EDICTO PENAL
EXP. N° 00294-2012
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: CATALINA ANDREA CARVALLO DEL AGUILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA a la agraviada: ROCIO PINEDO NUÑEZ, lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO NUEVE
Iquitos, Quince de Julio Del Año Dos Mil Catorce.- AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta de autos y conforme al estado del proceso, se emite la Resolución que corresponde. Y CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante Resolución Número Siete obrante a fojas 35 y 36, se ha expedido AUTO DE PRESCRIPCIÓN en el proceso seguido al procesado JUAN CAROS ANDRADE TENAZOA, Resolución que fuera notificada mediante Edicto de Ley de fecha (15 de Setiembre del año dos mil trece) conforme es de verse del Edicto de Ley que obra en autos de fojas 41 y 42,- Segundo.- Que, corrido el término de ley y, no habiéndose interpuesto recurso impugnatorio alguno en contra del Auto de Prescripción expedida en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 123° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria al presente proceso; SE RESUELVE: DECLAR CONSENTIDA la Resolución Número Nueve que – DECLARA EXTINGUIDA la acción penal por PRESCRIPCIÓN; ARCHIVÁNDOSE DEFINITIVAMENTE los autos en la forma y modo de Ley.- AVOCÁNDOSE a conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición Superior.- NOTIFIQUESE mediante cédula y Edicto de Ley
Iquitos, 15 de Julio del 2,013.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(23,24 y 25)
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