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JUZGADO PAZ LETRADO

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EDICTO
EXEDIENTE: No. 000019-2018-FC-U-C.
Secretaria Judicial: CLARA V. SHUPINGAHUA ANAYA
Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Ucayali-Contamana, que despacha el doctor Edgar Ramón Guillen Vallejo, asistido por la secretaria judicial Clara Victoria Shupingahua Anaya, se viene tramitando el proceso de familia civil No. 000019-2018-FC-U-C., seguida por HERNANDO INUMA MACEDO; contra BILLY MIRKO INUMA MAYNAS Y OTRA, sobre exoneración de pensión alimentos: se ha expedido la siguiente resolución cuyo tenor literal es como sigue: RESOLUCION NUMERO UNO. Contamana. Doce de Marzo del dos mil dieciocho.- AUTOS Y VISTOS; Al principal; RESUELVE: 1. ADMITIR A TRAMITE LA PRESENTE DEMANDA, interpuesta por HERNANDO INUMA MACEDO en contra LLERLY KAREN INUMA MAYNAS y BILLY MIRKO INUMA MAYNAS, sobre EXONERACION DE ALIMENTOS, tramitándose en la VIA DEL PROCESO SUMARISIMO, consiguientemente TRASLADO a la demandada por el término de CINCO DIAS, a efectos de que absuelva la demanda y comparezca al proceso, bajo apercibimiento de ser declarados REBELDES, teniéndose por ofrecidos sus medios probatorios. Fdo. Dr. Edgar Ramón Guillen Vallejo – Juez. Fdo. Clara Victoria Shupingahua Anaya – Secretaria. Lo que se publica conforme a ley.
Contamana 28 de JUNIO del 2019
CLARA VICTORIA SHUPINGAHUA ANAYA
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado – Ucayali – Contamana.
V-3(02,03 y 04)B/2954
S/ 90.00

EDICTO
EXEDIENTE: No. 00062-2017-FA
Secretaria Judicial: CLARA V. SHUPINGAHUA ANAYA
Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Ucayali-Contamana, que despacha el doctor Edgar Ramón Guillen Vallejo, asistido por la secretaria judicial Clara Victoria Shupingahua Anaya, se viene ventilando el proceso No. 00062-2017-FA., del Juzgado de Paz Letrado; seguida como demandante JOSE LUIS PEREZ RODRIGUEZ; contra ERICK JOSE PEREZ VARGAS, sobre exoneración de pensión de alimentos: habiéndose expedido la resolución de inadmisibilidad cuyo tenor literal es como sigue: RESOLUCION NUMERO DOS. Contamana. Diez de julio del año dos mil diecisiete.- AUTOS Y VISTOS; RESUELVE: 1) ADMITIR a trámite la presente demanda, interpuesta por JOSE LUIS PEREZ RODRIGUEZ sobre EXONERACION DE ALIMENTOS, en contra ERICK JOSE PEREZ VARGAS, en la VIA DEL PROCESO SUMARISIMO. 2) En consecuencia TRASLADO al citado demandado a fin de que lo contesten en el plazo de CINCO DÍAS de notificados; bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. 3) TENGASE por ofrecidos los medios probatorios que serán valorados oportunamente. Resolución Nro. 06. Contamana, trece de mayo del año dos mil diecinueve. AUTOS Y VISTOS: II. PARTE DECISIVA: Por estas consideraciones y conforme a las normas aludidas; este juzgado RESUELVE: 1) NOTIFICAR POR EDICTO AL EMPLAZADO JOSE LUIS PEREZ RODRIGUEZ, la misma que deberá notificársele con la Resolución Número Uno (Auto Admimsorio), de fecha 10/07/2017, y así como la presente Resolución. 2) Bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL en caso de que no absolviera la presente demanda dentro del plazo legal establecido. 3) En tal virtud el demandante deberá concurrir a este juzgado a efectos de recabar lo edictos para su publicación correspondiente en el Diario Oficial “El Peruano” y en un diario de la Región, por el plazo de TRES DÍAS, fecho presentarlo a este Juzgado para su trámite correspondiente. 4) NOTIFIQUESE la presente resolución, con la formalidad de ley.
Contamana 26 de junio del 2019
Abg. CLARA VICTORIA SHUPINGAHUA ANAYA
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado – Ucayali – Contamana.
V-3(02,03 y 04)B/2955
S/ 144.00

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