JUZGADO DE PAZ LETRADO LABORAL – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 02185-2019-0-1903-JP-LA-01
MATERIA: PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS
JUEZ: ARMAS CHAPIAMA CORELY
ESPECIALISTA: MENDOZA DIAZ JOSE MANUEL
DEMANDADO: CONSTRUCCIONES SYASR SAC.
DEMANDANTE: CUTIRE SALINAS, DANTE LEONCIO
RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS.
Iquitos, veinticinco de abril del dos mil veintidós.
DADO CUENTA; en la fecha con el escrito N° 2163-2022, presentado por parte demandante, estando a lo solicitado, agréguese a los autos, a lo expuesto respecto a la devolución de cédula de la demandada CONSTRUCCIONES SYASR SAC; y advirtiéndose de autos que la demandada antes referida no ha sido válidamente notificada de acuerdo a ley; estando a lo expuesto por el recurrente, quien manifiesta bajo juramento que ignora el domicilio actual de la demandada CONSTRUCCIONES SYASR SAC, por lo que, de conformidad con los artículos 165°, 166°, 167° y 168°, concordante con el artículo 435° del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente al proceso laboral; SE DISPONE: NOTIFICAR MEDIANTE EDICTO a la demandada CONSTRUCCIONES SYASR SAC, con transcripción sumaria de la resolución admisoria, resolución número uno y la presente resolución, mediante el portal WEB del Poder judicial en cumplimiento de lo señalado en el artículo 167 del Código Procesal Civil, por el termino de TRES DÍAS hábiles, bajo apercibimiento de nómbresele curador procesal. Interviniendo el Secretario Judicial de Trámite por Disposición Superior. NOTIFIQUESE.
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