EDICTO
El Juzgado de Paz Letrado encargado de la Investigación Preparatoria de la Provincia de Concorcanqui, que despacha el señor Juez Dr. BRAULIO RAUL QUISPE HUILLCA, ha dispuesto se notifique al imputado WALTER SACA GUTIERREZ, por la presunta comisión del delito de MINERIA ILEGAL, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 307° – “A” del código Penal, en agravio del Estado, edicto corresponde al cuaderno N° 008-2018-0-0104-JR-PE-01, para ser publicado en el Diario Judicial de la Corte Superior de Justicia de Amazonas por el plazo de tres días. Extracto del requerimiento Mixto (sobreseimiento y Acusación y la Resolución N° UNO de fecha 26 de febrero del 2018, así como en acta de audiencia conteniendo a Resolución NUMERO SEIS, de fecha 18 de Abril del 2018. REQUERIMIENTO DE ACUSACION: HECHOS QUE SE LE ATRIBUYEN AL IMPUTADO: Se le acusa LUIS ALVAREZ MIRANDA y WALTER SACA GUTIERREZ, el hecho de haber realizado actos de extracción de minerales como es “oro” sin contar con la autorización de la autoridad competente en el 2015 y 2016 respectivamente. GRADO DE PARTICIPACION: Al imputado WALTER SACA GUTIERREZ, tiene la calidad de AUTOR, pues su conducta logra subsumirse en el delito de contaminación ambiental en la modalidad de MINERIA ILEGAL. TIPIFICACION: El delito contra de Contaminación Ambiental en la modalidad de MINERIA ILEGAL, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 307-A del código Penal. PENA PROPUESTA, para dicho acusado WALTER SACA GUTIERREZ, solicitada por el Ministerio Público la PENA DE CUATRO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA, Pena Multa CIENTO VEINTE DIAS – MULTA, ascendiente a la suma de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES. Así como también una reparación civil de SESENTA MIL SOLES, a favor del Estado, representado por la Procuraduría Pública del MINAM. Resolución N° UNO de fecha 16 de Abril del 2018. Parte Resolutiva: CÍTESE para la realización de la AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO DE ACUSACION a llevarse a cargo el día DIECIOCHO DE ABRIL del año DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM hora exacta) a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias de este Juzgado ubicado en el Barrio Francisco Rodríguez Contreras (referencia 1er. Piso del Hostal Neira) – Nieva, con la presencia obligatoria del Fiscal y los abogados de los acusados. Bajo apercibimiento de inconcurrencia injustificada para el primero de ellos remitirse copias al OCI y para los abogados defensores de imponerse sanciones conforme a lo dispuesto en el artículo 392 de la LOPJ y designar abogado de oficio como lo autoriza en el artículo 35°.1 del CNPP, a efectos de que el acusado Walter Saca Gutiérrez puedan por escrito en el plazo concedido pueda: 1) observar formalmente la acusación 2) deducir excepciones y otros medios de defensa. 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de enerción o la actuación de prueba anticipada. 4) pedir el sobreseimiento. 5) 0frecer prueba para el juicio. 6)objetar la reparación civil ofreciendo los medios en prueba pertinentes. 7) proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados obviando su actuación probatoria en juicio, 8) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinado hecho se estime a probados para cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Todo esto con el objetivo de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, inciso 1 y 2 del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal. aprobado por Resolución Administrativa N° 095-2006-CE-PJ, en el presente al haberse advertido que el acusado antes mencionado no ha sido válidamente notificado con el requerimiento de acusación y la resolución número uno. Siendo ello así REQUIERASE al imputado WALTER SACA GUTIERREZ a fin de que dentro de las 24 horas de notificado la presente resolución nombre a su abogado de su libre elección bajo apercibimiento de designarse como su abogado de su libre elección bajo apercibimiento de designarse como su abogado al Defensor Público de Condorcanqui para que asuma su defensa instalarse la audiencia y continuarse el proceso en su ausencia. NOTIFIQUESE por edictos por el plazo de 3 días en el diario oficial y por la página web de la Corte Superior de Justicia de Amazonas un extracto del REQUERIMIENTO DE ACUSACION y la RESOLUCION NUMERO SEIS, que reprograma la audiencia de control de acusación para el día TRECE DE JUNIO del año DOS MIL DIECIOCHO a horas DOS DE LA TARDE (2:00 PM hora exacta) a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias de este Juzgado ubicado en el Barrio Francisco Rodríguez Contreras (referencia 1er. Piso del Hostal Neira) – Nieva con la presencia obligatoria del Fiscal y los abogados de los acusados bajo apercibimiento de inconcurrencia injustificadas para el primero de ellos remitirse copias al OCI y para los abogados defensores de imponerse sanciones conforme a lo dispuesto en el artículo 292° de la LOPJ.
IVAN ALEXANDER PAUCAR FERNANDEZ
Esp. Jud. Aud. JIP/JU(P
Santa María de Nievas Condorcanqui Amazonas
Corte Superior de Justicia de Amazonas
Poder Amazonas
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