de Paz Letrado de El Estrecho-Putumayo, en el Exp. 001-2023-0-JPLEE-PE, mediante resolución número DOS de fecha 14/03/2023, resolvió NOTIFICAR al agraviado ARTEMIO TUESTA SÁNCHEZ, y al imputado MAITER HAROLD GONZALES LÓPEZ, mediante vía edicto judicial con el extracto de su contenido, cuyo tenor es el siguiente.- 1) REPROGRAMAR la AUDIENCIA DE ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS para el día MARTES VEINTICINCO DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTITRÉS, a horas DIEZ DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado de Paz Letrado de de El Estrecho, sito en calle Arequipa S/N – 2do Piso del Ex-Hotel Municipal, del distrito de El Estrecho, provincia del Putumayo, departamento de Loreto; BAJO APERCIBIMIENTO, en caso de la inconcurrencia del agraviado, de declararse NO HA LUGAR a la presente denuncia y ordenarse su Archivo Definitivo.- 2) (…).- 3) REITERAR al agraviado ARTEMIO TUESTA SÁNCHEZ, para que dentro del plazo de TRES DÍAS hábiles de notificada con la presente resolución, CUMPLA con PRESENTAR el o los medios probatorios que acrediten las lesiones y daños ocasionados por el imputado MAITER HAROLD GONZALES LÓPEZ; BAJO APERCIBIMIENTO, de declararse NO HA LUGAR a la presente denuncia y ordenarse su Archivo Definitivo. Derivado del proceso penal seguido contra MAITER HAROLD GONZALES LÓPEZ, por la presunta comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA, en agravio de ARTEMIO TUESTA SÁNCHEZ.
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JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL NAPO
EXPEDIENTE: 003-2022-0-1903-JP-CI
MATERIA: RECTIFICACION DE PARTIDA
JUEZ: TEODORO HIDALGO CAHUAZA
ESPECIALISTA: ELVIS RUTHILIO AYARZA BARDALES
DEMANDADO: MINISTERIO PÚBLICO
DEMANDANTE : VILMA BALBINA DAHUA LANZA
EDICTO
EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE NAPO que Despacha el Señor Juez: Abog. TEODORO HIDALGO CAHUAZA asistido por el Secretaria Judicial Abogado: ELVIS RUTHILIO AYARZA BARDALES, SE RESUELVE: 1. ADMITIR a trámite la solicitud efectuada por VILMA BALBINA DAHUA LANZA sobre RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, en la VÍA NO CONTENCIOSA. Por ofrecidos los medios probatorios. 2. REPROGRAMAR Audiencia de Actuación y Declaración Judicial para el día 19 DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRES A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA; de forma presencial a realzarse en el local del Juzgado de Paz Letrado de Napo, ubicado en la Av. Patricio Mosquera S/N- Santa Clotilde. 3. PUBLÍQUESE POR EDICTO por única vez, un extracto de la solicitud de rectificación de acta de nacimiento, de conformidad a lo regulado en el artículo 828° del Código Procesal Civil, además de lo dispuesto en la Directiva N° 006-2018-CE-PJ aprobado mediante R. A. N° 242-2018-CE-PJ, concordante con el Art. 167° y 168° del Código Adjetivo, además del Diario de mayor circulación de la ciudad, debiendo cumplir la solicitante con efectuar el pago que corresponde para tal acto procesal de conformidad con la Cuadro de Valores Arancelarios del Poder Judicial – 2021.
Notifíquese al Ministerio Público con la presente resolución
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