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Iquitos

JUZGADO PAZ LETRADO

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3° JUZ. PAZ LETRADO COMISARIA – TURNO B
EXPEDIENTE:00379-2015-0-1903-JP-PE-01
JUEZ:KAREN VANESSA RIOS GUZMAN
ESPECIALISTA:ALCIRA ROSA LOZANO RUIZ
IMPUTADO:DOÑEZ PAREDES, SAMUEL AUGUSTO
FALTA:LESIONES CULPOSAS
AGRAVIADO:ALVAREZ JAVE, IVAN ALEXANDER
EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: KAREN VANESSA RIOS GUZMAN asistida por la Secretaria Judicial Abogada: ALCIRA ROSA LOZANO RUIZ,    SE RESUELVE:DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra SAMUEL AUGUSTO DOÑEZ PAREDES por presunta FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES CULPOSAS en agravio de IVAN ALEXANDER ALVAREZ JAVE, prevista y sancionada por el último párrafo del artículo 441° del Código Penal; IMPÓNGASE contra los inculpados orden de COMPARECENCIA SIMPLE.  Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día VIERNES VEINTIUNO DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE, a horas CUATRO Y MEDIA DE LA TARDE (HORA EXACTA). NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente con su abogado de elección y estar presente el agraviado; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducidos de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a las partes agraviadas de tenerse por DESISTIDAS del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Notifíquese por cédula y edicto.
V-3(06,07 y 08)

3° JUZ. PAZ LETRADO COMISARIA – TURNO B
EXPEDIENTE: 00385-2015-0-1903-JP-PE-01
JUEZ:KAREN VANESSA RIOS GUZMAN
ESPECIALISTA:ALCIRA ROSA LOZANO RUIZ
IMPUTADO:LESCANO CABUDIVO, CESAR WILLIAM
FALTA:LESIONES DOLOSAS
AGRAVIADO:NUÑEZ TUESTA, KELLY
EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: KAREN VANESSA RIOS GUZMAN asistida por la Secretaria Judicial Abogada: ALCIRA ROSA LOZANO RUIZ,    SE RESUELVE: DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra CESARWILLIAM LESCANO CABUDIVO por presunta FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de KELLY NUÑEZ TUESTA prevista y sancionada por el primer y segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal; IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE; Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día JUEVES VEINTE DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE a horas CUATRO DE LA TARDE (HORA EXACTA).NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente en compañía de su abogado; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada se tendrá en cuenta su conducta; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.-
V-3(06,07 y 08)

3° JUZ. PAZ LETRADO COMISARIA – TURNO B
EXPEDIENTE:00395-2015-0-1903-JP-PE-01
JUEZ:KAREN VANESSA RIOS GUZMAN
ESPECIALISTA:ALCIRA ROSA LOZANO RUIZ
IMPUTADO:CHUCUYA VELA, PERCY DAVID
FALTA:LESIONES DOLOSAS
CHUCUYA VELA, TEDDY SANTIAGO
FALTA:LESIONES DOLOSAS
CHUCUYA VELA, SEGUNDO
FALTA:LESIONES DOLOSAS
AGRAVIADO:TENORIO CHUNG, JUAN LEONARDO
EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: KAREN VANESSA RIOS GUZMAN asistida por la Secretaria Judicial Abogada: ALCIRA ROSA LOZANO RUIZ,    SE RESUELVE: DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra PERCY DAVID CHUCUYA VELA,  SEGUNDO CHUCUYA VELA Y TEDDY SANTIAGO CHUCUYA VELA por presunta FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de  JUAN LEONARDO TENORIO CHUNG, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal; IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE; Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día LUNES VEINTICUATRO DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA).NOTIFICÁNDOSE a las inculpados, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente con sus abogados; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; así como en lo que respecta al agraviado de tenerse por DESISTIDO del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal Unipersonal sobre el presente auto de citación a Juicio.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
V-3(06,07 y 08)

3° JUZ. PAZ LETRADO COMISARIA – TURNO B
EXPEDIENTE:00405-2015-0-1903-JP-PE-01
JUEZ:KAREN VANESSA RIOS GUZMAN
ESPECIALISTA:ALCIRA ROSA LOZANO RUIZ
IMPUTADO:SANCHEZ QUEVEDO, ROBERT MILER
FALTA:LESIONES DOLOSAS
AGRAVIADO:MATUTE APAGUEÑO, GINA PIERINA
EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: KAREN VANESSA RIOS GUZMAN asistida por la Secretaria Judicial Abogada: ALCIRA ROSA LOZANO RUIZ,    SE RESUELVE: DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra ROBERT MILER SANCHEZ QUEVEDO por presunta FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de GINA PIERINA MATUTE APAGUEÑO prevista y sancionada por el primer y segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal;
1. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
2. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día JUEVES TRECE DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE a horas DIEZ DE LA MAÑANA (HORA EXACTA). NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente en compañía de su abogado; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada se tendrá en cuenta su conducta; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.-
V-3(06,07 y 08)

3° JUZ. PAZ LETRADO COMISARIA – TURNO B
EXPEDIENTE:00373-2015-0-1903-JP-PE-01
JUEZ:KAREN VANESSA RIOS GUZMAN
ESPECIALISTA:ALCIRA ROSA LOZANO RUIZ
IMPUTADO:VARGAS MACAHUACHI, GILBERTO
FALTA:LESIONES DOLOSAS
AGRAVIADO:RENGIFO LAULATE, NELLY TERESA
EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: KAREN VANESSA RIOS GUZMAN asistida por la Secretaria Judicial Abogada: ALCIRA ROSA LOZANO RUIZ,    SE RESUELVE: DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra GILBERTO VARGAS MACAHUACHI por presunta FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de NELLY TERESA RENGIFO LAULATE prevista y sancionada por el primer y segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal;
3. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
4. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día MIERCOLES DIECINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE  a horas TRES DE LA TARDE (HORA EXACTA).NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente en compañía de su abogado; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada se tendrá en cuenta su conducta; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.-
V-3(06,07 y 08)

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