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JUZGADO PAZ LETRADO

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Expo. N°00025-2021-0-1904-JP-FC-01
Juez: Edwin Enrique Villacorta Vega
Especialista: Erick Glen Sullón Reátegui
Demandante: Yesica Santajaya Ruiz.
Juzgado de Paz Letrado-Sede Caballo Cocha
EDICTO
Por el presente, el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CABALLOCOCHA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00025-2021-0-1904-JP-FC-01, mediante resolución numero uno de fecha 07 de abril del 2021  se DISPUSO: 1)ADMITIR a trámite, la demanda de DECLARACIÓN JUDICIAL DE FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL, interpuesta por YESICA SANTAJAYA RUIZ contra ANDER MORI ACHO.2) CONFIÉRASE traslado al demandado ANDER MORI ACHO con DNI N° 74436978, por el término de DIEZ DIAS HÁBILES, para que haga valer su derecho conforme al Artículo 1º de la Ley 28457, BAJO APERCIBIMIENTO de hacerse efectivo el mandato. Asimismo cumpla el demandado con señalar su número de teléfono y correo gmail; en consecuencia CONSENTIDA o EJECUTORIADA que sea la presente Resolución. 3) Notificar al demandado con el extracto de la resolución número uno de fecha 07 de abril del 2021, VÍA EDICTOS JUDICIALES, en el diario “LA REGIÓN”  por el termino de tres días, a fin de hacer valer su derecho. PUBLIQUESE.
Caballo cocha, 24 de Noviembre de 2021.
V-3(25, 26, 29)

Exp. N°00080-2021-0-1904-JP-FC-01
Juez: Edwin Enrique Villacorta Vega
Especialista: Erick Glen Sullón Reátegui
Demandante: Ángela Floralva Ahuanari Toro.
Juzgado de Paz Letrado-Sede Caballo Cocha
EDICTO
Por el presente, el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CABALLOCOCHA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00080-2021-0-1904-JP-FC-01, mediante resolución numero uno de fecha 06 de julio de 2021,  SE DISPUSO: 1) ADMITIR  a trámite, la demanda de DECLARACIÓN JUDICIAL DE FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL, interpuesta por ANGELA FLORALVA AHUANARI TORO contra JOSE CHAMPI TITO; 2)CONFIÉRASE traslado al demandado JOSE CHAMPI TITO con DNI N° 19843024, por el término de DIEZ DIAS HÁBILES, para que haga valer su derecho conforme al Artículo 1º de la Ley 28457, BAJO APERCIBIMIENTO de hacerse efectivo el mandato. Asimismo cumpla el demandado con señalar su número de teléfono y correo gmail; en consecuencia CONSENTIDA o EJECUTORIADA que sea la presente Resolución: PASEN los autos a Despacho a fin de emitir la resolución  que corresponda. 3) NOTIFICAR VIA EDICTOS JUDICIALES por el plazo de TRES DIAS en el diario “La Región”, con el extracto de la presente resolución. PUBLIQUESE.
Caballo cocha, 24 de Noviembre de 2021.
V-3(25, 26, 29)

Exp. N°00081-2021-0-1904-JP-FC-01
Juez: Edwin Enrique Villacorta Vega
Especialista: Erick Glen Sullón Reátegui
Demandante: Ángela Floralva Ahuanari Toro.
Juzgado de Paz Letrado-Sede Caballo Cocha
EDICTO
Por el presente, el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CABALLOCOCHA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00081-2021-0-1904-JP-FC-01, mediante resolución numero uno de fecha 06 de julio de 2021 se DISPUSO:1) ADMITIR  a trámite la demanda de ALIMENTOS interpuesta por ANGELA FLORALVA AHUANARI TORO. 2)    CONFIERASE TRASLADO de la demanda, anexos y la presente resolución al demandado JOSE CHAMPI TITO  identificado con DNI N° 19843024, a fin que dentro del plazo perentorio de CINCO DÍAS HÁBILES de notificado cumpla con absolver el traslado de dicha demanda y acompañando el documento que hace referencia el artículo 565° del Código Procesal Civil, cuyo plazo empieza a computarse desde el día siguiente que se le notifica, bajo apercibimiento de ser declarado en la situación jurídico procesal de REBELDE. NOTIFÍQUESE conforme a Ley.3) NOTIFICAR al demandado VIA EDICTOS JUDICIALES por el plazo de TRES DIAS en el diario “La Región”, con el extracto de la resolución numero uno. PUBLIQUESE.
Caballo cocha, 24 de Noviembre de 2021.
V-3(25, 26, 29)

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