JUZGADO PAZ LETRADO

EDICTO PENAL
Juzgado de Paz Letrado de Loreto Nauta – Sede Comisaría
EXPEDIENTE N°: 112 – 2016
MATERIA: Falta contra la Persona – Violencia Familiar
DENUNCIADO: NOE RULIN INICAHUARI SILVANO
DENUNCIANTE: JUANA LADY BARBARAN PEREIRA
SECRETARIA JUDICIAL: Amalie Tapullima Varas
RESOLUCIÓN NÚMERO DOCE
Nauta, ocho de abril Del Dos Mil Veintiuno
DADO CUENTA: Con la razón que antecede, y habiéndose vencido la orden de captura del denunciado, y siendo el estado del presente proceso, Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de la revisión de los autos se aprecia que el inculpado NOE RULIN INICAHUARI SILVANO pese a estar debidamente notificado vía edicto, no acudió con presentarse a la diligencia de Audiencia a juicio programada por esta judicatura, mostrando un comportamiento renuente ante la autoridad judicial. SEGUNDO: Que, el numeral 2) del artículo 485 del Código Procesal Penal señala “Cuando el imputado no se presenta voluntariamente a la audiencia, podrá hacérsele comparecer por medio de la fuerza pública, y si fuera necesario se ordenará la prisión preventiva hasta que se realice y culmine la audiencia, la cual se celebrará inmediatamente”. TERCERO: Que, habiéndose agotado los requerimientos de conducción compulsiva emanado por esta judicatura, estando vencida la orden de captura, SE DISPONE: RENUEVESE LA ORDEN DE BÚSQUEDA, UBICACIÓN, CAPTURA Y CONDUCCIÓN del denunciado NOE RULIN INICAHUARI SILVANO ; al local del Juzgado de Paz Letrado- Sede Comisaría- Nauta ubicado en la calle Manuel Pacaya Número trescientos cuarenta y siete – interior de la Comisaría Sectorial Nauta; OFICIESE, a la Jefatura Policial Judicial de Loreto, Comisaria Sectorial de Loreto Nauta y la Oficina de Registro Nacional de Requisitorias de la Corte Superior de Justicia de Loreto para su cumplimiento. Bajo responsabilidad funcional. Interviene la secretaria judicial que da cuenta por disposición Superior. Notifíquese por cédula y vía edicto.
V-3(10,11 y 12)